ORDEN de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura para el año 2021 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 27 de diciembre) y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3.2.h) del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, previa negociación en la Mesa Sectorial de la Administración General e informadas las presentes Bases por el Consejo Asesor para la integración de las personas con discapacidad, resuelve convocar pruebas selectivas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2021 para el acceso a plazas vacantes del Cuerpo Técnico/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con sujeción a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, 20 plazas del Cuerpo Técnico/a de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya cobertura se considera imprescindible, de acuerdo con la distribución que a continuación se expresa:
— 16 para ser cubiertas por el turno general de acceso libre.
— 4 que se reservan para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
En anexo I a esta orden se clasifican las plazas que se convocan por Especialidades y por turnos de acceso, con expresión del requisito de titulación imprescindible para cada una de ellas.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por uno de los turnos establecidos en la presente convocatoria.
2. Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas Bases, por lo dispuesto en:
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
— Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
— Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España.
Esta convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
3. Las plazas que queden vacantes del turno de discapacidad se acumularán a las convocadas por el turno libre.
4. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar a través de internet en la dirección
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico (buscador de empleo público).
Además, a efectos informativos, se hará pública en la misma dirección de Internet, la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas, provisional y definitivamente, las relaciones de personas que han aprobado el ejercicio y la puntuación de la fase de concurso.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo correspondiente, las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Asimismo, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones para obtener la titulación que se indica en el Anexo I, a la fecha de la convocatoria.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Cuerpo al que aspira acceder.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No pertenecer como funcionario de carrera a la misma Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presente.
2. Además de los requisitos enumerados en el punto anterior, las personas aspirantes que se presenten por el turno de discapacidad deberán estar en posesión de certificación expedida por el órgano competente que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33 % en el último día del plazo de presentación de solicitudes. A tales efectos deberán presentar junto con la solicitud de participación certificación acreditativa expedida al efecto por el órgano competente o bien una declaración responsable en cuyo caso si obtuviesen plaza estarán obligadas a aportar la indicada certificación de conformidad con lo dispuesto en la Base Novena.
3. De conformidad con lo expuesto en el Decreto 181/2016, de 22 de noviembre, sobre la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, al ámbito del empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas aspirantes que pretendan o puedan resultar adjudicatarias de un puesto, que suponga contacto habitual con menores deberán acreditar la circunstancia de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, con carácter previo a la adjudicación de plazas.
Dicha acreditación se realizará mediante la presentación del correspondiente certificado emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales o de la autorización a la Administración para recabar el referido certificado.
4. Todos los requisitos establecidos en esta Base deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de superarse el concurso-oposición, del modo que se indica en la Base Novena de esta convocatoria.
5. Asimismo, para poder participar en este proceso selectivo, las personas aspirantes no deberán hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercera. Solicitudes.
1. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día 16 de enero de 2025.
2. Procedimiento para la presentación de la solicitud.
Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo podrán cumplimentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud y al pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo II, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil.
No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada anteriormente.
Deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan, la documentación acreditativa de la discapacidad, de estar exento del pago de la tasa o tener derecho a la bonificación del 50 % y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, así como cualquier otra documentación exigida en estas bases.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de lo posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
b) Mediante la aplicación informatizada al efecto.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud, pero no al pago de la tasa.
b.1) Las solicitudes serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página web
http://ips.juntaex.es indicando la Especialidad a la que se desea participar.
La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica, ya se presente de forma digital o presencial.
— No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
— La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente Base.
— Tampoco exime a la persona aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
— La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación al Servicio de Selección de la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Avda. Valhondo s/n, (Edificio Mérida III Milenio ) de la localidad de Mérida.
b.2) Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Una vez cumplimentada y generada la solicitud la persona aspirante podrá:
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita, digitalizarla y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el subapartado 1º, junto con el documento o carta de pago de la tasa o documentación acreditativa de su excepción.
— Firmarla digitalmente y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el subapartado1º, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita y registrarla de forma presencial en las oficinas como se indica en el subapartado 2º, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
Y todo ello como se detalla en los apartados siguientes.
1º) Registro de forma telemática:
El registro de la solicitud y de los documentos de modo telemático se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura a través de la dirección:
https://sede.gobex.es.
Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud seleccionando como DIR3/Unidad de destino A11019084. Serv. de Selección .
Seguidamente adjuntarán la solicitud de participación en las pruebas selectivas debidamente cumplimentada y firmada de conformidad con los apartados segundo y tercero de esta misma Base, así como el resto de documentación que en su caso deba acompañar a la solicitud según se indica en el último párrafo de este apartado 1º.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de las tasas, la declaración responsable o certificado del cumplimiento del requisito de discapacidad y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.
2º) Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
— En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Consejera de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de la tasa, la declaración responsable o certificado del cumplimiento del requisito de discapacidad, en su caso, y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.
3. Finalizado el citado plazo de presentación, los datos consignados en la solicitud serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabilidad exclusiva del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el supuesto de que el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una incidencia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
4. Las personas aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, así como el grado de discapacidad por el que están afectadas. A tales efectos podrán formalizar una declaración responsable, en cuyo caso, si obtuviesen plaza, deberán aportar con carácter previo a la toma de posesión, certificación acreditativa del grado de discapacidad emitida por los órganos correspondientes de la Administración competente, conforme a lo dispuesto en la Base Novena.
Asimismo, las personas aspirantes que concurran por el indicado turno de reserva deberán indicar expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
En este caso, el Tribunal podrá oír al interesado/a y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos y asociaciones y entidades representativas en esta materia. Para este fin, la Dirección General de Función Pública facilitará a los Tribunales de Selección un modelo normalizado de solicitud de valoración de necesidad de adaptación, con objeto de homogeneizar las peticiones que se realicen a los órganos técnicos competentes.
La solicitud de adaptación a que se refiere el párrafo anterior podrá ser formulada por cualquier aspirante con discapacidad, sin perjuicio del turno por el que concurra a las pruebas selectivas.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la terminación del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión de la persona aspirante en el turno de personas con discapacidad.
5. A los efectos de la constitución de Listas de Espera previstas en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso a las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas aspirantes marcarán en la solicitud la zona o zonas en la que desean figurar para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en su caso, sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la solicitud.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la casilla correspondiente de Renuncia que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base Duodécima de la presente Orden.
6. Las personas aspirantes podrán presentarse a cuantas Especialidades se convoquen siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará una solicitud por cada Especialidad a la que se aspire.
7. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 34,66 euros por solicitud. En caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo acto de presentación electrónica de la solicitud de participación.
En el caso de optar por la presentación de la solicitud de forma presencial el abono de la tasa se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica a continuación.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen , acreditativo del pago de los derechos de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento, determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, si se ha efectuado el pago de la misma en plazo, la omisión de su justificación podría subsanarse, aportando el justificante de abono cuando salgan las listas de admisión provisional de las personas aspirantes.
8. Se aplicará una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del plazo de presentación de solicitudes. No se admitirán como justificante de dicha situación los informes emitidos por los Servicios Públicos de Empleo.
9. Están exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, debiendo acompañar a la solicitud la documentación acreditativa.
10. La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrará a:
a) Las personas aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo dependiente de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
b) Las personas interesadas que hayan sido admitidas para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintos Cuerpos y/o Especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Dirección General de Función Pública se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las referidas listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalando un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
2. En el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura la resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas, provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de Extremadura será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente Orden. Cuando de la documentación que debe presentarse en caso de superar el proceso selectivo, de acuerdo con la base novena, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Quinta. Tribunales de Selección.
1. Los Tribunales de Selección encargados de la valoración de la fase de oposición y de los méritos de la fase de concurso serán nombrados por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública con antelación a la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas a que se refiere la Base Cuarta.
Una vez nombrados los Tribunales de Selección las personas integrantes podrán presentar renuncia por causa justificada, la cual deberá ser apreciada por la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, previa acreditación de las circunstancias que la motivan, requiriéndose su aceptación para que surta efecto.
2. No podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal directivo profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
3. Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
Los Tribunales de Selección serán los responsables de facilitar que los observadores sindicales puedan desarrollar su labor en todas las fases y actos que integran el proceso selectivo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice, antes de su realización, el contenido del ejercicio de la fase de oposición.
4. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría, o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad al menos, de sus miembros.
5. Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuando en ellos concurra cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, las personas interesadas podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
6. A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Dirección General de Función Pública, Avda. Valhondo, s/n (Edificio Mérida III Milenio ) de la localidad de Mérida.
7. Los Tribunales de Selección podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas que actuarán como asesoras especialistas para preparación y/o realización del ejercicio, limitándose las mismas a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación deberá comunicarse a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la cual podrá limitar el número de las mismas.
8. Corresponderá a los Tribunales de Selección la determinación concreta del contenido de la prueba y su calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, así como resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes Bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas. El contenido de las pruebas que deberán versar sobre las funciones propias de la Categoría y Especialidad a la que se opta.
9. A los Tribunales de Selección les será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para los Órganos Colegiados.
10. La documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación durante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, constando de las siguientes fases en el orden que se especifica: oposición y concurso.
La fase de oposición deberá superarse para acceder a la fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable será de 10 puntos en la fase de oposición y de 3 puntos en la fase de concurso.
2. Fase de Oposición.
La fase de oposición se compondrá de un único ejercicio de carácter teórico-práctico dirigido a apreciar la capacidad de las personas aspirantes para el desarrollo de las funciones propias de la Especialidad a la que se aspira.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
La fecha, hora de comienzo y lugar de realización del ejercicio de la fase de oposición se determinará en la resolución aprobatoria de las listas definitivas de admitidos y excluidos y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
Dicho ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para aprobar la fase de oposición.
El ejercicio consistirá en contestar a un cuestionario de 75 preguntas en el tiempo máximo de 130 minutos que versarán sobre el Temario contenido en el Anexo IV a la presente convocatoria. Cada pregunta del cuestionario estará compuesta por cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta.
En todo caso, deberá exigirse por los Tribunales de Selección, en la totalidad de los procesos selectivos, la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
El cuestionario contendrá:
— 60 preguntas de carácter teórico. El cuestionario que se proponga a las personas aspirantes contendrá, además, otras 6 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.
— 15 preguntas de carácter práctico: consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos relacionados con las materias del programa de conocimientos, respondiendo a 15 preguntas tipo test. Cada pregunta del cuestionario estará compuesta por cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta. El cuestionario que se proponga a las personas aspirantes contendrá, además, otras 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.
Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
Dichas reclamaciones o alegaciones se entenderán resueltas con la decisión que se derive de la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Para la valoración de este ejercicio teórico-práctico se aplicarán los siguientes criterios de corrección:
1º Cada 4 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
2º Las preguntas en blanco no tendrán ninguna valoración.
