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ORDEN de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 250
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 27 de diciembre de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: ORDEN
Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 67255
Página Fin: 67305
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura para el año 2021 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 27 de diciembre) y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3.2.h) del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, previa negociación en la previa negociación en la Comisión Negociadora para el Personal Laboral de la Junta de Extremadura e informadas las presentes Bases por el Consejo Asesor para la integración de las personas con discapacidad, resuelve convocar pruebas selectivas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2021 para el acceso a plazas vacantes del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con sujeción a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, 37 plazas del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya cobertura se considera imprescindible, de acuerdo con la distribución que a continuación se expresa:
— 33 para ser cubiertas por el turno general de acceso libre.
— 4 que se reservan para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
En anexo I a esta orden se clasifican las plazas que se convocan por Especialidades y por turnos de acceso, con expresión del requisito de titulación imprescindible para cada una de ellas.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por uno de los turnos establecidos en la presente convocatoria.
2. Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas Bases, por lo dispuesto en:
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
— Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
— Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España.
Esta convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
3. Las plazas que queden vacantes del turno de discapacidad se acumularán a las convocadas por el turno libre.
4. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar a través de internet en la dirección
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico (buscador de empleo público).
Además, a efectos informativos, se hará pública en la misma dirección de Internet, la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas, provisional y definitivamente, las relaciones de personas que han aprobado el ejercicio y la puntuación de la fase de concurso.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo correspondiente, las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Asimismo, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación que se indica en el Anexo I.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Grupo, Categoría/Especialidad al que se aspira acceder.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No pertenecer como personal laboral fijo a la misma Categoría/Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presente.
2. Además de los requisitos enumerados en el punto anterior, las personas aspirantes que se presenten por el turno de discapacidad deberán estar en posesión de certificación expedida por el órgano competente que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33 % en el último día del plazo de presentación de solicitudes. A tales efectos deberán presentar junto con la solicitud de participación certificación acreditativa expedida al efecto por el órgano competente o bien una declaración responsable en cuyo caso si obtuviesen plaza estarán obligadas a aportar la indicada certificación de conformidad con lo dispuesto en la Base Novena.
3. De conformidad con lo expuesto en el Decreto 181/2016, de 22 de noviembre, sobre la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, al ámbito del empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas aspirantes que pretendan o puedan resultar adjudicatarias de un puesto, que suponga contacto habitual con menores deberán acreditar la circunstancia de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, con carácter previo a la adjudicación de plazas.
Dicha acreditación se realizará mediante la presentación del correspondiente certificado emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales o de la autorización a la Administración para recabar el referido certificado.
4. Todos los requisitos establecidos en esta Base deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de superarse el concurso-oposición, del modo que se indica en la Base Novena de esta convocatoria.
5. Asimismo, para poder participar en este proceso selectivo, las personas aspirantes no deberán hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercera. Solicitudes.
1. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día 16 de enero de 2025.
2. Procedimiento para la presentación de la solicitud.
Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo podrán cumplimentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud y al pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo II, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil.
No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada anteriormente.
Únicamente deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan, la documentación acreditativa de la discapacidad, de estar exento del pago de la tasa o tener derecho a la bonificación del 50 % y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, así como cualquier otra documentación exigida en estas bases.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de lo posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
b) Mediante la aplicación informatizada al efecto.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud, pero no al pago de la tasa.
b.1) Las solicitudes serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página web
http://ips.juntaex.es indicando la Especialidad a la que se desea participar.
La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica, ya se presente de forma digital o presencial.
— No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
— La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente Base.
— Tampoco exime a la persona aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
— La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación al Servicio de Selección de la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Avda. Valhondo s/n, (Edificio Mérida III Milenio ) de la localidad de Mérida.
b.2) Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Una vez cumplimentada y generada la solicitud la persona aspirante podrá:
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita, digitalizarla y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el apartado 1º, junto con el documento o carta de pago de la tasa o documentación acreditativa de su excepción.
— Firmarla digitalmente y presentarla en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, como se indica en el apartado 3.1, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
— Imprimirla, firmarla de forma manuscrita y registrarla de forma presencial en las oficinas como se indica en el apartado 2º, junto con el documento o carta de pago de la tasa.
Y todo ello como se detalla en los apartados siguientes.
1º) Registro de forma telemática:
El registro de la solicitud y de los documentos de modo telemático se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura a través de la dirección:
https://sede.gobex.es.
Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud seleccionando como DIR3/Unidad de destino A11019084. Serv. de Selección .
Seguidamente adjuntarán la solicitud de participación en las pruebas selectivas debidamente cumplimentada y firmada de conformidad con los apartados segundo y tercero de esta misma Base, así como el resto de documentación que en su caso deba acompañar a la solicitud según se indica en el último párrafo de este apartado 1º.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de las tasas, la declaración responsable o certificado del cumplimiento del requisito de discapacidad y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.
2º) Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
— En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Consejera de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de la tasa, la declaración responsable o certificado del cumplimiento del requisito de discapacidad, en su caso, y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea.
2. Finalizado el citado plazo de presentación, los datos consignados en la solicitud serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabilidad exclusiva del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el supuesto de que el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una incidencia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3. Las personas aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, así como el grado de discapacidad por el que están afectadas. A tales efectos podrán formalizar una declaración responsable, en cuyo caso, si obtuviesen plaza, deberán aportar con carácter previo a la toma de posesión, certificación acreditativa del grado de discapacidad emitida por los órganos correspondientes de la Administración competente, conforme a lo dispuesto en la Base Novena.
Asimismo, las personas aspirantes que concurran por el indicado turno de reserva deberán indicar expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
En este caso, el Tribunal de Selección podrá oír al interesado/a y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos y asociaciones y entidades representativas en esta materia. Para este fin, la Dirección General de Función Pública facilitará a los Tribunales de Selección un modelo normalizado de solicitud de valoración de necesidad de adaptación, con objeto de homogeneizar las peticiones que se realicen a los órganos técnicos competentes.
La solicitud de adaptación a que se refiere el párrafo anterior podrá ser formulada por cualquier aspirante con discapacidad, sin perjuicio del turno por el que concurra a las pruebas selectivas.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la terminación del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión de la persona aspirante en el turno de personas con discapacidad.
4. A los efectos de la constitución de Listas de Espera previstas en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso a las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas aspirantes marcarán en la solicitud la zona o zonas en la que desean figurar para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal manera que, en su caso, sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito territorial de cada zona que expresamente se haya elegido. De no señalar ninguna zona se entenderá que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolución por la que se constituyen las listas de espera se podrá atender la solicitud de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la solicitud.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de Espera se cumplimentará la casilla correspondiente de renuncia que figura en el modelo de solicitud.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base Duodécima de la presente Orden.
5. Las personas aspirantes podrán presentarse a cuantas Especialidades se convoquen siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará una solicitud por cada Especialidad a la que se aspire.
6. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 33,66 euros por solicitud. En caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo acto de presentación electrónica de la solicitud de participación.
En el caso de optar por la presentación de la solicitud de forma presencial el abono de la tasa se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica a continuación.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen , acreditativo del pago de los derechos de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento, determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, si se ha efectuado el pago de la misma en plazo, la omisión de su justificación podría subsanarse, aportando el justificante de abono cuando salgan las listas de admisión provisional de las personas aspirantes.
7. Se aplicará una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del plazo de presentación de solicitudes. No se admitirán como justificante de dicha situación los informes emitidos por los Servicios Públicos de Empleo.
