RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2024/2025.
DOE Número: 251
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de diciembre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Educación. Subvenciones.
Página Inicio: 67933
Página Fin: 67940
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2024/2025 (DOE n.º 178, de 12 de septiembre de 2024).
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se especifican en los anexo I y II de esta resolución, por un importe total de 95.460,88€ (noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta euros con ochenta y ocho céntimos),con cargo al centro gestor 13003000, posición presupuestaria G/222G/48000, fondo: CAG0000001 y programa financiación: 20060123, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
Segundo. Denegar ayudas a las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se especifican en el anexo III.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, siendo competente para su resolución esta última, en relación con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 20 de diciembre de 2024.
El Director General de Formación Profesional Innovación e Inclusión Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN