Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
TEXTO ORIGINAL
La Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 5.3 relativo a la reserva legal en materia de tasas y precios públicos, que las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán establecer disposiciones de actualización genérica de las tasas, sin perjuicio de las atribuciones que las normas específicas de cada tasa atribuyan al Consejo de Gobierno mediante el establecimiento de índices de referencia o evolución.
En este sentido la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, aunque no dispone una elevación de las tasas y precios públicos en aplicación de un determinado coeficiente sobre el importe exigible durante el año 2023, sí establece en su disposición adicional primera, con efectos exclusivos para el ejercicio 2024, una serie de bonificaciones del 50 por 100 y 100 por 100 sobre determinadas tasas y precios públicos.
Por otra parte, el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía, establece en el capítulo IV una bonificación del 100 % durante todo el ejercicio 2024 en determinados epígrafes de la tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Razones de transparencia y publicidad, hacen necesario dictar la presente resolución por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigentes durante el ejercicio 2024.
Por tanto, en virtud de lo establecido legalmente,
RESUELVO:
Primero. Tasas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las tarifas de las tasas propias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2024, son las que figuran en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X de esta resolución, según se detalla:
Anexo I: Tasas de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Anexo II: Tasas de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Anexo III: Tasas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Anexo IV: Tasas de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Anexo V: Tasas de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
Anexo VI: Tasas de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
Anexo VII: Tasas de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Anexo VIII: Tasas de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Anexo IX: Tasas de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
Anexo X: Tasas comunes a todas las Consejerías.
Segundo. Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las tarifas de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2024, son las que figuran en los Anexos XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX de esta resolución, según se detalla:
Anexo XI: Precios Públicos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Anexo XII: Precios Públicos de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Anexo XIII: Precios Públicos de la Consejería de Educación Ciencia y Formación Profesional.
Anexo XIV: Precios Públicos de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
Anexo XV: Precios Públicos de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
Anexo XVI: Precios Públicos de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Anexo XVII: Precios Públicos de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Anexo XVIII: Precios Públicos de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
Anexo XIX: Precios Públicos de otros Entes Públicos.
Mérida, 9 de febrero de 2024.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA