ANUNCIO de 12 de diciembre de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, promovido por Raúl Paniagua Hernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, promovido por Raúl Paniagua Hernández en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es .
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Es órgano competente para el otorgamiento de la AAU la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Extremadura,
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1 y 9.3 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativas a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios”, por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
— Actividad:
El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de un centro para el tratamiento y descontaminación de vehículos fuera de uso.
— Ubicación:
La instalación industrial se ubica en la calle Artesanos, n.º 10 de Navalmoral de la Mata, en la parcela con referencias catastrales 1115608TK8211N0001QW. Las coordenadas UTM son X=793.930; Y=4.423.737; HUSO: 29; datum: ETRS89.
— Capacidades y consumos:
Las instalaciones se han diseñado para la descontaminación de 200 vehículos al año.
— Infraestructuras e instalaciones:
Zona de recepción de vehículos(81,10 m2).
Zona de descontaminación de vehículos (145,24 m2).
Zona de desmontaje (85,00 m2).
Zona de almacenamiento de residuos peligrosos (46,12 m2).
Zona de almacenamiento de vehículos descontaminados (91,57 m2).
Zona de almacenamiento de neumáticos (53,66 m2).
Zona de almacenamiento de piezas (400,45 m2).
Oficina (98,40 m2).
Aseos (10,27 m2).
Vestuario (11,67 m2).
— Equipos principales:
Desmontadora automática.
Equilibradora.
Compresor de aire.
Elevador.
Gato hidráulico.
Depósitos de combustibles.
— Informe de impacto ambiental:
La instalación de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil cuenta con evaluación de impacto ambiental en trámite.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 12 de diciembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
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