8. Están exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, debiendo acompañar a la solicitud la documentación acreditativa.
9. La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrará a:
a) Las personas aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo dependiente de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
b) Las personas interesadas que hayan sido admitidas para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintos cuerpos, categorías y/o especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios y soliciten posteriormente la devolución del ingreso.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.
Cuarta. Admisión de personas aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Dirección General de Función Pública se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las referidas listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalando un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
2. En el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura la resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Las listas, provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de Extremadura será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente Orden. Cuando de la documentación que debe presentarse en caso de superar el proceso selectivo, de acuerdo con la base novena, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Quinta. Tribunales de Selección.
1. Los Tribunales de Selección encargados de la valoración de la fase de oposición y de los méritos de la fase de concurso serán nombrados por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública con antelación a la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas a que se refiere la Base Cuarta.
Una vez nombrados los Tribunales de Selección las personas integrantes podrán presentar renuncia por causa justificada, la cual deberá ser apreciada por la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, previa acreditación de las circunstancias que la motivan, requiriéndose su aceptación para que surta efecto.
2. No podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal directivo profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
3. Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
Los Tribunales de Selección serán los responsables de facilitar que los observadores sindicales puedan desarrollar su labor en todas las fases y actos que integran el proceso selectivo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice, antes de su realización, el contenido del ejercicio de la fase de oposición.
4. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría, o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad al menos, de sus miembros.
5. Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuando en ellos concurra cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, las personas interesadas podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
6. A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Dirección General de Función Pública, Avda. Valhondo, s/n (Edificio Mérida III Milenio ) de la localidad de Mérida.
7. Los Tribunales de Selección podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas que actuarán como asesoras especialistas para preparación y/o realización del ejercicio, limitándose las mismas a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación deberá comunicarse a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la cual podrá limitar el número de las mismas.
8. Corresponderá a los Tribunales de Selección la determinación concreta del contenido de la prueba y su calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, así como resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes Bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas. El contenido de las pruebas que deberán versar sobre las funciones propias de la Categoría y Especialidad a la que se opta.
9. A los Tribunales de Selección les será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para los Órganos Colegiados.
10. La documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación durante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, constando de las siguientes fases en el orden que se especifica: oposición y concurso.
La fase de oposición deberá superarse para acceder a la fase de concurso.
La puntuación máxima alcanzable será de 10 puntos en la fase de oposición y de 3 puntos en la fase de concurso.
2. Fase de Oposición.
La fase de oposición se compondrá de un único ejercicio de carácter teórico-práctico dirigido a apreciar la capacidad de las personas aspirantes para el desarrollo de las funciones propias de la categoría y especialidad a la que se aspira.
La fecha, hora de comienzo y lugar de realización del ejercicio de la fase de oposición se determinará en la resolución aprobatoria de las listas definitivas de admitidos y excluidos y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
Dicho ejercicio se valorará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para aprobar la fase de oposición.
El ejercicio consistirá en contestar a un cuestionario de 75 preguntas en el tiempo máximo de 130 minutos que versarán sobre el Temario contenido en el Anexo IV a la presente convocatoria. Cada pregunta del cuestionario estará compuesta por cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta.
En todo caso, deberá exigirse por los Tribunales de Selección, en la totalidad de los procesos selectivos, la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
El cuestionario contendrá:
— 60 preguntas de carácter teórico. El cuestionario que se proponga a las personas aspirantes contendrá, además, otras 6 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.
— 15 preguntas de carácter práctico: consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos relacionados con las materias del programa de conocimientos, respondiendo a 15 preguntas tipo test. El cuestionario que se proponga a las personas aspirantes contendrá, además, otras 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.
Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
Dichas reclamaciones o alegaciones se entenderán resueltas con la decisión que se derive de la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Para la valoración de este ejercicio teórico-práctico se aplicarán los siguientes criterios de corrección:
1º Cada 4 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
2º Las preguntas en blanco no tendrán ninguna valoración.
La puntuación mínima para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicados los criterios anteriormente citados, cuando la persona aspirante haya contestado correctamente el 50 por ciento de las preguntas de las que se compone el cuestionario.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la relación de las personas aspirantes que han superado el mismo, las cuales dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
3. Fase de concurso.
3.1. Méritos valorables.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección de los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Subgrupo.
La valoración de dichos méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40 % de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo. Con el fin de asegurar la debida idoneidad de las personas aspirantes, estas deberán superar en la fase de oposición la puntuación mínima establecida en la prueba selectiva.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,042 puntos por mes o fracción, hasta un máximo de 3 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
La acreditación de los servicios prestados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición se realizará:
— Servicios prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus Organismos Autónomos.
Se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función Pública o, en su caso, por el órgano competente del Organismo Autónomo, los cuales se aportarán a los Tribunales de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación a la persona interesada.
— Servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de personas aprobadas del ejercicio de la fase de oposición para acreditar los méritos definidos en el apartado anterior mediante:
a) Certificación expedida, según modelo que figura en Anexo V, por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
Dicha certificación deberá contener, al menos, el Subgrupo o en su defecto Grupo Profesional y de Titulación, el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Vida laboral de la persona interesada.
c) Contrato laboral correspondiente.
El Tribunal de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
Los méritos que deban ser acreditados por las personas aspirantes, se presentarán mediante documentos originales o copias auténticas, en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección.
Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores las personas aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.
En cualquier caso, la situación de la persona la aspirante quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación del ejercicio aplazado, no pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de la relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2. En cualquier momento del desarrollo del ejercicio, el Tribunal de Selección podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano convocante, que alguno de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia a la persona interesada. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho a la persona interesada.
4. Sin perjuicio de que en la Resolución aprobatoria de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se determine el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición, éste deberá celebrarse en el plazo máximo de 5 meses contados a partir de la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
A efectos del debido cumplimiento de los plazos que el desarrollo de los procesos selectivos exige de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, teniendo en cuenta las dificultades que su cumplimiento entraña durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.
De conformidad con el artículo 99.4 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura el plazo máximo de resolución del proceso selectivo no será superior a doce meses.
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de personas aspirantes que hubieran superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación obtenida, en todas las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, y, además, se enviará en soporte informático a la Dirección General de Función Pública. Simultáneamente, cada Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 10 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la Base Sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal de Selección, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por las personas aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección General de Función Pública u órgano competente de los Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal de Selección hará pública la puntuación provisional obtenida por las personas aspirantes las cuales dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
Además, también hará público el listado de personas aspirantes que deben proceder a la subsanación de méritos, por no haberlos acreditado en los términos previstos en la presente Orden, siempre que el mérito se haya presentado dentro del plazo de presentación de solicitudes y afecte a aspectos formales y no sustantivos, con objeto de que, en el plazo anteriormente citado, proceda a aportar la documentación requerida. En caso de no subsanarlo en el plazo indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Una vez que el Tribunal de Selección haya resuelto las reclamaciones presentadas y las subsanaciones realizadas aprobará la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes en la fase de concurso, concretando las reclamaciones estimadas y desestimadas total o parcialmente. En el caso de estas últimas, además, explicará de forma sucinta los motivos para ello.
Las puntuaciones provisionales y definitivas se harán públicas por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición.
3. Con la puntuación así obtenida, el Tribunal de Selección emitirá la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total, para lo cual sumará la calificación obtenida por cada una de las personas aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso, no pudiendo rebasar estas el número de plazas convocadas, de tal modo que resultarán seleccionadas aquellas personas aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
En el caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en la fase de oposición.
2º Mayor puntuación en la fase de concurso.