La puntuación mínima para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicados los criterios anteriormente citados, cuando la persona aspirante haya contestado correctamente el 50 por ciento de las preguntas de las que se compone el cuestionario.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la relación de las personas aspirantes que han superado el mismo, las cuales dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
3. Fase de concurso.
3.1. Méritos valorables.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección de los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Subgrupo.
La valoración de dichos méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo. Con el fin de asegurar la debida idoneidad de las personas aspirantes, estas deberán superar en la fase de oposición la puntuación mínima establecida en la prueba selectiva.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,042 puntos por mes o fracción, hasta un máximo de 3 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
La acreditación de los servicios prestados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición se realizará:
— Servicios prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus Organismos Autónomos.
Se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función Pública o, en su caso, por el órgano competente del Organismo Autónomo, los cuales se aportarán a los Tribunales de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación a la persona interesada.
— Servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de personas aprobadas del ejercicio de la fase de oposición para acreditar los méritos definidos en el apartado anterior mediante:
a) Certificación expedida, según modelo que figura en Anexo V, por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
Dicha certificación deberá contener, al menos, el Subgrupo o en su defecto Grupo Profesional y de Titulación, el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Vida laboral de la persona interesada.
c) Contrato laboral correspondiente.
El Tribunal de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
Los méritos que deban ser acreditados por las personas aspirantes, se presentarán mediante documentos originales o copias auténticas, en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección.
Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores las personas aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.
En cualquier caso, la situación de la persona la aspirante quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación del ejercicio aplazado, no pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de la relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2. En cualquier momento del desarrollo del ejercicio, el Tribunal de Selección podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano convocante, que alguno de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia a la persona interesada. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho a la persona interesada.
4. Sin perjuicio de que en la Resolución aprobatoria de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determine el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición, éste deberá celebrarse en el plazo máximo de 5 meses contados a partir de la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.
A efectos del debido cumplimiento de los plazos que el desarrollo de los procesos selectivos exige de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su cumplimiento entraña durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.
De conformidad con el artículo 99.4 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura el plazo máximo de resolución del proceso selectivo no será superior a doce meses.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de personas aspirantes que hubieran superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación obtenida, en todas las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, y, además, se enviará en soporte informático a la Dirección General de Función Pública. Simultáneamente, cada Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 10 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la Base Sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal de Selección, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por las personas aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección General de Función Pública u órgano competente de los Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal de Selección hará pública la puntuación provisional obtenida por las personas aspirantes, las cuales dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
Además, también hará público el listado de personas aspirantes que deben proceder a la subsanación de méritos, por no haberlos acreditado en los términos previstos en la presente Orden, siempre que el mérito se haya presentado dentro del plazo de presentación de solicitudes y afecte a aspectos formales y no sustantivos, con objeto de que, en el plazo de 5 días hábiles anteriormente citado, proceda a aportar la documentación requerida. En caso de no subsanarlo en el plazo indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Una vez que el Tribunal de Selección haya resuelto las reclamaciones presentadas y las subsanaciones realizadas aprobará la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes en la fase de concurso, concretando las reclamaciones estimadas y desestimadas total o parcialmente. En el caso de estas últimas, además, explicará de forma sucinta los motivos para ello.
Las puntuaciones provisionales y definitivas se harán públicas por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición.
3. Con la puntuación así obtenida, el Tribunal de Selección emitirá la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total, para lo cual sumará la calificación obtenida por cada una de las personas aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso, no pudiendo rebasar estas el número de plazas convocadas, de tal modo que resultarán seleccionadas aquellas personas aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
En el caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en la fase de oposición.
2º Mayor puntuación en la fase de concurso.
3º Comenzar el primer apellido por la letra S , de conformidad con el resultado del sorteo público por el que se determina el orden de actuación y prelación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2024, publicado mediante Resolución de 9 de abril de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 80, de 25 de abril).
4º De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo al siguiente apellido y al nombre.
4. Los Tribunales de Selección elevarán a la Dirección General de Función Pública puntuación definitiva, así como la relación provisional de personas aprobadas la cual dispondrá su inserción en el Diario Oficial de Extremadura, disponiendo las personas interesadas de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de personas aprobadas y dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
No obstante, en el supuesto de que alguna persona aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, dentro de la convocatoria general, supere el ejercicio correspondiente, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno libre, será incluida, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de personas aprobadas, según lo previsto en el artículo 6 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
La mencionada relación definitiva de personas aprobadas agota la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Seguidamente los Tribunales de Selección remitirán a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, junto con toda la documentación del proceso de selección, las actas de las sesiones.
6. No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas que contravengan esta limitación.
Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el Diario Oficial de Extremadura, las personas aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.
Para ello las personas aprobadas deberán presentar la siguiente documentación:
a) Copia auténtica del DNI. o autorización para su consulta a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
b) Copia auténtica de la titulación académica o del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así como de cualquier otro título o permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como anexo VI a esta orden.
d) Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una copia auténtica del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a comunitario/a fronterizo en vigor.
Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
2. La persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo del mismo cuerpo y especialidad en la que haya sido seleccionada deberá aportar, en el plazo indicado en el apartado 1 de esta Base, certificado médico que acredite que posee la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría y/a la que opta. A tales efectos el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría y/o especialidad, la persona aspirante no podrá ser nombrada funcionaria, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. Las personas aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar, además, certificación de los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad, salvo que los haya presentado junto con la solicitud.
4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresados anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario/a de carrera o de personal laboral fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de aportar la documentación a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente Base, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de la que dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el expediente personal del funcionario/a o personal laboral, éste/a acreditará el cumplimiento de este requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
6. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. Finalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad, con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se indican en la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
1. Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura el nombramiento como funcionarios/as de carrera del Cuerpo Técnico/a, a las personas aspirantes con expresión del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la base anterior.
2. Dicho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido por concurso. La citada resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
3. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de ellas desierta, si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará como funcionarios/as de carrera y adjudicará las plazas correspondientes a las personas aspirantes que, sin figurar en la relación definitiva de personas aprobadas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden de actuación de las personas aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
Duodécima. Listas de espera.
Para la constitución de listas de espera con las personas aspirantes que no superen el proceso de selección, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellas personas aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado el ejercicio de la fase de oposición.
En aplicación del artículo 30.4 del citado Reglamento General de Ingreso, si durante el desarrollo del proceso de selección, existiera la urgente necesidad de cubrir vacantes en el Cuerpo convocado y se hubieran agotado las listas de espera existentes en las mismas, se constituirán listas de espera transitorias con las personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la oposición, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.
La lista de espera constituida sustituirá a cualquier lista de espera anterior del mismo Cuerpo, tendrá carácter provisional y serán sustituidas por las nuevas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al amparo de lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 23 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
María Elena Manzano Silva
ANEXO I
Especialidad
|
Turno libre
|
Turno de discapacidad
|
Total
|
|
---|
Administración Financiera
|
3
|
1
|
4
|
Diplomado/a en Ciencias Empresariales o en Gestión y Administración Pública, o Grados correspondientes o 3 cursos completos en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras, en Economía, en Ciencias Políticas y de la Administración o en Derecho
|
Administración General
|
3
|
1
|
4
|
Diplomado/a Universitario, Ingeniero/a Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
|
Empleo
|
3
|
1
|
4
|
Diplomado/a Universitario, Ingeniero/Técnico, Arquitecto Técnico o Grado
|
Higiene Industrial
|
2
|
|
2
|
Ingeniero/ Técnico, Diplomado/a Universitario/a o Grado y título de técnico con formación de nivel superior en Higiene Industrial, conforme establece el R.D 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
|
Seguridad en el Trabajo
|
1
|
|
1
|
Ingeniero/ Técnico, Diplomado/a Universitario/a o Grado y título de técnico con formación de nivel superior en Seguridad en el Trabajo, conforme establece el R.D 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
|
Trabajo Social
|
4
|
1
|
5
|
Diplomado/a en Trabajo Social o Grado correspondiente
|
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD, PAGO DE LA TASAS Y APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y REGISTRO
Para poder presentarse al proceso selectivo deberá realizar los siguientes pasos:
1. Para el proceso necesitará disponer de un Certificado digital reconocido. Para usar certificado deberá tener instalado en su equipo el componente Autofirma al menos en la versión 1.7.2., en caso contrario, el sistema dará error antes de realizar el pago, la firma y la presentación de la solicitud. Puede obtenerlo en el enlace:
http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
2. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
https://www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/w/0670223. En el apartado Solicitud de la ficha informativa del trámite, se podrá acceder a cada una de las solicitudes, según el tipo de convocatoria:
— Solicitud general.
— Solicitud para Agentes del Medio Natural.
— Solicitud para Bomberos Forestales.
3. Una vez en la página de tramitación online se le permite elegir entre cuatro tipos de tramitación, según el tipo de bonificación o forma de realizar el pago que desee:
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (SIN BONIFICACIÓN).
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (BONIFICACIÓN 50%).
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (BONIFICACIÓN 100%).
— PAGO DE LA TASA ANTERIOR A LA SOLICITUD, en este caso se debe haber realizado el pago previamente por modelo 050 y adjuntarlo en la documentación.
En dicha página podrá leer una explicación de las diferentes opciones, recuerde tener digitalizada la documentación que requiera subir según cada caso.
4. Una vez seleccionado el tipo de solicitud deberá Verificar su identidad, mediante Certificado Digital o DNI Electrónico.
5. Se le presentará la posibilidad de terminar un borrador ya empezado o de empezar una nueva solicitud. En el segundo caso debe indicar si realiza el trámite como parte interesada o representando a otra persona (en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente).
6. En este momento accederá a una página donde rellenará los datos de la solicitud de participación en procesos selectivos, dicha página consta de varios apartados:
1. Convocatoria.
Debe elegir la convocatoria en la que desea participar entre las disponibles, el cuadro de selección permite realizar una búsqueda por aproximación, escribiendo alguna de las palabras que correspondan con su convocatoria. En los casos de Bombero Forestal y Agentes del Medio Natural al ser páginas independientes, no requiere seleccionar la convocatoria.
Debe además declarar que se encuentra en posesión de la titulación necesaria para la convocatoria seleccionada.
2. Datos personales.
Debe indicar el sexo y la fecha de nacimiento. Puede, si la convocatoria lo requiere, reflejar el permiso de conducir que posea.
Asimismo, puede describir el grado y tipo de discapacidad, así como la adaptación que pueda necesitar para el examen.
3. Datos de contacto.
Puede comunicar el correo electrónico y debe indicar un número de teléfono para futuras comunicaciones (llamamientos de bolsa, por ejemplo).
De igual manera, debe reflejar el código postal y la dirección. Para el caso de la dirección, tras hacer clic se abrirá un cuadro en el cual se debe seleccionar primero la población y luego rellenar, al menos, el resto de campos que no sean opcionales, es decir, los obligatorios. Si cambia la población, se le borrarán el resto de campos.
Por último, y previo al siguiente apartado, puede indicar si desea renunciar a formar parte de la lista de espera generada de la convocatoria.
