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Edicto de 18 de diciembre de 2024 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 01 de enero de 1970
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE ALCONERA
Rango: Edicto
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 66358
Página Fin: 66361
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro el Ayuntamiento de Alconera ha aprobado inicialmente el Estudio de Detalle:
Tipo de Instrumento: Estudio de Detalle
Ámbito: Avda. Príncipe (Ref.ª catastral 0330201QC1510S0001UK)
Instrumento que desarrolla: NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTOMUNICIPAL
Objeto: El proyecto de estudio de detalle tiene por objeto reajustar el vial contenido en la unidad urbana equivalente (UA-5A), ampliándolo y reconfigurarlo para darle continuidad y conectarlo con el resto de viales existentes en el entorno.
Clasificación del suelo Urbano
Calificación del suelo: Dotacional
De conformidad con los artículos 54 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 65.4.c) del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, se convoca trámite de información pública por plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.
A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://sede.alconera.es.
Asimismo, se suspende el otorgamiento de licencias en las áreas afectadas por el Estudio de Detalle durante un plazo de seis meses y que suponen una modificación del régimen urbanístico vigente.
Alconera, 18 de diciembre de 2024. El Alcalde–Presidente, MARCO A. MORALES JARAMILLO.
RESUMEN EJECUTIVO
Según lo expresado en el artículo 68 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en relación con los dispuesto en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, se redacta a continuación el resumen ejecutivo contemplado en el artículo citado.
El encargo de redacción del Estudio de Detalle se encomienda al equipo técnico de la Oficina técnica de urbanismo y ordenación territorial sostenible de la Mancomunidad de municipios Río Bodión, con sede en avda. de los Cameranos, 47, de Zafra, CP: 06300 (Badajoz). El Estudio de Detalle consiste en la reconfiguración de un vial ubicado en la unidad urbana equivalente UA-5A.
ÁMBITO Y OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE
Se considera como ámbito de actuación del presente instrumento una unidad urbana equivalente que coincide con la UA-5A, siendo todos terrenos incluidos en la misma de titularidad pública, se sitúan al oeste del núcleo urbano de Alconera y están constituidos por parte de la siguiente parcela catastral:
— 0330201QC1510S0001UK, localizada en avda. Príncipe, tiene una superficie de 34.452 m2 según catastro. De los cuales unos 14.908 m2 aproximadamente se encuentran dentro de la UE-5. En ella se sitúa el polideportivo, la pista de pádel, el campo de futbol y la pista de tenis, todos los terrenos y las dotaciones que contienen son íntegramente de titularidad municipal.
La unidad urbana equivalente UA-5A tiene una superficie de 3.432 m2 y se encuentra delimitada:
— Al norte con la UA-5B.
— Al sur con el límite del Suelo No Urbanizable Común (Suelo Rústico Genérico).
— Al este con la UA-9-OPO.
— Al oeste con la UE-2.
OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE
El Estudio de Detalle que se desarrolla tiene por objeto, reajustar el vial contenido en la unidad urbana equivalente (UA-5A), ampliándolo, debido a que éste tiene un ancho de 5 metros, según NNSS, con un detalle de sección tipo de acerado a un lado y un único carril de rodadura y este medio vial resulta inoperativo para la normal circulación del municipio. Se hace necesario ampliar dicho vial hasta una dimensión óptima que permita que coexistan acerado a ambos lados, carril de rodadura para ambos sentidos y al menos una fila de aparcamientos en línea anexos a vial público. Teniendo en cuenta que el límite del actual vial contenido en la unidad de actuación es el límite del suelo urbano sin posibilidad de ampliar por dicho límite para ensanchar el vial pues una serie de construcciones lo imposibilitan físicamente, se hace imprescindible que el vial ensanche hacia el norte. Así mimo, se propone reconfigurarlo para darle continuidad y conectarlo con el resto de viales existentes en el entorno.
JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE
El Estudio de Detalle pretende abordar un problema de interés general como es el ir colmatando la urbanización de la unidad de actuación UA-5A y con ello ir completando el desarrollo urbano de la ciudad, máxime cuando dichos terrenos, íntegramente municipales, tienen asignado un uso dotacional en toda su extensión y cuando ya constan de algunos equipamientos, en este caso la pista de tenis. Con el Estudio de Detalle se pretende conectar esta zona con el resto del núcleo urbano. La reconfiguración del vial actual integrado en la UA-5A se hace, no ya solo necesario, sino imprescindible para el correcto funcionamiento de la circulación viaria y de los accesos, en este caso al único equipamiento existente en la manzana afectada, esto es: la pista de tenis, igualmente se hace imprescindible para la correcta y cómoda circulación de peatón y de vehículos.
Hay que tener en cuenta que, en la actualidad, en dicha unidad, se encuentran ya ejecutado varios equipamientos públicos como son el pabellón polideportivo, el gimnasio, la pista de tenis, la pista de pádel y el campo de fútbol municipal, a todos ellos aún no puede accederse por vial público, es por ello que urge la necesidad de ir desarrollando dicha unidad para dar acceso a los equipamientos allí existentes.
EXTRACTO EXPLICATIVO DE LOS POSIBLES EFECTOS AMBIENTALES
Con la presente propuesta no se prevén efectos ambientales.
DELIMITACIÓN DE LOS ÁMBITOS EN LOS QUE LA ORDENACIÓN PROYECTADA ALTERA LA VIGENTE Y ÁMBITO DE SUSPENSIÓN
Se suspende el otorgamiento de las licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición, así como la aprobación de nuevos programas de ejecución en el área afectada por el Estudio de Detalle que se corresponde con la parte sombreada en color verde de la imagen anterior. El plazo de suspensión será el determinado en el acuerdo de aprobación inicial que no podrá ser superior a dos años desde la aprobación de dicho acuerdo.
La delimitación gráfica del ámbito de suspensión está publicada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alconera https://sede.alconera.es
Alconera, 18 de diciembre de 2024. El Alcalde–Presidente, MARCO A. MORALES JARAMILLO.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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