3º Comenzar el primer apellido por la letra S , de conformidad con el resultado del sorteo público por el que se determina el orden de actuación y prelación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2024, publicado mediante Resolución de 9 de abril de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 80, de 25 de abril).
4º De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo al siguiente apellido y al nombre.
4. Los Tribunales de Selección elevarán a la Dirección General de Función Pública puntuación definitiva, así como la relación provisional de personas aprobadas la cual dispondrá su inserción en el Diario Oficial de Extremadura, disponiendo las personas interesadas de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la persona titula de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de personas aprobadas y dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
No obstante, en el supuesto de que alguna persona aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, dentro de la convocatoria general, supere el ejercicio correspondiente, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno libre, será incluida, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de personas aprobadas, según lo previsto en el artículo 6 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
La mencionada relación definitiva de personas aprobadas agota la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Seguidamente los Tribunales de Selección remitirán a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, junto con toda la documentación del proceso de selección, las actas de las sesiones.
6. No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas que contravengan esta limitación.
Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el Diario Oficial de Extremadura, las personas aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.
Para ello las personas aprobadas deberán presentar la siguiente documentación:
a) Copia auténtica del DNI. o autorización para su consulta a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
b) Copia auténtica de la titulación académica o del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así como de cualquier otro título o permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como anexo VI a esta orden.
d) Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una copia auténtica del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a comunitario/a fronterizo en vigor.
Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
2. La persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo de la misma categoría y especialidad en la que haya sido seleccionada deberá aportar, en el plazo indicado en el apartado 1 de esta Base, certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría y/a la que opta. A tales efectos el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría y/o especialidad, la persona aspirante no podrá ser nombrada funcionaria, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. Las personas aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar, además, certificación de los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad, salvo que la hayan aportado junto con la solicitud.
4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresados anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario/a de carrera o de personal laboral fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de aportar la documentación a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente Base, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de la que dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no figura la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el expediente personal del funcionario/a o personal laboral, éste/a acreditará el cumplimiento de este requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
6. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratados como personal laboral fijo quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. Finalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad, con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se indican a la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
4. Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se publicará el destino adjudicado a las personas aspirantes, conforme a lo establecido en la base anterior.
5. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de ellas desierta, si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no formalizase el correspondiente contrato por renuncia u otras causas imputables a la misma, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, adjudicará las plazas correspondientes a las personas aspirantes que, sin figurar en la relación definitiva de personas aprobadas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden de actuación de las personas aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
Undécima. Formalización del contrato.
Finalizado el proceso de adjudicación de puestos, por la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
Duodécima. Listas de espera.
Para la constitución de listas de espera con las personas aspirantes que no superen el proceso de selección, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellas personas aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado el ejercicio de la fase de oposición.
En aplicación del artículo 30.4 del citado Reglamento General de Ingreso, si durante el desarrollo del proceso de selección, existiera la urgente necesidad de cubrir vacantes en el Cuerpo convocado y se hubieran agotado las listas de espera existentes en las mismas, se constituirán listas de espera transitorias con las personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la oposición, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.
La lista de espera constituida sustituirá a cualquier lista de espera anterior del mismo Cuerpo, tendrá carácter provisional y serán sustituidas por las nuevas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al amparo de lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
Mérida, 23 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
María Elena Manzano Silva
ANEXO I
Especialidad Turno libre Turno de discapacidad Total
Titulado/a de Grado Medio, ATS-DUE 15 2 17 Diplomado/a o Grado en Enfermería
Educador/a 9 1 10 Diplomado/a en Educación Social o Grado correspondiente.
Titulado/a de Grado Medio, Fisioterapeuta 9 1 10 Diplomado/a o Grado en Fisioterapia
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD, PAGO DE LA TASAS Y APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y REGISTRO
Para poder presentarse al proceso selectivo deberá realizar los siguientes pasos:
1. Para el proceso necesitará disponer de un Certificado digital reconocido. Para usar certificado deberá tener instalado en su equipo el componente Autofirma al menos en la versión 1.7.2., en caso contrario, el sistema dará error antes de realizar el pago, la firma y la presentación de la solicitud. Puede obtenerlo en el enlace:
http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
2. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
https://www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/w/0670223. En el apartado Solicitud de la ficha informativa del trámite, se podrá acceder a cada una de las solicitudes, según el tipo de convocatoria:
— Solicitud general.
— Solicitud para Agentes del Medio Natural.
— Solicitud para Bomberos Forestales.
3. Una vez en la página de tramitación online se le permite elegir entre cuatro tipos de tramitación, según el tipo de bonificación o forma de realizar el pago que desee:
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (SIN BONIFICACIÓN).
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (BONIFICACIÓN 50%).
— SOLICITUD DE PROCESOS SELECTIVOS (BONIFICACIÓN 100%).
— PAGO DE LA TASA ANTERIOR A LA SOLICITUD, en este caso se debe haber realizado el pago previamente por modelo 050 y adjuntarlo en la documentación.
En dicha página podrá leer una explicación de las diferentes opciones, recuerde tener digitalizada la documentación que requiera subir según cada caso.
4. Una vez seleccionado el tipo de solicitud deberá Verificar su identidad, mediante Certificado Digital o DNI Electrónico.
5. Se le presentará la posibilidad de terminar un borrador ya empezado o de empezar una nueva solicitud. En el segundo caso debe indicar si realiza el trámite como parte interesada o representando a otra persona (en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente).
6. En este momento accederá a una página donde rellenará los datos de la solicitud de participación en procesos selectivos, dicha página consta de varios apartados:
1. Convocatoria.
Debe elegir la convocatoria en la que desea participar entre las disponibles, el cuadro de selección permite realizar una búsqueda por aproximación, escribiendo alguna de las palabras que correspondan con su convocatoria. En los casos de Bombero Forestal y Agentes del Medio Natural al ser páginas independientes, no requiere seleccionar la convocatoria.
Debe además declarar que se encuentra en posesión de la titulación necesaria para la convocatoria seleccionada.
2. Datos personales.
Debe indicar el sexo y la fecha de nacimiento. Puede, si la convocatoria lo requiere, reflejar el permiso de conducir que posea.
Asimismo, puede describir el grado y tipo de discapacidad, así como la adaptación que pueda necesitar para el examen.
3. Datos de contacto.
Puede comunicar el correo electrónico y debe indicar un número de teléfono para futuras comunicaciones (llamamientos de bolsa, por ejemplo).
De igual manera, debe reflejar el código postal y la dirección. Para el caso de la dirección, tras hacer clic se abrirá un cuadro en el cual se debe seleccionar primero la población y luego rellenar, al menos, el resto de campos que no sean opcionales, es decir, los obligatorios. Si cambia la población, se le borrarán el resto de campos.
Por último, y previo al siguiente apartado, puede indicar si desea renunciar a formar parte de la lista de espera generada de la convocatoria.
4. Zona que opta para la lista de espera.
Puede indicar en cual o cuales zonas desea optar para la lista de espera, si no marca ninguna se entenderá que desea optar a todas. Si deseara renunciar a todas las zonas, recuerde que debe marcar la renuncia en el apartado anterior.
7. Una vez rellenados todos los campos obligatorios (aquellos no marcados como opcionales) puede Continuar a la siguiente página, de Documentación de la solicitud donde podrá adjuntar los documentos pertinentes, según el tipo de entrada de solicitud que haya elegido (punto 3).
