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MODIFICACIÓN del Extracto del Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 251
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de diciembre de 2024
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Rehabilitación. Ayudas.
Página Inicio: 67615
Página Fin: 67617
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):636243
El Decreto 71/2022, de 8 de junio, establece las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el DOE n.º 126, de 1 de julio de 2023 el extracto del mencionado decreto y de la primera convocatoria.
Al modificarse dicha convocatoria mediante Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria, se modifican los apartados primero y segundo del Extracto de 1 de julio de 2023, relativos al objeto y beneficiarios. Siendo publicada dicha modificación del extracto en el DOE n.º 13, de 18 de enero de 2024.
En el extracto de 1 de julio de 2023 se recogía en el apartado cuarto 1, el crédito inicial de la convocatoria con el siguiente tenor literal:
1. Las ayudas serán financiadas con fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y se realizará por un importe total de 6.438.185,33 € para los ejercicios 2022, 2023 y 2024. La tasa de cofinanciación al objeto de dar cumplimiento al artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de noviembre, será del 100% de fondos MR01C02101 del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
1. Las ayudas serán financiadas con fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y se realizará por un importe total de 6.438.185,33 € para los ejercicios 2022, 2023 y 2024. La tasa de cofinanciación al objeto de dar cumplimiento al artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de noviembre, será del 100% de fondos MR01C02101 del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicha cantidad se realizará con el siguiente desglose por programas e imputación a las siguientes aplicaciones presupuestarias, distribuidas de acuerdo con el siguiente detalle:
Centro gestor: 160030000. Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación Fuente de financiación: MR01C2I01.
Proyecto de gasto: 2022-Programa de ayuda a las actuaciones a nivel de barrio Clave económica:76000
Aplicación presupuestaria:160030000-G/261A/760.000 Proyecto: 20220121
Fondos:MR01C02I01 2022: 2.253.364,86
2023: 3.541.001,93
2024: 643.818,54
Tras el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Resolución de 16 de abril de 2024 del Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se regulan los pagos y se formalizan los compromisos resultantes con la Comunidad Autónoma de Extremadura para la inversión C02.I01correspondientes a la anualidad inicial 2023 (remanente incorporado a la anualidad 2024), que asciende a la cantidad de 9.911.500 € (para los programas P1 a P5), una vez analizadas las solicitudes presentadas a cada uno de los programas, se hace necesario un incremento de las cantidades transferidas proporcional a las solitudes presentadas por cada programa, siendo necesario realizar un incremento de fondos del Programa de ayuda actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio (P1).
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2 y 4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el incremento de los créditos o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
El incremento de crédito de este Programa de ayuda actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio (P1) será de 6.673.800,09 € en el ejercicio 2025 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pasando el importe total de la convocatoria de 6.438.185,33 € a 13.111.985,42 €.
En consecuencia, se procede a publicar un nuevo anuncio para dar publicidad aumento de crédito asignado en el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria (modificado por Decreto 289/2023, de 27 de diciembre), y el nuevo reparto de crédito, quedando el apartado cuarto 1 del extracto de 1 de julio de 2023 con el siguiente contenido:
1. Las ayudas serán financiadas con fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y se realizará por un importe total de 13.111.985,42 € para los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025. La tasa de cofinanciación al objeto de dar cumplimiento al artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de noviembre, será del 100% de fondos MR01C02101 del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicha cantidad se realizará con el siguiente desglose por programas e imputación a las siguientes aplicaciones presupuestarias, distribuidas de acuerdo con el siguiente detalle:
Centro gestor: 160020000. Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Fuente de financiación: MR01C2I01.
Proyecto de gasto: 2022-Programa de ayuda a las actuaciones a nivel de barrio Clave económica:76000.
Aplicación presupuestaria:160030000-G/261A/760.000 Proyecto: 20220121.
Fondos: MR01C02I01 2022: 2.253.364,86.
2023: 3.541.001,93.
2024: 643.818,54.
2025: 6.673.800,09 €
El presente incremento de los créditos se encuentra destinado a atender a las solicitudes presentadas, estando la convocatoria cerrada y no supone en ningún caso la modificación del plazo de presentación de solicitudes de subvención.
Mérida, 11 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
Laura Castell Vivas

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