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Anuncio de 24 de enero de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, solicitado por José María Pérez Flores, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
DOE Número: 27
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de febrero de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: Anuncio
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 7903
Página Fin: 7906
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, solicitado por José María Pérez Flores, en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
Categoría 1.1 del anexo II, relativas a instalaciones ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de aves, incluyendo las granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior a 9.500 emplazamientos para pollos de engorde .
— Actividad:
El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo de pollos en régimen intensivo con una capacidad para 56.700 pollos/ciclo.
— Ubicación:
La explotación avícola y su ampliación se ubica en las parcelas 104, 105, 106, 107, 108 y 109 del polígono 14 del término municipal de Villanueva del Fresno. La finca cuenta con una superficie de 10,5804 hectáreas.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La explotación cuenta con dos naves que tienen una superficie de 2.520 m2. Se amplía con una tercera nave de las mismas características de 1.260 m2 de superficie.
1 Nave de cebo de pollos de 90,1m x 14 m de tipología abierta adicional a la ya existente de iguales dimensiones.
Zona anexa de almacén y cuadros de control de 5,00 x 4,00m.
3 silos con capacidad de pienso de 83,52m3.
Sistema de calefacción mediante calefactores a gas.
Sistema de ventilación con ventiladores de pared y persianas motorizadas.
Sistema de refrigeración mediante coolings.
Líneas de comedero y bebederos.
Fosa séptica de 18 m3 para las aguas procedentes de la nave de cebo independiente para cada nave.
Además de las instalaciones comunes que serán usadas para las tres naves:
Almacén de pequeño material de 3,70m x 4,85m, ubicado en el módulo de servicios auxiliares.
Sala de grupos electrógenos de 3,70m x 3,40m, ubicada en el módulo de servicios auxiliares.
Lazareto de 3,70m x 3,00m, ubicado en el módulo de servicios auxiliares.
Aseo vestuario común para toda la explotación de 3,70m x 3,00m, ubicado en el módulo de servicios auxiliares.
Estercolero de 10,00 x 5,50 m en planta, con evacuación de lixiviados a fosa séptica de 1 m3 de capacidad.
Fosa séptica de 1 m3 para las aguas procedentes del aseo-vestuario.
Cerramiento perimetral de las instalaciones.
Instalación eléctrica de baja tensión alimentada por grupo electrógeno.
Instalación de abastecimiento de agua desde pozo de sondeo con depósito de reserva de 40.000 l, trasladado a la parcela 108, polígono 14.
Instalaciones sanitaras compuesta por arco de desinfección a la entrada de la explotación y pediluvios en cada una de las entradas de la nave.
Instalación de depósito de propano de 5m3 para abastecimiento de calefacción a cada una de las naves.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 24 de enero de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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