8. En la página de Documentación de la solicitud adjunte la documentación necesaria según el tipo de bonificación o forma de pago (modelo 050) que haya elegido previamente. Puede seleccionar el documento a través de un cuadro de dialogo que se le abrirá, o bien arrastrar el documento desde su propio dispositivo.
Aunque la documentación se marque como opcional recuerde que la falta de cualquier documento acreditativo provocará su aparición en el listado de excluidos y le obligará a subsanar la solicitud posteriormente.
Cuando termine de adjuntar los documentos necesarios, puede continuar hacia la página de Pago y presentación de la solicitud.
9. En la página de Pago y presentación de la solicitud debe rellenar y/o marcar los siguientes apartados:
— Notificaciones.
Debe marcar si desea que las notificaciones se efectúen de forma electrónica (correo electrónico) o en papel (correo postal), deberá indicar el correo electrónico o la dirección postal según el caso.
— Información legal.
Se le indicará el tratamiento de datos y las actuaciones administrativas que se le darán a la solicitud, para más información, puede pulsar sobre los caracteres de interrogación (?) correspondientes.
Por último y antes de poder pasar a realizar el pago y la presentación de la solicitud, deberá marcar las casillas de Que he recibido información sobre el tratamiento de datos y Que el contenido de esta solicitud es cierto y confirmo mi voluntad de firmarla electrónicamente en calidad de persona interesada . Esto activará el botón de “Firmar, pagar y presentar”, revise el importe de la tasa y pulse dicho botón.
10. Este último paso puede variar dependiendo de la forma del tipo de solicitud que eligió rellenar, es decir, si por ejemplo eligió una bonificación del 100% o pago previo de la tasa, no accederá a la pasarela de pago:
— Primero se procederá a la firma de la solicitud para lo cual su navegador le pedirá permitir abrir la aplicación de Autofirma, lo cual deberá de aceptar.
— Posteriormente se le dirigirá a la Pasarela de pago donde puede realizar el pago de la tasa.
11. Una vez firmada la solicitud y realizado el pago, se le presentará una confirmación de la presentación con un justificante de registro telemático que podrá descargar pulsando sobre el botón Descargar el justificante . Este documento confirma la presentación de su solicitud, sin requerir ningún paso posterior, salvo que le fuera requerida subsanación.
ANEXO III
D./Dª. ............................................................................................................................................................., con domicilio en ........................................................................................................................................... y nacionalidad .................................................................................................................................................
Declaro bajo juramento o prometo, a efectos de adquirir la condición de personal laboral fijo del Grupo .........., Categoría/Especialidad ................................................................................................, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ........................................................................................
— Que soy cónyuge de un español o nacional de país miembro de la Unión Europea, y que no estoy separado de derecho.
— O que soy descendiente de un español o nacional de países miembros de la Unión Europea, o descendiente del cónyuge, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas.
En ........................................, a ......... de ..................................... de ............
(firma)
ANEXO IV
TEMARIO PARA ACCESO POR TURNO LIBRE Y DISCAPACIDAD
TITULADO GRADO MEDIO, ESPECIALIDAD ATS/DUE
Tema 1. Educación para la salud. Concepto. Objetivos de la educación para la salud. Métodos y estrategias de enseñanza en gerontología y en la población en general. Prevención de la Enfermedad. Niveles de actuación preventiva.
Tema 2. Epidemiología de las enfermedades transmisibles. Agente causal. La cadena epidemiológica. Acción sobre los mecanismos de transmisiones. Desinfección y esterilización. Inmunización preventiva de las poblaciones. Programa y calendario de vacunaciones en Extremadura. Conservación de las vacunas.
Tema 3. Salud mental. Actividades preventivas. Actuación de la atención primaria y de la atención especializada. Centros de rehabilitación psicosocial. Plan Integral de salud mental de Extremadura: estructura y características.
Tema 4. Obesidad. Diagnóstico, clasificación, epidemiología, abordaje terapéutico, tratamiento, intervención comunitaria. Programa de obesidad en atención primaria. Intervención de Enfermería.
Tema 5. Hipertensión arterial. Epidemiología, definición y clasificación, factores predisponentes y fisiopatología. Urgencias hipertensivas. Programa de Hipertensión arterial. Intervención de enfermería.
Tema 6. Ley de salud escolar de Extremadura. Programa de salud escolar
Tema 7. Envejecimiento. Concepto, Epidemiología. Teorías del envejecimiento. Cambios estructurales y funcionales en la edad avanzada: Biológicos, psicológicos y sociales. Gerontología, Geriatría. Distintas situaciones de ancianidad. Persona mayor sana. Persona mayor enferma. Anciano frágil. Paciente geriátrico.
Tema 8. Valoración Geriátrica Global. Valoración de la capacidad funcional y mental del anciano. Escalas de valoración funcional y mental. Necesidades Básicas en las etapas de envejecimiento. Cuidados generales de la vida diaria. Higiene. Comunicación. Reposo-Sueño. Peligros ambientales. Alimentación. Actividad física. Sexualidad.
Tema 9. Administración de fármacos en el anciano. Conceptos básicos de farmacología. Vías de administración. Polimedicación y Automedicación. Ancianos y fármacos. Seguridad en la administración de medicamentos.
Tema 10. Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 11. La enfermedad en el anciano. Características. Patologías más frecuentes en el anciano. Cuidados de enfermería en los problemas de salud más frecuentes en la vejez. Síndromes geriátricos: clasificación, concepto y características.
Tema 12. Manifestaciones de dependencia de mayor incidencia en la población anciana.
Incontinencia. Inmovilidad. Dolor.
Tema 13. Aspectos éticos y legales en el cuidado a las personas mayores. Principios bioéticos. Responsabilidad profesional de Enfermería. Ética en los cuidados enfermeros. Principios de privacidad, confidencialidad y dignidad.
Tema 14. Procesos que afectan al sistema osteoarticular en el anciano. Problemas de mayor prevalencia. Osteoporosis, Artrosis, Polimialgia reumática. Caídas en el anciano. Actuación de enfermería en ancianos con problemas osteoarticulares. Dispositivos de ayuda técnica para las personas ancianas: tipos, indicaciones y técnicas de utilización.
Tema 15. Procesos que afectan al sistema neurológico del anciano. Enfermedad de parkinson. Accidente cerebro-vascular agudo. Actuación de enfermería.
Tema 16. Procesos psicogeriátricos. Demencias. Pseudodemencias. Cuadro confusional Agudo. Trastornos afectivos. Ansiedad, Depresión. Actuación de enfermería.
Tema 17. Procesos que afectan al sistema cardiovascular en el anciano. Cardiopatía isquémica. Insuficiencia cardiaca congestiva. Trastornos vasculares periféricos. Procesos de atención de enfermería a ancianos con problemas cardiovasculares. Procesos que afectan al sistema hematológico del anciano: anemia y trastornos de la coagulación. Control del tratamiento anticoagulante oral.
Tema 18. Procesos que afectan al Sistema Respiratorio en el anciano. EPOC. Neumonía. Tuberculosis. Carcinoma bronquial. Embolismo pulmonar. Proceso de Atención de Enfermería a ancianos con problemas respiratorios.
Tema 19. Procesos que afectan a los órganos de los sentidos en el anciano. Problemas oftalmológicos: cataratas, glaucoma, degeneración macular, cuerpos extraños e infecciones oculares. Problemas en el oído: infecciones externas, cuerpos extraños y tapón de cerumen. Proceso de atención de enfermería a ancianos con problemas de los órganos de los sentidos.
Tema 20. Cuidados de enfermería en ancianos con trastornos digestivos. Disfagia. Estreñimiento. Incapacidad fecal. Alimentación enteral y parental. Cuidado de las ostomías.
