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RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura.
DOE Número: 252
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de diciembre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 68119
Página Fin: 68122
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 2 de diciembre de 2024, la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 20 de diciembre de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y FUNDACIÓN IBERDROLA ESPAÑA PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DIRIGIDO AL PROFESORADO DE EXTREMADURA.
Mérida, 2 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, D. Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el que fue nombrado por Decreto 2/2024, de 9 de enero (DOE núm. 7, de 10 de enero de 2024), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
De otra parte, la Fundación Iberdrola España, con domicilio social en Madrid, calle Arequipa, número 1, 4ª planta, código postal 28043, provista del Número de Identificación Fiscal (NIF) G-83277871, constituida el día 13 de marzo de 2002 ante el Notario de Madrid don Miguel Ruíz Gallardón García de la Rasilla, con el número 1324 de su protocolo e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número 489; se halla representada en este acto por D. Ramón Castresana Sánchez y por D. José María Torres Suau, en virtud de escritura de apoderamiento otorgada el 5 de julio de 2022 ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Miguel Ruiz-Gallardón García de la Rasilla, con el número 4.757 de su protocolo. Ambos representantes declaran vigente dicha escritura de apoderamiento.
Las Partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar la presente adenda al convenio y al efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 9 de enero de 2024 se firmó un convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un programa de inmersión lingüística dirigido al profesorado de Extremadura.
II. Que es interés de las partes modificar el alcance del convenio mediante una nueva ampliación de su vigencia.
III. Que en virtud de cuanto antecede, las partes acuerdan otorgar la presente adenda al convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Ampliación de vigencia y Documento de Formulación de Proyecto.
Las partes acuerdan modificar el alcance del convenio mediante la ampliación de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Segunda. Aportación económica.
La Fundación Iberdrola España asumirá hasta una aportación económica máxima, durante la ampliación de vigencia regulada en la Cláusula Segunda, de 57.000 € (Cincuenta y siete mil euros) impuestos incluidos, llevando a cabo las contrataciones necesarias, en la forma jurídica que corresponda, con aquellas empresa/s que considere conveniente para poder ejecutar el Programa objeto de este convenio.
El presente convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, respecto al coste del Programa de Inmersión en Lengua Inglesa. Por su parte, la Fundación Iberdrola España no asume coste ni gestión alguna relacionada con el desplazamiento del profesorado que participe en el Programa de Inmersión en Lengua Inglesa .
Tercera. Prevalencia de documentos.
Salvo las modificaciones objeto de esta adenda, las partes declaran que los términos y condiciones pactados en el convenio se mantienen plenamente vigentes, excepto en aquellos extremos que se opongan o contradigan expresamente lo que ahora se acuerda en la presente adenda, cuyo contenido prevalecerá en caso de discrepancia. La presente adenda queda incorporada al Convenio como parte integrante del mismo.
Cuarta. Resolución.
El incumplimiento de cualquiera de los acuerdos establecidos por el presente documento permitirá a las partes resolver la presente adenda y podrá ser causa de resolución del convenio, dando lugar a la indemnización de los daños y perjuicios que correspondan. El incumplimiento y resolución de la presente adenda y, en su caso, del convenio, se comunicará a la contraparte por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman, por triplicado, el presente documento y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Secretario General,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
D. Francisco Eugenio Pozo Pitel
P.P.
D. Ramón Castresana Sánchez
P.P.
D. José María Torres Suau

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