4. Zona que opta para la lista de espera.
Puede indicar en cual o cuales zonas desea optar para la lista de espera, si no marca ninguna se entenderá que desea optar a todas. Si deseara renunciar a todas las zonas, recuerde que debe marcar la renuncia en el apartado anterior.
7. Una vez rellenados todos los campos obligatorios (aquellos no marcados como opcionales) puede Continuar a la siguiente página, de Documentación de la solicitud donde podrá adjuntar los documentos pertinentes, según el tipo de entrada de solicitud que haya elegido (punto 3).
8. En la página de Documentación de la solicitud adjunte la documentación necesaria según el tipo de bonificación o forma de pago (modelo 050) que haya elegido previamente. Puede seleccionar el documento a través de un cuadro de dialogo que se le abrirá, o bien arrastrar el documento desde su propio dispositivo.
Aunque la documentación se marque como opcional recuerde que la falta de cualquier documento acreditativo provocará su aparición en el listado de excluidos y le obligará a subsanar la solicitud posteriormente.
Cuando termine de adjuntar los documentos necesarios, puede continuar hacia la página de Pago y presentación de la solicitud.
9. En la página de Pago y presentación de la solicitud debe rellenar y/o marcar los siguientes apartados:
— Notificaciones.
Debe marcar si desea que las notificaciones se efectúen de forma electrónica (correo electrónico) o en papel (correo postal), deberá indicar el correo electrónico o la dirección postal según el caso.
— Información legal.
Se le indicará el tratamiento de datos y las actuaciones administrativas que se le darán a la solicitud, para más información, puede pulsar sobre los caracteres de interrogación (?) correspondientes.
Por último y antes de poder pasar a realizar el pago y la presentación de la solicitud, deberá marcar las casillas de Que he recibido información sobre el tratamiento de datos y Que el contenido de esta solicitud es cierto y confirmo mi voluntad de firmarla electrónicamente en calidad de persona interesada . Esto activará el botón de “Firmar, pagar y presentar”, revise el importe de la tasa y pulse dicho botón.
10. Este último paso puede variar dependiendo de la forma del tipo de solicitud que eligió rellenar, es decir, si por ejemplo eligió una bonificación del 100% o pago previo de la tasa, no accederá a la pasarela de pago:
— Primero se procederá a la firma de la solicitud para lo cual su navegador le pedirá permitir abrir la aplicación de Autofirma, lo cual deberá de aceptar.
— Posteriormente se le dirigirá a la Pasarela de pago donde puede realizar el pago de la tasa.
11. Una vez firmada la solicitud y realizado el pago, se le presentará una confirmación de la presentación con un justificante de registro telemático que podrá descargar pulsando sobre el botón Descargar el justificante . Este documento confirma la presentación de su solicitud, sin requerir ningún paso posterior, salvo que le fuera requerida subsanación.
ANEXO III
D./Dª. ............................................................................................................................................................., con domicilio en ........................................................................................................................................... y nacionalidad .................................................................................................................................................
Declaro bajo juramento o prometo, a efectos de ser nombrado/a Funcionario/a del Cuerpo ..............................................................., Especialidad ....................................................................., de conformidad con lo dispuesto en la Orden .........................................................................................
— Que soy cónyuge de un español o nacional de país miembro de la Unión Europea, y que no estoy separado de derecho.
— O que soy descendiente de un español o nacional de países miembros de la Unión Europea, o descendiente del cónyuge, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas.
En ..............................................., a ......... de ..................................... de ............
(firma)
ANEXO IV
TEMARIO PARA ACCESO POR TURNO LIBRE Y DISCAPACIDAD
A)TEMARIO ESPECÍFICO
ESPECIALIDAD: ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Tema 1. Los regímenes económicos del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales. La sociedad de gananciales. El régimen de separación de bienes. El régimen de participación. El fuero de Baylío.
Tema 2. Los derechos reales: Concepto, clases y caracteres. Los derechos reales de garantía: Hipoteca. Prenda. Anticresis. Derechos reales de uso y disfrute. El derecho de usufructo. Los derechos de uso y habitación. Las servidumbres.
Tema 3. El derecho de propiedad. Contenido. Protección. El Registro de la Propiedad. Anotaciones preventivas y otros asientos registrales. La comunidad de bienes.
Tema 4. La obligación: Concepto y clases. Obligaciones extracontractuales. Enriquecimiento sin causa. Cumplimiento normal de las obligaciones: El pago. Otros modos de extinción de las obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: Causas y consecuencias. Protección del crédito y prueba de las obligaciones. Concurrencia y prelación de créditos.
Tema 5. El contrato: Elementos y requisitos. Clases. Generación, perfección y consumación de los contratos. Interpretación. Ineficacia. El contrato de arrendamiento en el Código Civil: Concepto y clases. El contrato de compraventa: Elementos. Obligaciones del vendedor y del comprador. Derechos de tanteo y retracto. Cesión de derechos y acciones. La permuta.
Tema 6. La donación: Concepto y clases. Elementos de la donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de donaciones.
Tema 7. El derecho hereditario. Conceptos generales. Capacidad para suceder. Aceptación y repudiación de la herencia. Comunidad hereditaria. Derecho de acrecer. Colación y partición de la herencia. Sucesión testamentaria, forzosa e intestada. Institución de herederos. Sustitución. Legado. Albacea. La desheredación. La preterición.
Tema 8. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal: Libros obligatorios. Requisitos de los libros. Eficacia probatoria. Depósito de las cuentas. Presentación de las cuentas de los grupos de sociedades.
Tema 9. El procedimiento administrativo. Los interesados. La actividad de las administraciones públicas. Los actos administrativos: Requisitos y eficacia. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Garantías y fases del procedimiento. Tramitación simplificada. Ejecución de resoluciones. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos.
Tema 10. Las subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (I): Disposiciones generales. Procedimiento de concesión y gestión de subvenciones. Reintegro de subvenciones. El control financiero de subvenciones.
Tema 11. La Hacienda Pública en la Constitución Española. Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria: Ámbito de aplicación, principios generales, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, medidas preventivas, correctivas y coercitivas.
Tema 12. La Hacienda Pública de Extremadura (I): Principios generales. Sector público institucional. El Inventario de Entidades del Sector Público Autonómico. Régimen de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 13. La Hacienda Pública de Extremadura (II): Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Principios de la programación y de la gestión presupuestaria. Programación presupuestaria. Contenido, estructura y elaboración de los presupuestos.
Tema 14. La Hacienda Pública de Extremadura (III): Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Los créditos y sus modificaciones. Las entidades integrantes del sector público autonómico, empresarial y fundacional.
Tema 15. La Hacienda Pública de Extremadura (IV): Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. La gestión presupuestaria. La clasificación económica de los gastos y los ingresos. La Tesorería, el endeudamiento y los avales. La contabilidad.
Tema 16. Operaciones de fin de ejercicio. Cierre y liquidación del presupuesto. Resultado presupuestario. Remanentes de créditos. Remanente de tesorería.
Tema 17. Normas en materia de convenios, encargos de gestión y transferencias: Convenios. Encargos a entidades que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico. Transferencias globales y específicas.
Tema 18. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector Público autonómico: Concepto, clases y ámbito. La Intervención General de la Junta de Extremadura: Organización y funciones. Normas generales. La función interventora. Modalidades de ejercicio. Reparos. Omisión de la intervención.
Tema 19. El control financiero ejercido por la Intervención General de la Junta de Extremadura: Ámbito y prerrogativas. Procedimiento de control financiero. Instrucciones de la Intervención General de la Junta de Extremadura para el ejercicio del control financiero (I): Disposiciones generales y plan anual de controles financieros.
Tema 20. Instrucciones de la Intervención General de la Junta de Extremadura para el ejercicio del control financiero (II): El ejercicio de la auditoría pública y del control financiero permanente.
Tema 21. Instrucciones de la Intervención General de la Junta de Extremadura para el ejercicio del control financiero (III): La supervisión continua y la independencia en las funciones de control. Los informes de control financiero y el seguimiento de sus conclusiones y recomendaciones.
Tema 22. La auditoría de cuentas. Normativa estatal en materia de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores. Entidades sometidas a auditoría. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: Funciones.
Tema 23. El control externo de la actividad económico-financiera del Sector Público autonómico. El control parlamentario. El Tribunal de Cuentas: Competencias y funciones.
Tema 24. Régimen de los bienes del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Gestión patrimonial. Adquisición de bienes y derechos. Arrendamientos. Enajenación a título oneroso de bienes y derechos. Permuta de bienes y derechos. Explotación de bienes patrimoniales.
Tema 25. Contratos del Sector Público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Racionalidad y consistencia de la contratación del sector público. Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato. Perfección y forma del contrato.
Tema 26. Contratos del Sector Público (II): Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación. Partes en el contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 27. Contratos del Sector Público (III): Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: Normas generales y procedimientos de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
Tema 28. La aplicación, interpretación, calificación e integración de las normas tributarias. Los tributos: Concepto, fines y clases de tributos. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias: La obligación tributaria principal, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta, las obligaciones entre particulares, las obligaciones tributarias accesorias y formales.
Tema 29. Los elementos de cuantificación de la obligación tributaria. La base imponible: Concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: Concepto. Garantías de la deuda tributaria.
Tema 30. Los obligados tributarios: Clases. Derechos y garantías. Los sujetos pasivos. El contribuyente. Exenciones subjetivas. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación. Residencia y domicilio fiscal. Los responsables tributarios. La responsabilidad tributaria. Responsables solidarios y subsidiarios. Los sucesores. Retenedores y obligados a ingresar a cuenta. Otros obligados tributarios.
Tema 31. La aplicación de los tributos. Los procedimientos administrativos en materia tributaria: Fases. Obligación de resolución y plazos de resolución. La prueba. Notificaciones. La denuncia pública. Las liquidaciones tributarias. La consulta tributaria. El número de identificación fiscal. La colaboración social en la aplicación de los tributos.
Tema 32. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria: Funciones de gestión tributaria. Declaraciones. Autoliquidaciones. Comunicaciones de datos. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos. Procedimiento iniciado mediante declaración. Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada. Otros procedimientos de gestión tributaria.
Tema 33. La Recaudación (I): Disposiciones generales. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales. Extinción de las deudas. Pago. Prescripción. Insolvencias. Otras formas de extinción. Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. Garantías para el aplazamiento y el fraccionamiento. El procedimiento de compensación. La compensación de oficio de deudas de Entidades Públicas. El procedimiento de deducción.
Tema 34. La Recaudación (II): La recaudación en período ejecutivo. El procedimiento de apremio: Concepto. Concurrencia de procedimientos. Suspensión. Embargo y enajenación de bienes y derechos. El procedimiento frente a responsables y sucesores. Las tercerías. Acciones civiles y penales.
Tema 35. La Inspección de los tributos (I): Funciones. Facultades. Deberes. Clases de actuaciones. Actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria. Actuaciones de valoración. Actuaciones de informe y asesoramiento. Actuaciones de comprobación e investigación. Otras actuaciones.
Tema 36. La Inspección de los tributos (II): Actuaciones y procedimiento de inspección: Iniciación y desarrollo. Objeto y alcance. Lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Desarrollo del procedimiento: Plazo, medidas cautelares, alegaciones y trámite de audiencia. Disposiciones especiales: Aplicación del método de estimación indirecta y el informe preceptivo para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
Tema 37. La Inspección de los tributos (III): Documentación de las actuaciones inspectoras. La terminación del procedimiento: Tramitación de actas, órganos competentes para la práctica de liquidaciones y clases de liquidaciones derivadas de actas de inspección. Otras formas de terminación.
Tema 38. La potestad sancionadora en materia tributaria (I): Principios. Los sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones. Extinción de la responsabilidad.
Tema 39. La potestad sancionadora en materia tributaria (II): El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Derechos y garantías en el procedimiento sancionador. Órganos competentes para la imposición de sanciones. Procedimiento separado. Iniciación, instrucción, audiencia a los interesados, tramitación abreviada, plazo para resolver. Delitos contra la hacienda Pública.
Tema 40. Revisión de actos en vía administrativa. Normas comunes. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Especial referencia a la Junta Económico-Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 41 El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I): Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la base imponible. Base liquidable. Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen.
Tema 42. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Cálculo del impuesto. Gravamen autonómico. Cuota diferencial. Tributación familiar. Especial referencia a las deducciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Gestión del Impuesto.
Tema 43. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (I): Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Presunción de hecho imponible. Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible.
Tema 44. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (II): Base liquidable: Reducciones del Estado. Mejora de la Reducciones Estatales. Reducciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Tipo de gravamen. Cuota tributaria. Reglas especiales. Devengo y prescripción. Gestión del Impuesto. Usufructo, uso y habitación. Sustituciones. Partición y excesos de adjudicación. Repudiación y renuncia a la herencia.
Tema 45. El Impuesto sobre el Patrimonio. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible y bienes exentos. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del Impuesto.
Tema 46. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I): Concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. Exenciones de las operaciones interiores. Lugar de realización del hecho imponible. Sujeto pasivo. Devengo. Base Imponible. Tipos de gravamen. Deuda tributaria.
Tema 47. El Impuesto sobre el Valor Añadido (II): Liquidación. Deducciones. Requisitos. Régimen de deducciones en sectores diferenciados. Regla de prorrata. Deducciones anteriores al comienzo de la actividad. Devoluciones. Regímenes especiales. Gestión del Impuesto.
Tema 48. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I): Transmisiones Patrimoniales onerosas. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota tributaria y reglas especiales.
Tema 49. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II): Operaciones societarias. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota tributaria Figuras equiparadas a sociedades. Actos Jurídicos Documentados. Tributación. Disposiciones comunes a los tres gravámenes. Exenciones. Comprobación de valores. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del impuesto.
Tema 50. Tributos sobre el Juego. Tasas sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias: Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Cuota. Devengo. Pago. Tasa sobre los juegos de suerte, envite o azar: Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipos de gravamen. Devengo. Pago. Impuesto sobre actividades del juego.
Tema 51. Tasas y precios públicos: Concepto y ámbito de aplicación de las tasas. Hecho imponible. Sujeto pasivo y responsables. Devengo. Gestión y liquidación. Principales tasas establecidas. Los precios públicos.
Tema 52. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma (I): El Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión del Impuesto.
Tema 53. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma (II): El Impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Tipo de gravamen. Devengo. Gestión del Impuesto.
Tema 54. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma (III): Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero: Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible, supuestos de no sujeción y exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión del Impuesto. Canon de saneamiento: Objeto y naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Obligados tributarios. Bases imponibles. Cuota. Periodo impositivo y devengo. Gestión y liquidación.
Tema 55. El Presupuesto de la Unión Europea (I): Principios presupuestarios. Elaboración y estructura del presupuesto. Ejecución del Presupuesto. Disposiciones aplicables a la gestión directa, indirecta y compartida. Gestión indirecta. El Marco Financiero Plurianual. Fondos Estructurales y de Inversión Europeos: Definiciones, programación, ayuda financiera, gestión y control.
Tema 56. FEDER, FEMP y FSE: Normas comunes de gestión y control. Reglamentación específica del FEDER y del FSE.
Tema 57. La financiación de la Política Agrícola Común: El FEAGA y el FEADER. Órganos intervinientes.
Tema 58. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 59. Ley de Gobierno Abierto de Extremadura: Ámbito y Principios Generales. Ad-ministración Abierta.
Tema 60. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 61. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. El régimen disciplinario.
Tema 62. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación Profesional. Retribuciones.
Tema 63. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
ESPECIALIDAD: ADMINISTRACIÓN GENERAL
Tema 1. La financiación de las Comunidades Autónomas (I): Regulación constitucional y estatutaria. Principios generales del sistema de financiación autonómica en la normativa básica del Estado. Los tributos propios y cedidos de las Comunidades Autónomas en la normativa básica del Estado. Otros recursos de las Comunidades Autónomas en la normativa básica del Estado.
Tema 2. La financiación de las Comunidades Autónomas (II): Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de financiación autonómica. Resolución de conflictos en materia de financiación autonómica.
Tema 3. Régimen Jurídico del Sector Público (I): Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad.
Tema 4. Régimen Jurídico del Sector Público (II): Los órganos de las Administraciones Públicas. Funcionamiento Electrónico del sector público. Los Convenios. Las relaciones interadministrativas.
Tema 5. Régimen Jurídico del Sector Público (III): Los principios de la potestad sancionadora y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Los procedimientos sancionadores seguidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 6. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): Los interesados en el procedimiento. La actividad de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos.
Tema 7. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (V): Las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. La revisión de los actos en vía administrativa. La iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
Tema 8. La Contratación del sector público: Disposiciones Generales (I): Objeto y Ámbito de aplicación de la Ley. Contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 9. La contratación del sector público (II): Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Partes en el contrato.
Tema 10. La contratación del sector público (III): Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.
Tema 11. La contratación del sector público (IV): De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 12. La contratación del sector público (V): De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 13. La contratación del sector público (VI): De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
Tema 14. La contratación del sector público (VII): Racionalización técnica de la contratación. Procedimientos de contratación centralizada en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Comisión de Contratación Centralizada de la Junta de Extremadura.
Tema 15. La contratación del sector público (VIII): De los distintos tipos de contratos de las Administraciones públicas: Contrato de obras, contrato de concesión de servicios. Contrato de suministros y contrato de servicios.
Tema 16. La contratación del sector público (IX): Órganos competentes en materia de contratación. Registros oficiales. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa y el Registro Oficial de Licitadores y el Registro de contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Normas en materia de contratación, convenios, encargos de gestión y transferencias en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 17. Ley de contratación pública socialmente responsable de Extremadura
Tema 18. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (I): Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 19. El Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (II): Los miembros de la Junta de Extremadura. Las relaciones del Presidente y la Junta con la Asamblea de Extremadura. La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Principios y normas generales de actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Relaciones de la Comunidad Autónoma con otras Administraciones Públicas.
Tema 20. El Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (III): La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma. El procedimiento de elaboración de reglamentos y anteproyectos de ley. El ejercicio de sus competencias por los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma. El régimen jurídico de la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Tema 21. El Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (IV): Los Organismos Públicos de la Comunidad Autónoma. La potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 22. Régimen Jurídico de Administración Electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Disposiciones Generales. Puntos de accesos electrónicos corporativos. Expediente Electrónico. Comunicaciones y notificaciones electrónicas.
Tema 23. La Prevención de Riesgos Laborales (I): Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 24. La Prevención de Riesgos Laborales (II): Consulta y participación de los trabajadores. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Responsabilidades y sanciones. Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos laborales en la Junta de Extremadura.
Tema 25. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación profesional. Retribuciones.
Tema 26. La Función Pública de Extremadura (I): Objeto, Principios rectores y ámbito de aplicación. Órganos competentes en materia de función pública. Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Extremadura. Ordenación y estructura de los recursos humanos. Adquisición y pérdida de la condición de empleado público.
Tema 27. La Función Pública de Extremadura (II): Acceso al empleo Público. Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Situaciones Administrativas.
Tema 28. La Función Pública de Extremadura (III): Derechos del personal empleado público. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones. La regulación de la jornada y horario de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Promoción Profesional y evaluación del desempeño. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Régimen Retributivo.
Tema 29. Régimen de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas. Incompatibilidades de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 30. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura (I): Convenio Colectivo para el personal laboral: Movilidad geográfica. Supresión de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificación de puestos en diversas categorías. Cambio de puestos de trabajo. Permutas. Provisión de puestos de trabajo. Selección y contratación. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Públicas. Movilidad funcional. Jornada y horario.
Tema 31. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura (II): Convenio Colectivo para el personal laboral: Horas extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliación de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensión de contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilación. Indemnización por incapacidad o fallecimiento.
Tema 32. El régimen disciplinario del personal funcionario y del personal laboral de la Junta de Extremadura.
Tema 33 Estatuto Básico del Empleado Público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. Derechos Retributivos.
Tema 34. Estatuto Básico del Empleado Público (II): Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.
Tema 35. Estatuto Básico del Empleado Público (III): Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio. Pérdida de la relación de servicio. Planificación de Recursos Humanos. Estructuración del Empleo Público. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Situaciones administrativas.
Tema 36. Gastos de personal en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Regímenes retributivos. Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo. Otras disposiciones en materia de personal.
Tema 37. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. La cesión de Tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura. Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 38. La Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura (I): Principios Generales. Del Régimen de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 39. Ley de Hacienda Pública de Extremadura (II): Principios de la programación y de la gestión presupuestaria. Programación Presupuestaria. De los créditos y sus modificaciones: Disposiciones generales. De las modificaciones de créditos. Competencias en materia de modificaciones de créditos. El presupuesto de las entidades integrantes del sector público auto- nómico empresarial y fundacional.
Tema 40. Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura (III): La gestión presupuestaria. La Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El endeuda- miento de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Ley General de Hacienda Pública y en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Los avales en la Ley General de Hacienda Pública y en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Tema 41. Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura (IV): Régimen de intervención y contabilidad del sector público autonómico. Responsabilidades de las autoridades y demás personal al servicio del sector público autonómico. Normas especiales de gestión presupuestaria en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Tema 42. El régimen de fiscalización limitada previa para determinados expedientes de gastos.
Tema 43. Normas de elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estructura del Presupuesto de Ingresos. Estructura del presupuesto de gastos.
Tema 44. Control externo del gasto público: El Tribunal de Cuentas. El control parlamentario. El control interno del gasto público: La Intervención General de la Junta de Extremadura.