Tema 21. Procesos oncológicos en geriatría. Etiología. Signos y síntomas. Métodos de tratamiento. Proceso de atención de enfermería a ancianos con problemas oncológicos.
Tema 22. Cuidados de enfermería en el anciano con enfermedad terminal. La familia del anciano terminal. Síntomas más frecuentes. Urgencias paliativas: hemorragia masiva, disnea aguda terminal. crisis de agitación. Cuidados paliativos. Bases de la Tanatología.
Tema 23. Úlceras por presión. Prevención. Estadiaje. Epidemiología. Obtención de muestras. Tratamiento.
Tema 24. Teorías y modelos de enfermería. Modelos naturalistas. Modelos de suplencia y ayuda. Modelos de interacción. Otros modelos de enfermería. Procesos de atención de enfermería.
Tema 25. Programa de la mujer en Atención Primaria. Actividades preventivas. Centro de Planificación Familiar.
Tema 26. Los sistemas sanitarios. Análisis comparado del sistema sanitario español. Ley General de Sanidad: Sistema de salud. Competencias de las Administraciones Públicas. Estructura del sistema sanitario público. Actividades sanitarias privadas.
Tema 27. Ley de salud de Extremadura: Organización del sistema Sanitario Público de Extremadura. El Servicio Extremeño de Salud.
Tema 28. Ecología y Salud. Concepto de ecología. Ecosistema, habitar, biomas. Factores del medio ambiente que puede influir sobre la salud.
Tema 29. Residuos sólidos y líquidos. Su problema sanitario, sistemas de recogida y de eliminación. Gestión, tratamiento y eliminación de residuos sanitarios y biocontaminados en Extremadura.
Tema 30. Hepatitis vírica. Poblaciones de riesgo, medidas preventivas. Vacunación.
Tema 31. Tuberculosis. Estudio como enfermedad transmisible y como problema social. Epidemiología y control. Situación en Extremadura. Actuación de enfermería.
Tema 32. Toxiinfecciones e intoxicaciones alimentarias. Diagnóstico diferencial y medidas preventivas. Brucelosis. Salmonelosis. Fiebres tifoideas y paratífica. Epidemiología y control. Manipuladores de alimentos.
Tema 33. Tétanos. Epidemiología y control. Situación en Extremadura.
Tema 34. Epidemiología y diagnóstico del SIDA. Clasificación de la infección por VIH y SIDA y enfermedades indicativas de SIDA. Actuaciones de enfermería relacionadas con esta patología.
Tema 35. Importancia sanitaria y social de las enfermedades metabólicas. Actividades de enfermería.
Tema 36. El equipo de Atención Primaria. Funciones y actividades. Organización de actividades. Componentes. El profesional de enfermería en el equipo de salud.
Tema 37. Organización de las actividades en Atención Primaria. Tipos de actividades en Atención Primaria. Tipos de estructuras organizativas. Consultas de Atención Primaria. Tipo de actividades. Atención domiciliaria. Atención a la comunidad. Coordinación con el medio hospitalario.
Tema 38. Planificación sanitaria. Concepto y tipos de planificación. Análisis de la situación de salud. Plan de Salud de Extremadura.
Tema 39. Síndrome de isquemia crónica. Síndrome de isquemia aguda. Patología venosa de las extremidades inferiores.
Tema 40. Seguimiento del paciente con cardiopatía isquémica. Control desde la consulta de enfermería. Mecanismos preventivos.
Tema 41. Seguimiento y control desde la consulta de enfermería del paciente con patología respiratoria. Educación y prevención de estas patologías. Seguimiento y control de la oxigeno terapia domiciliaria.
Tema 42. Problemas ginecológicos comunes en Atención Primaria. Amenorrea. Síndrome premenstrual, dismenorrea, menopausia, galactorrea, enfermedad benigna de la mama, infecciones vaginales. Cáncer femenino. Actividades preventivas de enfermería.
Tema 43. La historia de enfermería, principales diagnósticos de enfermería. Confidencialidad de la información.
Tema 44. Actividades de enfermería relacionadas con la patología articular crónica desde la Atención Primaria. Técnicas de fisioterapia y rehabilitación. Actividades preventivas.
Tema 45. Traumatología en Atención Primaria. Atención al paciente politraumatizado. Curas de urgencias en el centro de salud. Técnicas de inmovilización y de suturas.
Tema 46. Intoxicaciones. Intoxicaciones agudas. Intoxicaciones por alcohol y otras drogas.
Intoxicaciones por fármacos. Intoxicaciones por productos domésticos. Actividades de enfermería ante las picaduras.
Tema 47. Salud maternal. Cuidados de enfermería durante el embarazo, parto y puerperio.
Seguimiento de la embarazada. Educación mental.
Tema 48. Malos tratos en la infancia y en el anciano. Agresión sexual. Epidemiología mecanismos de actuación y de prevención desde la atención primaria.
Tema 49. Cuidados del recién nacido y el lactante. Controles, vacunaciones y alimentación infantil. Higiene del recién nacido.
Tema 50. Diabetes mellitus, Epidemiología, criterios, diagnósticos y clasificación, criterios de control, complicaciones crónicas. Actividades de enfermería. Programa de diabetes.
Tema 51. Hiperlipemias. Clasificación. Epidemiología. Abordaje, Detección. Programa de hiperlipemias en Atención Primaria. Actividades de enfermería.
Tema 52. Riesgos medioambientales y laborales. Conceptos básicos. Salud laboral y atención primaria. Aproximación a las enfermedades profesionales.
Tema 53. Laboratorio básico en salud pública. Recogida y tratamiento de productos biológicos. Recogida de aguas. Tinciones de uso en laboratorio. Preparación de medios de cultivo.
Tema 54. Drogodependencias. Conceptos generales. Aspectos farmacológicos, psicológicos y sociales. Estrategia Nacional sobre Adiciones: Objetivos generales y ámbito de actuación.
Tema 55. Plan Integral de Drogodependencias y otras conductas Adictivas PIDCA de Extremadura. Objetivos y áreas de actuación. Conclusiones de la Encuesta Estatal sobre uso de drogas en Enseñanzas Secundarias y conclusiones de la Encuesta Domiciliaria sobre alcohol y drogas en España.
Tema 56. Ley de prevención, asistencia y reinserción de las drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ley de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia.
Tema 57. Prevención de las drogodependencias. Ámbito comunitario, familiar, escolar y laboral. Factores de riesgos y factores de protección. Rol del personal de enfermería en los equipos multidisciplinarios de atención de las drogodependencias. Consulta de enfermería. Cadena de custodia de muestras.
Tema 58. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 59. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos.
Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. El régimen disciplinario.
Tema 60. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación Profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designación.
Tema 61. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (II): Movilidad geográfica. Supresión de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificación de puestos de diversas categorías. Cambio de puestos de trabajo.
Permutas. Provisión de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Públicas. Movilidad funcional. Jornada y horario.
Tema 62. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III): Horas extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliación de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensión del contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilación. Indemnización por incapacidad o fallecimiento.
Tema 63. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
ESPECIALIDAD: EDUCADOR/A
Tema 1. Organización pedagógica de los centros educativos: Proyecto Educativo de Centro, la Programación General Anual, el Plan de Orientación Académica y Profesional, el Plan de Acción Tutorial y Programa Anual de Actividades Complementarias y Extraescolares.
Tema 2. El Equipo Directivo en los Centros de Educación Secundaria: Composición, funciones y competencias. Órganos Colegiados de Gobierno en los Centros de Educación Secundaria: el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores: Composición, competencias y régimen de funcionamiento.
