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Resolución de 26 de enero de 2024, de la Gerencia del Área de Salud de Badajoz, por la que se dispone la ejecución de sentencia n.º 481/2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
DOE Número: 27
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de febrero de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: Resolución
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 7901
Página Fin: 7902
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La sentencia n.º 481/2023, de 26 de octubre de 2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estima el recurso de apelación interpuesto por don José Antonio Gamero Preciados defendido y representado por don Raúl López Tardío contra la sentencia número 38/2023, de fecha 18 de mayo de 2023, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Badajoz en autos de PA 113/2022 que desestima el recurso presentado contra la resolución tácita por silencio administrativo del Servicio Extremeño de Salud, en virtud de la cual se desestima el recurso de alzada presentado contra la Resolución de fecha 17 de diciembre de 2021 de la Gerencia de Área de Salud de Badajoz.
La citada sentencia n.º 481/2023, de 26 de octubre de 2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha adquirido firmeza según informe de 27 de diciembre de 2023 emitido por la Abogacía General de la Junta de Extremadura en el que se indica que la referida resolución adquiere el carácter de plenamente ejecutable
En relación con lo anterior, el artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece:
Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Por tanto, de conformidad con lo anterior y con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Gerencia de Área,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia n.º 481/2023, de 26 de octubre de 2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que estima el recurso de apelación interpuesto por el letrado don Raúl Tardío López, en nombre y representación de don José Antonio Gamero Preciados, cuyo tenor literal es el siguiente:
Estimar el recurso de apelación interpuesto por el letrado D. Raúl Tardío López en nombre y representación de D. José Antonio Gamero Preciados contra la sentencia n.º 38/23, de fecha 18/05/2023, dictada por el Juzgado n.º 2 de Badajoz en sus autos de PA 113/2022, que revocamos y, consecuencia se reconoce el derecho a que se valore el Máster en Investigación en Ciencias de la Salud de la Universidad de Extremadura en las listas de espera de promoción interna temporal constituidas por el Área de Salud de Badajoz en la categoría de Fisioterapeuta. Las costas de la primera instancia se imponen a la Administración demandada. Sin costas en apelación .
Segundo. Realizar todas las actuaciones necesarias para su correcta y completa ejecución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Badajoz, 26 de enero de 2024.
El Gerente de Área de Salud de Badajoz,
DEMETRIO PÉREZ CIVANTOS

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