Tema 45. Procedimiento de ejecución del gasto público: Procedimiento general. Procedimientos especiales: Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Pagos en firme. Tramitación anticipada de los expedientes de gastos.
Tema 46. Las encomiendas de gestión de los Organismos, Instituciones y Entes Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Concepto, naturaleza y regulación. La Ley de Reordenación del Sector Público empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 47. Las Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Disposiciones generales. Procedimiento de concesión y gestión de subvenciones. Reintegro de subvenciones.
Tema 48. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (I): Objeto, concepto y régimen jurídico. Protección y defensa.
Tema 49. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (II): Del dominio público: Afectación y desafectación. Mutaciones demaniales. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos. Constancia en el inventario y publicidad registral. Utilización y explotación.
Tema 50. Ley de carreteras de Extremadura: Disposiciones generales. Planificación y proyectos. Gestión, explotación y financiación. Uso y defensa de las carreteras. Travesías.
Tema 51. Ley Agraria de Extremadura. Infraestructuras rurales: Infraestructuras varias. Disposiciones generales. Dominio público viario. Relaciones interadministrativas. Instrumentos de planificación. Financiación. Ejecución de las obras. El uso de los caminos. Condiciones generales para los distintos usos y aprovechamientos.
Tema 52. La Prevención, Asistencia y Reinserción de las Drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Disposiciones generales. Medidas de prevención de las drogodependencias a partir de la reducción de la demanda. Medidas preventivas a partir de la reducción de la oferta de sustancias de abuso. Medidas asistenciales a personas afectadas por las drogodependencias. Medidas de reinserción del drogodependiente. La Organización y financiación.
Tema 53. Ley de Prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia: Disposiciones Generales. Medidas de prevención, sensibilización y detección en el consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad, Medidas de intervención. Régimen sancionador.
Tema 54. Ley de Caza de Extremadura (I): Disposiciones Generales. La Administración y los terrenos a efectos cinegéticos. Utilización ordenada y racional de los recursos cinegéticos.
Tema 55. Ley de Caza de Extremadura (II): Ejercicio de la caza. Aprovechamiento industrial y comercial de la caza. Responsabilidad por daños. Organización y vigilancia de la caza. Ré- gimen sancionador de la caza.
Tema 56. Ley de Pesca y Acuicultura de Extremadura: Disposiciones Generales. Cursos y masas de agua. Especies de fauna acuática. Planes de pesca. Conservación del medio acuático. Conservación y aprovechamiento de las especies. Licencias y permisos de pesca. Acuicultura y pesca científica. Vigilancia.
Tema 57. Actuaciones en materia de regadíos en la Comunidad Autónoma de Extremadura: Disposiciones Generales. Regadíos de iniciativa pública. Actuaciones en regadíos ya existen- tes. Regadío de iniciativa privada. Obligaciones y sus permitidos en zonas regables. Exclusión de terrenos. Actuaciones en situaciones extraordinarias de sequía. Inventario de tierras de regadío en Extremadura. Régimen jurídico de la Dehesa en Extremadura.
Tema 58. Ley de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura (I): Disposiciones Generales. Recursos y Ordenación de la actividad turística.
Tema 59. Ley de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura (II): Empresas y actividades turísticas. Disciplina turística.
Tema 60. Ley de Farmacia de Extremadura (I): Disposiciones Generales. Ordenación farmacéutica en el nivel de atención primaria de salud. Ordenación farmacéutica en el nivel de atención especializada de salud.
Tema 61. Ley de Farmacia de Extremadura (II): Ordenación farmacéutica en los centros sociosanitarios y centros penitenciarios. Distribución de medicamentos de uso humano y distribución y dispensación de medicamentos veterinarios. La sanidad farmacéutica. La Comisión de Farmacia de Extremadura. La información, promoción y publicidad de los productos farmacéuticos y de la prestación farmacéutica.
Tema 62. Régimen Jurídico del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (I): Disposiciones generales. Las Categorías de bienes históricos y culturales. Régimen de protección, conservación y mejora de los inmuebles y muebles integrantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Tema 63. Régimen Jurídico del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (II): El Patrimonio arqueológico. El Patrimonio etnológico. Los museos. El Patrimonio documental y bibliográfico. Las Medidas de estímulo.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
ESPECIALIDAD: EMPLEO
Tema 1. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 2. La Contratación del sector público: Disposiciones Generales: Objeto y Ámbito de aplicación de la Ley. Contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 3. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. Derechos Retributivos.
Tema 4. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación profesional. Retribuciones.
Tema 5. La Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 6. La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
Tema 7. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones Generales. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 8. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): La actividad de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos.
Tema 9. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): Las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. La revisión de actos en vía administrativa. La iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
Tema 10. El Servicio Extremeño Público de Empleo: Estructura y organización. Régimen Jurídico. Régimen de Personal y Económico Financiero. Centros de Empleo del SEXPE.
Tema 11. El Servicio Público de Empleo Estatal: Concepto, naturaleza y régimen jurídico; organización y competencias.
Tema 12. La política de empleo. Ley de Empleo: Contenido y estructura. Instrumentos de la Política de Empleo.
Tema 13. Sistema Nacional de Empleo. Cartera Común de Servicios.
Tema 14. Sistemas de información de los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos: Estructura, características, funcionalidades y contenido. El SISPE (Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo).
Tema 15. Estrategia Española de Activación para el Empleo. El Plan Anual de Política de Empleo: Ejes, acciones, medidas e indicadores.
Tema 16. Programación y gestión de las políticas activas de empleo por las Comunidades Autónomas en el marco de la Estrategia Española de Activación para el Empleo. Planes de empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 17. Los fondos para la financiación de las Políticas de Empleo. Los Fondos Estructura- les. El Fondo Social Europeo. Programación y ejecución del Fondo Social Europeo en la Comunidad de Extremadura.
Tema 18. La política social y el empleo en la Unión Europea. Directrices en materia de empleo. Iniciativas y programas comunitarios en materia de empleo y formación.
Tema 19. Red EURES (European Employment Services). Objetivos de la red. Normativa. Catálogo de servicios y organización EURES España-Comunidades Autónomas. EURES en internet. Subvenciones para potenciar la movilidad laboral en el Espacio Económico Europeo (EEE)/Unión Europea (UE): Your first Eures Job. Tu trabajo Eures- FSE.
Tema 20. Renta Extremeña Garantizada. Requisitos. Prestación. Procedimiento. Régimen sancionador.
Tema 21. Concepto de demandante de empleo. El procedimiento de inscripción. Requisitos y plazos. Situaciones administrativas de la demanda. Tipos de inscripción. Los servicios web del SEXPE a empleadores y demandantes.
Tema 22. Evaluación y clasificación del demandante: Objeto. Experiencia profesional y la acreditación de titulaciones. El Acuerdo Personal de Empleo (APE): Acciones para la mejora de la empleabilidad. Seguimiento de los itinerarios. Colectivos especiales.
Tema 23. Los derechos y obligaciones del demandante de empleo. Régimen sancionador de perceptores de prestaciones. Régimen sancionador de no perceptores.
Tema 24. Medidas de promoción de empleo de personas con discapacidad: Medidas de promoción del empleo en el mercado ordinario y medidas de promoción en el mercado protegido. Centros Especiales de Empleo.
Tema 25. Normativa reguladora del régimen de las empresas de inserción. Ayudas para el fomento del empleo de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción.
Tema 26. Normativa reguladora del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Sistema Nacional de Cualificaciones.
Tema 27. Gestión de las políticas de formación para el empleo en la Comunidad de Extrema- dura: Oferta formativa para trabajadores ocupados, oferta formativa para trabajadores desempleados. Otras iniciativas de formación profesional para el empleo.
Tema 28. El reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales. Normativa reguladora de los Certificados de profesionalidad. Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.
Tema 29. Acreditación y/o inscripción de centros y entidades de formación y su inclusión en el registro de centros y entidades de formación profesional para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 30. Programas de formación en alternancia con el empleo de Extremadura. El programa de Escuelas Profesionales. Normativa reguladora y contenido.
Tema 31. La orientación profesional (I): Enfoques Teóricos de la Orientación Profesional. Modelos Metodológicos. Funciones y perfil de competencias del orientador profesional. La Evaluación y calidad en los procesos de orientación.
Tema 32. La orientación profesional (II): Asesoramiento para el autoempleo y la iniciativa emprendedora. Orientación a ocupados.
Tema 33. La orientación profesional (III): Intervención en Orientación Profesional: Técnicas, recursos e instrumentos. Técnicas de Intervención individual e intervención grupal. Técnicas de dinámica de grupo. Toma de decisiones.
Tema 34. La orientación profesional (IV): La orientación a personas y grupos en riesgo de exclusión social.
Tema 35. La orientación profesional (V): La orientación profesional a beneficiarios de prestaciones y subsidios de desempleo ligados a los compromisos de actividad.
Tema 36. Las Subvenciones Públicas (I). Ámbito de aplicación de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Disposiciones comunes a las subvenciones del sector público autonómico. Procedimientos de concesión de subvenciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Concurrencia competitiva y concesión directa.
Tema 37. Las Subvenciones Públicas (II). Procedimientos de gestión y justificación de las subvenciones del sector público autonómico. Procedimiento de gestión presupuestaria de las subvenciones de la Comunidad autónoma de Extremadura. Reintegro de Subvenciones. Procedimiento de reintegro en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 38. Las Subvenciones Públicas (III). Infracciones y sanciones. Base de datos de subvenciones estatales y de la Comunidad autónoma de Extremadura. Disposiciones de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Subvenciones.
Tema 39. Medidas de apoyo a la creación de empresas (I): Formación y asesoramiento para emprendedores. Subvenciones de la Junta de Extremadura a las empresas.
Tema 40. Medidas de apoyo a la creación de empresas (II). El autoempleo. Medidas para la promoción del empleo autónomo. Medidas de apoyo a la economía social. Normativa regula- dora y contenido.
Tema 41. Medidas de fomento del empleo de calidad: Ayudas para la contratación indefinida de trabajadores en la Junta de Extremadura.
Tema 42. Prospección de Empleo en los Servicios Públicos de Empleo. Desarrollo Local: Ámbitos de actuación.
Tema 43. El Centro de Información y Red de Creación de Empresas. Los Puntos de atención al emprendedor. Regulación legal. Objeto y funciones. La red de PAE en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 44. El Derecho del Trabajo. Características. Principios constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral.
Tema 45. El contrato de trabajo (I). Delimitación conceptual y fuentes de la relación laboral. Derechos y deberes laborales básicos. Elementos y eficacia del contrato de trabajo.
Tema 46. El contrato de trabajo (II): Los contratos formativos. Contrato de trabajo en prácticas. El contrato para la formación y el aprendizaje. Caracteres comunes a estos contratos.
Tema 47. El contrato de trabajo (III): Contratos por tiempo indefinido. Los contratos de duración determinada. Relaciones laborales de carácter especial.