Tema 3. Órganos de Coordinación Docente en los Centros de Educación Secundaria: la Co­misión de Coordinación Pedagógica, el Departamento de Orientación, el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares y las Tutorías: Composición, Funciones y Com­petencias.
Tema 4. Funciones del Educador Social en los Centros de Educación Secundaria. Código Deontológico del Educador y la Educadora Social. Funciones y Competencias.
Tema 5. Derechos y Obligaciones de los alumnos. Los Derechos de los alumnos. Los Deberes de los alumnos. Las Normas de Convivencia. Conductas contrarias a las Normas de Conviven­cia. Conductas gravemente perjudiciales para las Normas de Convivencia del Centro. Procedi­miento de las actuaciones de corrección y sanción de estas conductas.
Tema 6. La Convivencia Escolar en los centros educativos de Extremadura. Principales proble­mas de convivencia escolar. El Plan de Convivencia.
Tema 7. Tratamiento de la conducta antisocial en la infancia y la adolescencia: Técnicas para la modificación de conducta. Respuesta educativa al comportamiento desadaptado.
Tema 8. Violencia en las aulas. El acoso escolar o bullying. Estrategias de prevención y solución. Orientaciones educativas para el Plan de actuación en relación con las alternativas de la convivencia por acoso escolar en los centros escolares. Protocolo de intervención en Extremadura.
Tema 9. Programas para la mejora de la convivencia escolar. La Mediación Escolar: concep­tos, fases y características. Los Programas de Alumnado Ayudante. Desarrollo de este tipo de programas.
Tema 10. La educación emocional. Estrategias y programas de intervención. Competencias intrapersonales: Conciencia, regulación y autonomía emocionales. Competencias interperso­nales: habilidades socioemocionales y habilidades de vida y bienestar.
Tema 11. El conflicto. Teoría del conflicto. Tipos de conflictos. Causas y consecuencias. La prevención del conflicto. La resolución del conflicto en las aulas.
Tema 12. El fracaso escolar. Causas y consecuencias. Medidas para la prevención e interven­ción. El efecto Pigmalion y su incidencia en el rendimiento.
Tema 13. Programa de habilidades sociales en la adolescencia. La aplicación de programas de educación emocional y social en los centros educativos.
Tema 14. Los programas de competencia social: Definición, justificación y objetivos. Aprendizaje cooperativo. Definición, características y técnicas.
Tema 15. Protocolo de actuación conjunta para el alumnado con trastorno por déficit de aten­ción e hiperactividad en Extremadura.
Tema 16. Educación para la Igualdad en los centros educativos. Coeducación. Estrategias para fomentar la igualdad entre sexos. Observación y análisis del sexismo en los IES.
Tema 17. Desarrollo Sexual y Educación afectivo-Sexual dirigida a adolescentes. Diversidad afectivo-sexual. Identidad transgénero.
Tema 18. Salud Escolar. Protocolo de actuación ante urgencias sanitarias en los centros edu­cativos de Extremadura. Protocolo para la acogida y atención de niños/as con enfermedades raras y/o poco frecuentes en centros educativos. Protocolo de atención al niño/a y adolescen­te con diabetes en la escuela.
Tema 19. Concepto y definición de Drogodependencia. Factores que influyen en las drogode­pendencias. Programas de prevención en el ámbito escolar y familiar.
Tema 20. Contenidos transversales en educación. Celebraciones pedagógicas.
Tema 21. Uso seguro de internet y las redes sociales. Estrategias de prevención y solución. Ciberbullying. Foros Nativos Digitales.
Tema 22. Redes de Apoyo Social e Innovación Educativa en Extremadura.
Tema 23. Estrategias educativas para la atención al alumnado inmigrante. Medidas organiza­tivas. Atención a la diversidad. Plan de acogida.
Tema 24. La innovación educativa. Metodologías de innovación. Programas de innovación educativa.
Tema 25. La orientación profesional en los centros educativos desde el POAP. Coordinación con otros recursos externos. Itinerarios personalizados de inserción profesional. Tutorías in­dividualizadas.
Tema 26. Absentismo Escolar: Tipologías, causas y consecuencias. Actuaciones de Preven­ción, control y seguimiento del Absentismo Escolar. Funciones del Educador Social.
Tema 27. Servicio del transporte escolar. Funciones y competencias del educador/a social. Normativas que regulan el servicio del transporte escolar en Extremadura.
Tema 28. Acción tutorial. Planificación, desarrollo y ejecución de una tutoría. Tareas básicas de un tutor en un centro educativo. El papel del Educador/a en el Plan de Acción Tutorial.
Tema 29. Escuela de familias. El fomento de la participación de las familias en los centros educativos.
Tema 30. Decreto por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Necesidades específicas de apoyo educativo. Definición y respuesta educativa.
Tema 31. Alumnos con Necesidades de Compensación Educativa asociadas a situaciones so­ciales o culturales desfavorecidas. Actuaciones de Compensación Educativa.
Tema 32. Respuesta educativa a la diversidad del alumnado de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Modelos de informes en los que participa el profesional de la Educación Social como miembro del Departamento de Orientación.
Tema 33. La etapa evolutiva de 0 a 6 años. La importancia de la fase de apego. Consecuencias de la privación afectiva en esta etapa. La etapa evolutiva de 6 a 12 años. Desarrollo psicológico evolutivo en la pubertad y en la adolescencia. Desarrollo psicoafectivo a estas edades.
Tema 34. El desarrollo en la adolescencia y juventud. Teorías, cambios que acompañan a la pubertad y sus consecuencias psicológicas. Influencia de la cultura y la familia. Implicaciones directas en las intervenciones educativas y sociales.
Tema 35. Procesos de aprendizaje: Condicionamiento, aprendizaje por observación, aprendi­zajes superiores, el procesamiento de la información, el papel de la atención y la memoria, las habilidades metacognitivas. Factores que influyen en el proceso enseñanza-aprendizaje.
Tema 36. Factores relacionados con la motivación. Tipos de Motivación. Aspectos psicope­dagógicos de la motivación. Formación para el autoconcepto. Educación para la autoestima.
Tema 37. El valor del juego como proceso de socialización del niño. El grupo de niños. Características y fenómenos de grupo. Niveles de funcionamiento grupal. Dinámicas de grupo. Técnicas de Dinamización Grupal.
Tema 38. La entrevista. Tipos de entrevistas. Objetivos de la entrevista. Técnicas para realizar la entrevista. Entrevista a niños y a adultos.
Tema 39. Sistema de evaluación y registro en acogimiento residencial (SERAR). Registro acu­mulativo, P.E.I., informe de seguimiento.
Tema 40. El proceso de planificación. Fases de la planificación. La programación de la tarea del educador. La evaluación de proyectos de intervención socio-educativa.
Tema 41. Prevención y control de la venta y publicidad de bebidas alcohólicas para menores de edad. Convivencia y Ocio en Extremadura.
Tema 42. Ley de Igualdad de mujeres y hombres contra la violencia de género en Extremadu­ra. Objeto y ámbito de aplicación. Principios generales. Definiciones. Medidas para promover la igualdad de género en la educación. Intervención integral contra la violencia de género en Extremadura.
Tema 43: Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violen­cia. Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia.
Tema 44. Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores ( I): Violencia en el ám­bito familiar, procedimiento judicial e intervención educativa. Medidas extrajudi­ciales. Ámbito de actuación y ejecución.
