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ANUNCIO de 18 de diciembre de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
DOE Número: 250
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 27 de diciembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE LLERENA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 67600
Página Fin: 67601
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Alcaldía núm. 420/2024, de fecha 18 de diciembre, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2024, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 37.1.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y siendo conforme con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Provincia: Badajoz.
Corporación: Llerena.
Número de código territorial: 06074.
Personal laboral:
Plaza Grupo de clasificación Número de plazas ofertadas Sistema selectivo
Peón Electricista Asimilado a AP 1 Oposición libre
Lo que en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se hace público para general conocimiento.
Contra referida resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Llerena, 18 de diciembre de 2024. El Alcalde, DANIEL LARA REX.

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