Tema 48. El contrato de trabajo (IV) Movilidad funcional y geográfica y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. Suspensión del contrato de trabajo. Extinción del contrato de trabajo.
Tema 49. Derechos y deberes de los trabajadores. La negociación colectiva. Conflictos colectivos: Huelga y cierre patronal.
Tema 50. La Seguridad Social en la Constitución Española. Ley General de la Seguridad Social. Estructura y contenido. Campo de aplicación.
Tema 51. Afiliación de trabajadores e inscripción de empresas. Comunicación de bajas y variaciones de datos de trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social, cotización y recaudación de cuotas.
Tema 52. Sistemas especiales integrados en el Régimen General, en especial, empleados de hogar y trabajadores por cuenta ajena agrarios. Regímenes especiales de la Seguridad Social y sistemas especiales. El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Tema 53. Prestaciones de la Seguridad Social.
Tema 54. El control de las condiciones de trabajo, empleo, Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo: Los servicios de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el régimen sancionador en el orden social.
Tema 55. Infracciones en materia de Seguridad Social: Concepto. Infracciones de los empresarios y trabajadores, beneficiarios y solicitantes de prestaciones. Infracciones en materia de empleo. Infracciones en materia de extranjería.
Tema 56. Responsabilidad social de la empresa. Planes de Igualdad en las empresas.
Tema 57. El Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la Junta de Extremadura.
Tema 58. La protección por desempleo (I): Concepto. Objeto de la protección. Campo de aplicación. Acción protectora. Especial consideración a la situación legal de desempleo y formas de acreditación.
Tema 59. La protección por desempleo (II): Nivel contributivo y asistencial. Beneficiarios, requisitos para el nacimiento del derecho. Duración, cuantía, reanudación y extinción del derecho. Incompatibilidades.
Tema 60. La protección por desempleo (III): Financiación de las prestaciones. La gestión de las prestaciones. Tramitación y pago de las prestaciones por desempleo: Normas generales y específicas. La opción de pago único. Supuestos especiales.
Tema 61. Marco normativo de las políticas de igualdad de género en España. Las políticas de igualdad de género. La evolución de las políticas de igualdad de género en España.
Tema 62. Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades de España: Organización y funcionamiento. Instituto de la Mujer de Extremadura: Organización y Funcionamiento. Normativa reguladora de la Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de Género. Normativa reguladora de las Unidades para la Igualdad de mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 63. El tratamiento institucional de la violencia de género. Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Modelos de intervención. Técnicas y recursos de prevención.
Tema 64. Promoción del empleo femenino. Análisis de las referencias legislativas y normativas en materia de empleo: Internacional, europea, estatal y autonómica.
Tema 65. Información y comunicación con perspectiva de género. Caracterización de los procesos de comunicación desde la perspectiva Tema 1. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones Generales. Los interesados en el procedimiento administrativo.
ESPECIALIDAD HIGIENE INDUSTRIAL
Tema 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Consulta y participación de los trabajadores. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Responsabilidades y Sanciones. Disposiciones adicionales.
Tema 2. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención I. Disposiciones generales. Evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Auditorías. Funciones y niveles de cualificación. Colaboración con el Sistema Nacional de Salud.
Tema 3. Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de riesgos laborales en la Junta de Extremadura.
Tema 4. Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura. Procedimientos del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de los ámbitos preventivos de la Administración General y Centros Educativos de la Junta de Extremadura.
Tema 5. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales.
Tema 6. Procedimiento de Coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura. Objeto. Introducción. Situaciones que pueden darse en la coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura. Medios de coordinación que pueden emplearse. Formas de articular el cumplimiento de la coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura.
Tema 7. Organismos e instituciones europeos e internacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales.
Tema 8. Organismos e instituciones nacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo. Otros organismos nacionales competentes.
Tema 9. Organismos de la Junta de Extremadura con competencia en materia de prevención de riesgos laborales, tanto laboral como sanitaria. Centro Extremeño de Seguridad y Salud Laboral. Otros organismos autonómicos competentes.
Tema 10. La Comisión Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Extremadura. Funcionamiento. Composición. Funciones.
Tema 11. La normalización. Concepto de norma técnica. Tipos. Organismos internacionales ISO y CEI. Organismos europeos de normalización. Organismos nacionales. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. El concepto de seguridad en el producto. Los requisitos esenciales de los productos.
Tema 12. Responsabilidad en materia preventiva. Responsabilidad de los empleadores: administrativa, civil y penal. Responsabilidad de los trabajadores. Responsabilidad patrimonial de la administración pública. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 13. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Seguridad y Salud Laboral. Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en materia de Seguridad y Salud Laboral, en el ámbito de la Administración Pública.
Tema 14. Las disciplinas preventivas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada, Medicina del Trabajo. El trabajo multidisciplinar en prevención.
Tema 15. Accidentes de trabajo. Definiciones. Notificación y declaración de accidentes.
Tema 16. Investigación de accidentes. Objeto. Metodologías de investigación de accidentes. El informe resultante de la investigación de un accidente.
Tema 17. Enfermedades profesionales. Concepto. Clasificación. Notificación e investigación de las enfermedades profesionales. Patologías de origen laboral y su prevención. Principales enfermedades profesionales.
Tema 18. Estadística de accidentes de trabajo: órganos encargados de la estadística de accidentes de trabajo, índices de siniestralidad, tendencia de la siniestralidad. Ramas de actividad de mayor peligrosidad. Estadística de enfermedades profesionales: órganos encargados de la estadística de enfermedades profesionales, tendencia de las enfermedades profesionales.
Tema 19. Los costes de los accidentes de trabajo: coste humano y coste económico de los accidentes de trabajo. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Coste para la sociedad. Análisis coste-beneficio de la prevención: costes de los daños derivados del trabajo frente a beneficios de la acción preventiva.
Tema 20. Epidemiología laboral: concepto, ramas de la epidemiología. Medidas de frecuencia de la enfermedad: prevalencia e incidencia. Tipos de estudios epidemiológicos y sus principales características: ensayos de intervención, estudios de prevalencia, estudios casos y controles, estudios de cohorte. Medidas de magnitud del efecto.
Tema 21. Concepto y determinantes de la salud. El trabajo como determinante de la salud. La promoción de la salud en el trabajo: concepto y principios de actuación. La Red Española de Empresas Saludables.
Tema 22. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad. Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, posparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el trabajo.
Tema 23. Evaluación de riesgos: el concepto de evaluación de riesgos y de gestión de riesgos. El proceso de la evaluación de riesgos. Planificación de la actividad preventiva.
Tema 24. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. La planificación de la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La definición de los objetivos. La determinación de los programas. Métodos y técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.
Tema 25. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Guía Técnica.
Tema 25. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Guía Técnica.
Tema 26. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Guía Técnica.
Tema 27. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Guía técnica. Marcado de equipos de protección individual.
Tema 29. Planes de autoprotección y emergencias. Objetivos. Factores de riesgo. Clasificación de las emergencias. Elaboración e implantación de planes. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Registro autonómico de planes de autoprotección de Extremadura, Decreto 32/2023, de 5 de abril.
Tema 30. Socorrismo y primeros auxilios en los centros de trabajo. Actuación en caso de accidentes de diversa índole.
Tema 31. Seguridad vial. Accidentes en misión y accidentes in itinere. Investigación. Formación e información en materia de seguridad vial.
Tema 32. Espacios confinados. Conceptos. Peligros asociados. Actuación ante un espacio confinado. Autorización de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado.
Tema 33. Higiene Industrial. Conceptos y objetivos. Ramas de la Higiene Industrial. Metodología de actuación para la evaluación y control del riesgo.
Tema 34. Toxicología industrial. Concepto y ramas de la toxicología. Clasificación de los contaminantes. Concepto y clasificación de los efectos tóxicos. Toxicocinética: absorción, distribución, depósito, metabolización y eliminación. Toxicodinámica. Relación dosis-efecto y dosis-respuesta.
Tema 35. Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos. Guía Técnica.
Tema 36. Real Decreto 665/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Guía Técnica.
Tema 37. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Valores límites ambientales (VLA). Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos. Valoración por comparación con el VLA de exposición diaria VLA-ED y de corta duración VLA-EC. Mediciones periódicas de control. Valores límites biológicos VLB. Control biológico.
Tema 38. Medición de los contaminantes químicos. Mediciones puntuales y promedio. Mediciones personales y ambientales. Instrumentos de lectura directa. Sistemas activos de toma de muestras. Calibración de los equipos. Sistemas pasivos de toma de muestras. transporte y conservación de las muestras. Representatividad de las mediciones. Estrategias de muestreo. Condicionantes de la toma de muestras. Control de calidad de los equipos de medida.
Tema 39. Control de las exposiciones frente agentes químicos. Técnicas generales: acciones de control técnicas. Acciones de control organizativas. Priorización del control de riesgos. Acciones sobre el agente. Acciones sobre el proceso. Acciones en el local de trabajo. Acciones en los métodos de trabajo. Técnicas de ventilación para el control de los agentes químicos: extracción localizada y ventilación por dilución.
Tema 40. Agentes biológicos. Conceptos básicos. Clasificación. Vías de entrada en el organismo. Metodologías de evaluación. Medidas de prevención del riesgo de contaminación. Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Guía Técnica.
Tema 41. El Ruido. Clases de ruido. Análisis de bandas de octava. El daño auditivo. Instrumentos para la medición el ruido. Criterios de valoración y control de las exposiciones. Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Guía Técnica.
Tema 42. Las Vibraciones. Características y efectos sobre el cuerpo humano. Criterios de evaluación de las vibraciones transmitidas mano-brazo y cuerpo completo. Medidas de prevención. Real Decreto 1311/2005, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
Tema 43. El ambiente térmico. Efectos del calor y el frio en el organismo humano. Mecanismo de intercambio térmico entre el individuo y el medio ambiente. Métodos de valoración. El índice W.B.G.T. Índice de aislamiento requerido de la vestimenta. Control de las exposiciones. Principales medidas preventivas contra el calor y el frio. Disconfort térmico, métodos de valoración.
Tema 44. Radiaciones ionizantes. Conceptos y clasificación de radiaciones ionizantes. Interacción con el organismo, efectos biológicos. Riesgos de la exposición a radiaciones ionizantes y medidas preventivas. Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
Tema 45. Gas radón y efectos sobre la salud. Factores que influyen en su concentración. Disposiciones legales y reglamentarias. Tipos de medición de concentración de Radón. Medidas correctoras según el Documento Básico de Salubridad H6 del Código Técnico de la Edificación.
Tema 46. Radiaciones no ionizantes. Concepto de radiación, radiaciones ultravioletas, radiación infrarroja, radiación luminosa o luz visible, microondas y radiofrecuencias, radiaciones láser, los campos electromagnéticos de frecuencia extremadamente baja. Efectos sobre el organismo humano. Riesgos y medidas preventivas.
Tema 47. Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos. Guía Técnica.