Tema 45. Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores (II): Ámbito de aplicación. Medidas suscepti­bles de ser impuestas a los menores infractores.
Tema 46. El interés superior del menor. Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Tema 47. Organización y funcionamiento de los Centros de Acogida de Menores en Extremadura. El/la educador/a en las instituciones de Protección de Menores. Funciones y tareas.
Tema 48. Decreto por el que se regula la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los procedimientos de acogimiento familiar y de emisión de informe para el desplazamiento temporal de menores extranjeros a Extremadura.
Tema 49. Metodología de intervención en los Centros de Acogida: Evaluación inicial del me­nor. Implicación de la familia. Programas de Intervención Individualizada. Actuaciones ante el ingreso de menores.
Tema 50. Momentos críticos en la vida de un niño en un Centro de Acogida. Alternativas a la institucionalización de menores en Centros de Acogida.
Tema 51. La calidad en el ámbito de la protección infantil y la adolescencia. Los estándares de calidad y buena práctica. Principios de actuación para la calidad en la atención residencial.
Tema 52. Elementos básicos de la atención residencial: la interacción y comunicación con el niño y adolescentes. Áreas de la atención residencial.
Tema 53. Criterios para determinar la reintegración del niño acogido en un centro. Vuelta a la familia biológica. Preparación para el acogimiento familiar. Preparación para la emancipación.
Tema 54. El maltrato infantil: Definición, tipologías de malos tratos, factores de riesgo. Pre­vención. La detección y notificación de las situaciones de desprotección infantil. Ámbitos educativos, sanitario y servicios sociales.
Tema 55. Taxonomía de las necesidades del niño. Las necesidades de carácter físico-biológico. Necesidades cognitivas, emocionales y sociales.
Tema 56. Principios y criterios de intervención en el ámbito de protección de menores. Eva­luación del caso y Plan de Caso. Trabajo en red.
Tema 57. Menores inmigrantes en el sistema de protección: Situación legal y trámites de re­gularización. Especial referencia a menores extranjeros no acompañados.
Tema 58. Pisos tutelados: Definición, objetivos y características. Colectivo al que se dirige. Procedimiento de valoración para la incorporación y baja del menor al programa de pisos tutelados.
Tema 59. El Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Estructura. Título Preliminar. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 60. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones Generales. Los interesados en el procedimiento administrativo
Tema 61. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 62. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos. Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. El régimen disciplinario.
Tema 63. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación Profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designación.
Tema 64. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 65. La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
TITULADO GRADO MEDIO, ESPECIALIDAD FISIOTERAPEUTA
Tema 1. Salud Pública. Concepto de salud y enfermedad. Principales problemas de salud de la población española.
Tema 2. Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Disposiciones Generales. Derechos y obligaciones: Sistemas de Prestaciones sociales y económicas. Derecho a la protección de la salud. De la atención integral. Derecho a la educación. Derecho a la vida independiente.
Tema 3. El Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura (MADEX). Disposiciones Generales. Servicios del Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura (MADEX).
Tema 4. Intervención fisioterapéutica. Entrevista clínica, exploración física, definición de problemas y objetivos, planes de actuación.
Tema 5. Anatomía y fisiología del aparato locomotor y del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico.
Tema 6. Biomecánica y fisiología articular de tronco y extremidades. Cinesiología, ejes y planos del cuerpo.
Tema 7. Balance articular. Concepto, registro, técnicas goniométricas y amplitudes articulares de los MMSS, MMII y columna vertebral. Balance muscular. Principios generales, sistemas de gradación, técnica de valoración muscular.
Tema 8. Cinesiterapia. concepto y modalidades. Cinesiterapia pasiva y activa. Definición, tipos. Efectos terapéuticos. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 9. Cinesiterapia activa resistida. Definición. Métodos de musculación estáticos. Características, indicaciones y contraindicaciones. Métodos de musculación dinámicos con cargas crecientes directas e indirectas. Características, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 10. Facilitación Neuromuscular Propioceptiva. Método Kabat. Mecanismos neurofisiológicos de facilitación. Principios básicos. Técnicas específicas de refuerzo o potenciación, relajación y coordinación.
Tema 11. Estiramientos. Conceptos. Acciones mecánicas. Mecanismos, particularidades y técnicas. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 12. Electroterapia. Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Clasificaciones de las corrientes eléctricas más utilizadas en fisioterapia. Normas de seguridad en el manejo de aparatos de electroterapia.
Tema 13. Técnicas electroterápicas con corrientes de baja, media y alta frecuencia. Indicaciones y contraindicaciones. Fortalecimiento y elongación muscular por medio de corrientes eléctricas.
Tema 14. Ultrasonidos, radiaciones infrarrojas y ultravioletas, láser y campos magnéticos. Factores a tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 15. Masoterapia. Concepto. Efectos terapéuticos. Indicaciones y contraindicaciones. Técnicas de masoterapia y maniobras fundamentales. Rozamiento, fricción, presión, amasamiento, vibración y percusión.
Tema 16. Técnicas especiales de masoterapia. Masaje transverso profundo, drenaje linfático manual y masaje del tejido conjuntivo. Efectos fisiológicos y terapéuticos, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 17. Mecanoterapia. Concepto. Indicaciones y contraindicaciones. Suspensioterapia y poleoterapia. Concepto, principios generales, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 18. Termoterapia y crioterapia. Concepto, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 19. Hidroterapia. Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Efectos fisiológicos y terapéuticos.
Tema 20. El vendaje funcional. Concepto y aplicaciones. Material necesario. Método. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 21. Actuación del fisioterapeuta en situaciones críticas. Obstrucción de la vía aérea (técnicas básicas de permeabilización). Reanimación Cardiopulmonar Básica Pasos.
Tema 22. Fisioterapia respiratoria. Exploración funcional. Técnicas de fisioterapia respiratoria.
Tema 23. Fisioterapia respiratoria. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Tratamiento fisioterápico en las patologías respiratorias más frecuentes. EPOC, afecciones respiratorias de carácter restrictivo, cirugía torácica y abdominal.
Tema 24. Fisioterapia traumatológica. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en la patología traumática de cintura escapular y miembro superior.
Tema 25. Fisioterapia traumatológica. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en la patología traumática de cintura pélvica, miembro inferior.
Tema 26. Fisioterapia traumatológica. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en la patología traumática de la columna vertebral.
Tema 27. Fisioterapia en las malformaciones congénitas del miembro inferior. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes.
Tema 28. Fisioterapia en las malformaciones congénitas del raquis, cintura escapular y tórax.
Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes.
Tema 29. Fisioterapia en la patología yuxtaarticular y extraarticular. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Periartritis escapulohumeral, tendinitis, bursitis, tenosinovitis, periostitis, fibromialgia.
Tema 30. Fisioterapia en las algias crónicas. Valoración, escalas de dolor y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Síndromes dolorosos del raquis y de las raíces nerviosas.
Tema 31. Fisioterapia en la patología ósea. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Osteoporosis, osteomalacia, enfermedad de Paget, osteonecrosis, osteítis.
Tema 32. Fisioterapia en reumatología. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos.
Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes.
Tema 33. Fisioterapia en las enfermedades del colágeno. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes.
Lupus eritematoso, esclerodermia, polimiositis, dermatomiositis, periarteritis nudosa.
Tema 34. Fisioterapia en alteraciones cardiovasculares. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Adaptación del ejercicio físico en función de las patologías de base. Hipertensión, diabetes, obesidad.
Tema 35. Fisioterapia en amputados. Amputaciones de miembro superior y de miembro inferior. Niveles de amputación. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento. Protetización. Complicaciones.
