Orden de 16 de febrero de 2024 por la que se modifica la composición de los Tribunales de Selección que han de valorar, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 9 de noviembre de 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
Con posterioridad a la fecha indicada y concurriendo en determinados integrantes de los Tribunales de selección, algunas de las circunstancias de las legalmente previstas que imposibilitan su actuación por motivos de abstención, siendo necesario por tanto su modificación para garantizar la adecuada composición y la eficacia de su actuación.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal,
DISPONE:
Modificar la Orden de 9 de noviembre 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente Orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de febrero de 2024.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
M.ª ELENA MANZANO SILVA
ANEXO I
Mediante Orden de 9 de noviembre de 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición y en relación con el Anexo de la misma:
— En la página 57652.
Tribunal n.º 2.
Vocal Titular:
Donde dice: David Sánchez Blanco .
Debe decir: Alonso Sánchez Horrillo .
Vocales Suplentes:
Donde dice: M.ª Ángeles López Vázquez.
Alonso Sánchez Horrillo .
Debe decir: M.ª del Carmen Mancha Juez.
Antonio Ferrer Diéguez .
— En la página 57654.
Tribunal n.º 4.
Vocal Titular:
Donde dice: Juan Jose Durán Martín .
Debe decir: José Antonio García Farrona .
Vocal Suplente:
Donde dice: José Antonio García Farrona .
Debe decir: Miguel Ángel Vázquez Rodríguez .