Tema 48. Plaguicidas. Clasificación, toxicología de los plaguicidas: absorción, transporte, biotransformación y eliminación, daños a la salud. Plaguicidas cancerígenos. Límites de exposición profesional (VLA, VLB), protección en la aplicación, ecotoxicidad.
Tema 49. Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10. El almacenamiento de productos químicos en el laboratorio. La separación, el aislamiento o el confinamiento. Stock de productos. Características de estanterías, armarios y salas de almacenamientos.
Tema 50. Legislación sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas químicas. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y mezclas químicas. Mecanismos de información: etiquetas. Fichas de datos de seguridad.
Tema 51. Los productos químicos en el laboratorio. Principales características de peligrosidad de sustancias y preparados químicos. La reactividad química.
Tema 52. Residuos de laboratorio. Clasificación. Factores a considerar en la eliminación de los residuos. Procedimientos para la eliminación y recuperación de residuos. Procedimientos para la recogida y neutralización de productos químicos procedentes de derrames.
Tema 53. Prevención de riesgos laborales en laboratorios. Procedimientos de trabajo y buenas prácticas en el laboratorio. Campanas de seguridad. Operaciones de trasvase de productos químicos. Elementos de actuación y protección para el control de incidentes y emergencias en un laboratorio. Procedimientos en caso de salpicadura. La utilización de material de vidrio en el laboratorio. Operaciones a presión y vacío.
Tema 54. Trabajo con muestras biológicas en el laboratorio. Ventilación general y localizada. Cabinas de seguridad biológica. Desinfección y descontaminación. Manipulación y transporte de muestras biológicas.
Tema 55. Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Guía técnica del INSST para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición al amianto.
Tema 56. Riesgos higiénicos asociados Inspecciones Técnicas de Vehículos, talleres de reparación mecánica y trabajo de soldadura.
Tema 57. Riesgos higiénicos asociados al sector agropecuario, agentes del medio y natural y trabajos enmarcados en el Plan INFOEX.
Tema 58. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 59. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 60. La Contratación del sector público: Disposiciones Generales: Objeto y Ámbito de aplicación de la Ley. Contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 61. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. Derechos Retributivos.
Tema 62. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación profesional. Retribuciones.
Tema 63. Ley de Gobierno Abierto de Extremadura: Ámbito y Principios Generales. Ad-ministración Abierta.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
ESPECIALIDAD SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Tema 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Consulta y participación de los trabajadores. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Responsabilidades y Sanciones. Disposiciones adicionales.
Tema 2. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención I. Disposiciones generales. Evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Auditorías. Funciones y niveles de cualificación. Colaboración con el Sistema Nacional de Salud.
Tema 3. Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de riesgos laborales en la Junta de Extremadura.
Tema 4. Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura. Procedimientos del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de los ámbitos preventivos de la Administración General y Centros Educativos de la Junta de Extremadura.
Tema 5. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales.
Tema 6. Procedimiento de Coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura. Objeto. Introducción. Situaciones que pueden darse en la coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura. Medios de coordinación que pueden emplearse. Formas de articular el cumplimiento de la coordinación de actividades empresariales en la Junta de Extremadura.
Tema 7. Organismos e instituciones europeos e internacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales.
Tema 8. Organismos e instituciones nacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo. Otros organismos nacionales competentes.
Tema 9. Organismos de la Junta de Extremadura con competencia en materia de prevención de riesgos laborales, tanto laboral como sanitaria. Centro Extremeño de Seguridad y Salud Laboral. Otros organismos autonómicos competentes.
Tema 10. La Comisión Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Extremadura. Funcionamiento. Composición. Funciones.
Tema 11. La normalización. Concepto de norma técnica. Tipos. Organismos internacionales ISO y CEI. Organismos europeos de normalización. Organismos nacionales. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. El concepto de seguridad en el producto. Los requisitos esenciales de los productos.
Tema 12. Responsabilidad en materia preventiva. Responsabilidad de los empleadores: administrativa, civil y penal. Responsabilidad de los trabajadores. Responsabilidad patrimonial de la administración pública. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 13. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Seguridad y Salud Laboral. Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en materia de Seguridad y Salud Laboral, en el ámbito de la Administración Pública.
Tema 14. Las disciplinas preventivas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada, Medicina del Trabajo. El trabajo multidisciplinar en prevención.
Tema 15. Accidentes de trabajo. Definiciones. Notificación y declaración de accidentes.
Tema 16. Investigación de accidentes. Objeto. Metodologías de investigación de accidentes. El informe resultante de la investigación de un accidente.
Tema 17. Enfermedades profesionales. Concepto. Clasificación. Notificación e investigación de las enfermedades profesionales. Patologías de origen laboral y su prevención. Principales enfermedades profesionales.
Tema 18. Estadística de accidentes de trabajo: órganos encargados de la estadística de accidentes de trabajo, índices de siniestralidad, tendencia de la siniestralidad. Ramas de actividad de mayor peligrosidad. Estadística de enfermedades profesionales: órganos encargados de la estadística de enfermedades profesionales, tendencia de las enfermedades profesionales.
Tema 19. Los costes de los accidentes de trabajo: coste humano y coste económico de los accidentes de trabajo. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Coste para la sociedad. Análisis coste-beneficio de la prevención: costes de los daños derivados del trabajo frente a beneficios de la acción preventiva.
Tema 20. Epidemiología laboral: concepto, ramas de la epidemiología. Medidas de frecuencia de la enfermedad: prevalencia e incidencia. Tipos de estudios epidemiológicos y sus principales características: ensayos de intervención, estudios de prevalencia, estudios casos y controles, estudios de cohorte. Medidas de magnitud del efecto.
Tema 21. Concepto y determinantes de la salud. El trabajo como determinante de la salud. La promoción de la salud en el trabajo: concepto y principios de actuación. La Red Española de Empresas Saludables.
Tema 22. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad. Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, posparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el trabajo.
Tema 23. Evaluación de riesgos: el concepto de evaluación de riesgos y de gestión de riesgos. El proceso de la evaluación de riesgos. Planificación de la actividad preventiva.
Tema 24. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. La planificación de la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La definición de los objetivos. La determinación de los programas. Métodos y técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.
Tema 25. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Guía Técnica.
Tema 25. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Guía Técnica.
Tema 26. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Guía Técnica.
Tema 27. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Guía técnica. Marcado de equipos de protección individual.
Tema 29. Planes de autoprotección y emergencias. Objetivos. Factores de riesgo. Clasificación de las emergencias. Elaboración e implantación de planes. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Registro autonómico de planes de autoprotección de Extremadura, Decreto 32/2023.
Tema 30. Socorrismo y primeros auxilios en los centros de trabajo. Actuación en caso de accidentes de diversa índole.
Tema 31. Seguridad vial. Accidentes en misión y accidentes in itinere. Investigación. Formación e información en materia de seguridad vial.
Tema 32. Espacios confinados. Conceptos. Peligros asociados. Actuación ante un espacio confinado. Autorización de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado.
Tema 33. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Guía Técnica.
Tema 34. Trabajos en altura: principales riesgos y medidas preventivas. Definición de trabajo en altura y riesgo de caída. Tipos de trabajo en altura, riesgos y medidas preventivas asociadas. Escaleras de mano. Andamios. Plataformas elevadoras móviles de personas. Sistemas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas o trabajos verticales. Sistemas de protección colectiva e individual.
Tema 35. Trabajos a la intemperie. Riesgos y medidas preventivas asociados a fenómenos meteorológicos adversos. Exposición a temperaturas extremas: golpe de calor, temperaturas extremas bajas. Picaduras, mordeduras y/o enfermedades zoonóticas. Radiaciones ultravioletas solares. Trabajos en solitario.
Tema 36. Atmósferas explosivas. Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. Guía técnica.
Tema 37. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico del Código Técnico de la Edificación I. DB-SU Seguridad de utilización. Documento Básico del Código Técnico de la Edificación II. DB-SI Seguridad en caso de incendio.
Tema 38. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Guía técnica.
Tema 39. Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Requisitos esenciales de seguridad y salud, normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimiento de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE. Sistemas de seguridad y protecciones de máquinas.
Tema 40. Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias. ITC-ICG 03 Instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos. ITC-ICG 06 Instalaciones de envases de gases licuados del petróleo (GLP) para uso propio. ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos. ITC-ICG 08 Aparatos de gas.
Tema 41. Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión. Capítulo III: Inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones. Anexo III: Inspecciones periódicas.
Tema 42. Riesgos ligados a las calderas y salas de calderas. Consideraciones generales de seguridad. Calderas de gas, riesgos específicos y sistemas de seguridad asociados. Calderas de gasóleo, riesgos específicos y sistemas de seguridad asociados. Calderas de biomasa, riesgos específicos y sistemas de seguridad asociados. RITE, IT 1.3.4.1.2 Salas de máquinas.
Tema 43. Riesgos ligados a las instalaciones frigoríficas. Consideraciones generales de seguridad. Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. IF-16 Medidas de prevención y protección personal.
Tema 44. Riesgos debidos a la electricidad. Efectos nocivos de la electricidad. Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos directos e indirectos. Actuación en caso de accidente eléctrico.
Tema 45. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Guía Técnica.
Tema 46. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. ITC BT-18 Instalaciones de puesta a tierra. ITC-BT 22 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades. ITC-BT 23 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobretensiones. ITC-BT 24 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra contactos eléctricos directos e indirectos. ITC-BT 28 Instalaciones en locales de pública concurrencia. ITC-BT 29 Prescripciones particulares para locales con riesgo de incendio o explosión. ITC-BT 30 Instalaciones en locales con características especiales. ITC-BT 36 Instalaciones a muy baja tensión.
Tema 47. Riesgo de incendio. Química del fuego. Cadena del incendio. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Prevención de incendios. Protección estructural de edificios y locales: sectorización. Medios de lucha contra incendios. Medios de lucha contra incendios. Alumbrado de señalización y emergencia.
Tema 48. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Tema 49. Prevención de riesgos laborales en el sector ganadero. Lugares de trabajo, establos y mangas. Comportamiento de los animales. Manejo del ganado. Transporte. Prácticas de seguridad. Riesgos biológicos asociados a las explotaciones ganaderas. Cercas eléctricas para ganado. Equipos de protección individual.
Tema 50. Prevención de riesgos laborales en el sector agrario y trabajos de jardinería. Riesgos asociados a la maquinaria agrícola y su prevención. Tractores. Remolques. Aperos. Máquinas de recolección. Equipos de cultivo. Herramientas. Transporte de combustible. Riesgos asociados a la utilización de plaguicidas y fertilizantes. Medidas preventivas. Equipos de protección individual.
Tema 51. Riesgos laborales en la prevención de incendios forestales y medidas preventivas. Selvicultura preventiva. Maquinaria para la selvicultura. Herramientas. Transporte de combustible. Medidas preventivas. Equipos de protección individual.