Tema 36. Fisioterapia en las deformidades de la columna vertebral. Escoliosis. Hipercifosis.
Hiperlordosis. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento.
Tema 37. Fisioterapia en patología neurológica del sistema nervioso central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Lesiones cerebrales y otros síndromes neurológicos.
Tema 38 Fisioterapia en patología neurológica del sistema nervioso central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en la hemiplejía del adulto. ACV. Definición. Tipos. Secuelas más frecuentes.
Tema 39. Fisioterapia en patología neurológica del sistema nervioso central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Lesiones medulares.
Tema 40. Fisioterapia en patología degenerativa del sistema nervioso central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Esclerosis múltiple, esclerosis lateral siringomielia.
Tema 41. Fisioterapia en patología neurológica del sistema nervioso periférico. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Poliomielitis anterior aguda, lesiones del plexo braquial y sacro-lumbar, lesiones tronculares.
Tema 42. Fisioterapia en patología muscular. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Miopatías, distrofias musculares, distrofia miotónica, miositis osificante postraumática.
Tema 43. Fisioterapia en pediatría. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Parálisis braquial obstétrica, afecciones medulares, síndromes meníngeos, artrogriposis congénita múltiple, raquitismo, tortícolis congénita y luxación congénita de cadera.
Tema 44. Fisioterapia en pediatría. El niño con espina bífida. Características. Evaluación.
Técnicas de intervención fisioterápica.
Tema 45. Fisioterapia en las cromosomopatías. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento en las más frecuentes.
Tema 46. Fisioterapia en Parálisis cerebral. Tipos de parálisis cerebral. Valoración y tratamiento fisioterapéutico de los trastornos motores y de los trastornos asociados. Métodos de tratamiento más usados en parálisis cerebral.
Tema 47. Desarrollo psicomotor del niño sano de 0 a 6 años. Área motora, área perceptivocognitiva, área del lenguaje y área de conducta social.
Tema 48. Fisioterapia en Atención Temprana. Atención temprana. Concepto, objetivos. El Equipo de Atención de Temprana. definición, objetivos, composición. Papel del fisioterapeuta dentro del Equipo de Atención Temprana.
Tema 49. Intervención del fisioterapeuta en la Escuela. Aspectos importantes en la valoración inicial y continuada del alumno con necesidades educativas especiales. Coordinación entre los profesionales que intervienen con el alumno con necesidades educativas especiales. Atención, asesoramiento y colaboración con las familias. Productos de apoyo para el aula.
Tema 50. Fisioterapia en la enfermedad de Parkinson. Manifestaciones clínicas. Tratamiento farmacológico. Escalas de valoración. Estadios de evolución. Objetivos del tratamiento fisioterápico. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterápico.
Tema 51. Fisioterapia en la Demencia senil y enfermedad de Alzheimer. Manifestaciones clínicas. Valoración fisioterápica. Objetivos del tratamiento fisioterápico. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterápico.
Tema 52. Fisioterapia en geriatría. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos.
Técnicas y métodos de tratamiento en las patologías más frecuentes. Fracturas más frecuentes en el anciano.
Tema 53. Fisioterapia en la Incontinencia Urinaria del anciano. Tipos. Evaluación y diagnóstico. Tratamiento. Contraindicaciones.
Tema 54. Programas de intervención fisioterapéutica en residencias y en centros de día. Atención fisioterapéutica de enfermos terminales en residencias. Movilización y transporte del paciente geriátrico. Actuaciones preventivas y de promoción de la salud en el anciano. Caídas. Medidas preventivas, valoración de personas mayores con riesgo de caída.
Tema 55. Intervención fisioterapéutica con personas que presentan una discapacidad psíquica. La discapacidad intelectual. Concepto, valoración fisioterápica y objetivos fisioterápicos. Trastornos asociados. Técnicas y métodos de tratamiento en fisioterapia.
Tema 56. Fisioterapia en el paciente encamado. Prevención y tratamiento de las complicaciones de la inmovilización prolongada. Tratamiento Postural.
Tema 57. Fisioterapia en Dermatología. Úlceras por presión. Definición y etiopatología. Escalas de valoración del riesgo y clasificaciones. Prevención y tratamiento. Cicatrices. Indicaciones y contraindicaciones del masaje en dermatología.
Tema 58. Régimen Jurídico del Sector Público: Estructura. Disposiciones Generales: Objeto, ámbito subjetivo, principios generales y principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura. Disposiciones generales: Objeto y ámbito de aplicación.
Tema 59. Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos de los Empleados Públicos.
Derecho a la Carrera Profesional y a la Promoción Interna. La evaluación del Desempeño. El régimen disciplinario.
Tema 60. El personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I): Ámbito de aplicación y vigencia. Denuncia. Organización del trabajo. Comisión Paritaria. Clasificación Profesional. Retribuciones. Puestos y funciones de libre designación.
Tema 61. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (II): Movilidad geográfica. Supresión de puestos de trabajo de personal fijo discontinuo y zonificación de puestos de diversas categorías. Cambio de puestos de trabajo. Permutas. Provisión de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral entre Administraciones Públicas. Movilidad funcional. Jornada y horario.
Tema 62. El Personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III): Horas extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas complementarias de conciliación de la vida familiar y laboral. Permisos sin sueldo. Suspensión del contrato. Excedencia. Reingreso. Jubilación. Indemnización por incapacidad o fallecimiento.
Tema 63. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 64. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 65. La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.
ANEXO V
D/Dª. ................................................................................................................................. Cargo ................................................................................................................................ Administración ................................................................................................................
CERTIFICO:
Que de acuerdo con los antecedentes que obran en esta Administración, resulta que D/Dª................................................................ con DNI n.º ............................................ ha prestado para la misma los servicios que se relacionan a continuación:
Grupo Profesional1
Grupo de Titulación2
Naturaleza jurídica3
Categoría o Cuerpo/Escala y Especialidad
Fecha Inicio:
Fecha Fin:
Y para que así conste, a los efectos de lo previsto en el apartado 4.2 de la Base Sexta de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes de personal laboral fijo del Grupo .........., Categoría/Especialidad ..............................................................................................,
convocadas por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de ........ de .................... de 2024, expide el presente certificado.
En ................................................., a ......... de ..................................... de ............
Fdo:
1. Grupo de clasificación del Cuerpo/Escala o Categoría donde se hayan prestado los servicios, según lo establecido en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (para el personal funcionario o interino) o según el Convenio Colectivo aplicable en cada caso (para el personal laboral). En caso de no existir Convenio Colectivo se indicará el grupo de cotización a la Seguridad Social.
2. Nivel de Titulación exigido para el acceso al Cuerpo, Escala o Categoría donde se hayan prestado los servicios según el siguiente detalle: Ldo. universitario o equivalente / Dpdo. Universitario o equivalente / Bachiller o equivalente / Graduado Escolar o equivalente / Certificado de Escolaridad o equivalente.
3. Funcionario / Interino / Laboral Fijo / Laboral Temporal / Contratado de colaboración temporal en régimen de derecho administrativo (con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 30/1984 de 2 de agosto).
ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dª. ............................................................................................................................................................., con domicilio en ........................................................................................................................................... y nacionalidad .................................................................................................................................................
Declaro bajo juramento o prometo, a efectos de adquirir la condición de personal laboral fijo del Grupo .........., Categoría/Especialidad ................................................................................................, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ........................................................................................
— Que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas en España.
— O en su caso, que no estoy sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en mi Estado el acceso a la función pública.
En .............................................., a ......... de ..................................... de ............
(firma)

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