Tema 52. Prevención de riesgos laborales en extinción de incendios forestales. Organización de la extinción. Seguridad en la extinción. Vehículos y maquinaria de extinción. Herramientas. Equipos de protección individual.
Tema 53. Prevención de riesgos laborales en cocinas, lavanderías, tareas de limpiezas y tareas en comedores. Equipos de trabajo y productos químicos utilizados. Equipos de protección individual.
Tema 54. Prevención de riesgos laborales en laboratorios. Equipos de trabajo. Manipulación y almacenamiento de productos químicos. Utilización y almacenamiento de botellas y botellones de gases. Gestión de residuos. Actuación en caso de vertidos y salpicaduras. Riesgo de incendio y explosión. Protección colectiva e individual.
Tema 55. Prevención de riesgos laborales en conservación de carreteras. Maquinaria, equipos de trabajo y vehículos. Señalización de obras fijas y móviles. Limpieza de cunetas, desbroce y tala. Reposición de señalización vertical. Reposición de biondas. Operaciones de bacheo. Retirada animales. Trabajos desde camión cesta. Equipos de desatasco. Riesgos y medidas preventivas. Equipos de protección individual.
Tema 56. Prevención de riesgos laborales en talleres de reparación de vehículos e Inspecciones Técnicas de Vehículos. Máquinas y otros equipos de trabajo. Riesgos derivados de las operaciones de mecánica, de pintado y de soldadura. Manipulación de baterías. Mantenimiento y reparación de vehículos híbridos y eléctricos. Herramientas. Medidas preventivas. Equipos de protección individual.
Tema 57. Prevención de riesgos laborales en operaciones de mantenimiento. Tipos de mantenimiento: mantenimiento correctivo, preventivo y predictivo. Máquinas y otros equipos de trabajo. Productos químicos. Equipos de protección individual.
Tema 58. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 59. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 60. La Contratación del sector público: Disposiciones Generales: Objeto y Ámbito de aplicación de la Ley. Contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 61. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. Derechos Retributivos.
Tema 62. El Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación profesional. Retribuciones.
Tema 63. Ley de Gobierno Abierto de Extremadura: Ámbito y Principios Generales. Ad-ministración Abierta.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
ESPECIALIDAD TRABAJO SOCIAL
Tema 1. Antecedentes históricos de la Acción Social. Nacimiento y evolución histórica de la profesión.
Tema 2. Filosofía del Trabajo Social. Objetivos generales y funciones del Trabajo social. Niveles de intervención. Copartícipes de la Acción Social. Áreas de Trabajo.
Tema 3. El Método Básico en Trabajo Social. Fases del proceso.
Tema 4. La Investigación en Trabajo Social.
Tema 5. La Planificación Social. Metodología, principios y estructura. La planificación como proceso.
Tema 6. La Evaluación en Trabajo Social. Modelos, tipos y fases.
Tema 7. Funciones del Trabajador Social y Ética Profesional. Código deontológico del Trabajo Social.
Tema 8. La Entrevista en Trabajo Social.
Tema 9. La supervisión en Trabajo Social. Concepto. Supervisión institucional. La importancia de la supervisión en la práctica profesional del Trabajo Social.
Tema 10. Instrumentos de Trabajo Social. El Informe Social. La Historia Social. La Ficha Social. El Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS).
Tema 11. La Acción Social. Necesidades Sociales. Recursos Sociales. Servicios Sociales. Bienestar Social.
Tema 12. El Estado de Bienestar y los Servicios Sociales.
Tema 13. Los Servicios Sociales en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Extremadura. Regulación de los Servicios Sociales en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local.
Tema 14. La organización, financiación y funcionamiento de los Servicios Sociales en España: Nivel estatal, nivel autonómico, nivel provincial y local.
Tema 15. El Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales en Corporaciones Locales. La cofinanciación por la Administración General del Estado de planes y programas sociales que desarrollan las Comunidades Autónomas.
Tema 16. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (I): Disposiciones Generales. Derechos y deberes.
Tema 17. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (II): Planificación y organización del Sistema Público de Servicios Sociales.
Tema 18. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (III): Régimen competencial del Sistema Público de Servicios Sociales.
Tema 19. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (IV): La financiación del Sistema Público de Servicios Sociales.
Tema 20. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (V): De la calidad del Sistema de Servicios Sociales.
Tema 21. Ley de Servicios Sociales de Extremadura (VI): Régimen Sancionador.
Tema 22. Los Servicios Sociales de Atención Social Básica. Organización, prestaciones, competencias y financiación.
Tema 23. Los Servicios Sociales como instrumentos de participación. Cauces establecidos de participación. Órganos de participación.
Tema 24. Coordinación entre los Servicios Sociales de Atención Social Básica, los Servicios Sociales Especializados y otros Sistemas de bienestar Social. Coordinación Sociosanitaria en Extremadura.
Tema 25. La iniciativa privada como prestadora de Servicios Sociales. Evolución y situación actual.
Tema 26. Política Social de la Unión Europea.
Tema 27. El maltrato infantil. Definición. Tipología de malos tratos. Procedimiento de actuación ante los malos tratos a la infancia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 28. Marco normativo de protección a la infancia y a la adolescencia en Extremadura. Servicios, programas y recursos de atención a la infancia y a la adolescencia en Extremadura.
Tema 29. Procedimiento de valoración de las solicitudes de Adopción y Acogimiento Familiar y de selección de adoptantes y acogedores. La emisión de informe para el desplazamiento temporal de menores extranjeros a Extremadura.
Tema 30. Intervención Social con Menores Infractores. La Responsabilidad Penal de los Menores de edad.
Tema 31. Trabajo Social en el ámbito familiar. Modelos de Intervención Familiar.
Tema 32. Mediación y orientación familiar.
Tema 33. Las Personas Mayores en Extremadura. Servicios, recursos y programas de atención a este colectivo en la Comunidad Autónoma. El Consejo Regional de Personas Mayores de Extremadura.
Tema 34. Ley de Asistencia Social Geriátrica.
Tema 35. Las personas con discapacidad: definición y clasificación. Procedimiento de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Los Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura. El Consejo Regional de Personas con Discapacidad.
Tema 36. Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (I): Servicios, beneficiarios y entidades prestadoras de servicios.
Tema 37. Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (II): Acreditación de entidades prestadoras de servicios y régimen de concertación de los servicios. El Registro de entidades acreditativas y concertadas prestadoras de servicios.
Tema 38. Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (III): Sistema de Acceso a las plazas concertadas de los servicios.
Tema 39. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (I): Configuración del sistema. Principios. Titulares de Derechos. Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia.
Tema 40. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (II): Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Tema 41. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (III) La dependencia y su valoración. Procedimiento y reconocimiento del derecho. El Programa Individual de Atención. Equipos de Valoración en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 42. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (IV). Calidad y eficacia del sistema. Tema 43. Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia. Funciones. Organización y Estructura.
Tema 44. Salud Mental. Organización y funcionamiento de la atención a la salud mental en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 45. Procedimiento de Incapacitación. Internamiento involuntario.
Tema 46. Las instituciones tutelares. El ejercicio de la tutela por personas jurídicas. La Comisión Tutelar de Adultos de Extremadura.
Tema 47. Prevención, Asistencia y Reinserción de las Drogodependencias en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tema 48. Ley de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia.
Tema 49. La emigración extremeña. El Estatuto de los Extremeños en el Exterior. El Consejo de Comunidades Extremeñas. Programas de actuación a favor de las comunidades extremeñas en el exterior.
Tema 50. La inmigración en Extremadura. Política Social de Integración Social de Inmigrantes en la Comunidad Autónoma.
Tema 51. Minorías étnicas en Extremadura. Política Social de la Junta de Extremadura de integración social de minorías étnicas.
Tema 52. Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo: Objetivos, finalidad y funciones. Organización y funcionamiento. El Plan Anual de la Cooperación Extremeña de la Junta de Extremadura.
Tema 53. Instituto de la Mujer de Extremadura. Organización y funciones. Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres de Extremadura.
Tema 54. Violencia de Género. Protección Integral contra la violencia de género. Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género en Extremadura.
Tema 55. Trabajo Social y Vivienda. El procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Funciones específicas del Trabajador Social en el desarrollo de la valoración de solicitudes de viviendas de promoción pública.
Tema 56. Prestaciones no contributivas del Sistema de Seguridad Social en España: las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación.
Tema 57. La Renta Básica Extremeña de Inserción.
Tema 58. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 59. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. El régimen disciplinario.
Tema 60. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación Profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designación.
Tema 61. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (II): Movilidad geográfica. Supresión de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificación de puestos de diversas categorías. Cambio de puestos de trabajo. Permutas. Provisión de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Públicas. Movilidad funcional. Jornada y horario.
Tema 62. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III): Horas extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliación de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensión del contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilación. Indemnización por incapacidad o fallecimiento.
Tema 63. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
ANEXO V
D/Dª. ................................................................................................................................. Cargo ................................................................................................................................ Administración ................................................................................................................
CERTIFICO:
Que de acuerdo con los antecedentes que obran en esta Administración, resulta que D/Dª................................................................ con DNI n.º ............................................ ha prestado para la misma los servicios que se relacionan a continuación:
Grupo Profesional1
Grupo de Titulación2
Naturaleza jurídica3
Categoría o Cuerpo/Escala y Especialidad
Fecha Inicio:
Fecha Fin:
Y para que así conste, a los efectos de lo previsto en el apartado 4.2 de la Base Sexta de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo .........................................................., convocadas por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de ........ de .................... de 2024, expide el presente certificado.
En ............................................, a ......... de ..................................... de ............
Fdo:
1. Grupo de clasificación del Cuerpo/Escala o Categoría donde se hayan prestado los servicios, según lo establecido en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (para el personal funcionario o interino) o según el Convenio Colectivo aplicable en cada caso (para el personal laboral). En caso de no existir Convenio Colectivo se indicará el grupo de cotización a la Seguridad Social.
2. Nivel de Titulación exigido para el acceso al Cuerpo, Escala o Categoría donde se hayan prestado los servicios según el siguiente detalle: Ldo. universitario o equivalente / Dpdo. Universitario o equivalente / Bachiller o equivalente / Graduado Escolar o equivalente / Certificado de Escolaridad o equivalente.
3. Funcionario / Interino / Laboral Fijo / Laboral Temporal / Contratado de colaboración temporal en régimen de derecho administrativo (con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 30/1984 de 2 de agosto).
ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dª. ............................................................................................................................................................., con domicilio en ........................................................................................................................................... y nacionalidad .................................................................................................................................................
Declaro bajo juramento o prometo, a efectos de ser nombrado/a Funcionario/a del Cuerpo ..............................................................., Especialidad ....................................................................., de conformidad con lo dispuesto en la Orden .........................................................................................
— Que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas en España.
— O en su caso, que no estoy sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en mi Estado el acceso a la función pública.
En ............................................., a ......... de ..................................... de ............
(firma)