Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, sobre tramos de pesca, permisos en cotos y habitabilidad de especies piscícolas.
TEXTO ORIGINAL
La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencia exclusiva en materia de pesca fluvial, lacustre y acuicultura, recogida en el artículo 9.1.14 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, así como competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de medio ambiente recogida en el artículo 10.1.2 de dicho Estatuto de Autonomía.
Estas competencias están atribuidas a la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, según dispone el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 239/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
El apartado 2 del artículo 29 de la Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura, tras la reforma operada por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los Servicios Públicos, prevé que durante la vigencia plurianual de cada Orden General de Vedas, y hasta la publicación de la siguiente, la Dirección General competente en materia de pesca y acuicultura pueda mediante resolución motivada dictar medidas que corrijan situaciones excepcionales tendentes a preservar o controlar las especies acuáticas. Así mismo, la Disposición final primera de la Orden de Vedas de Pesca de 7 de noviembre de 2022, faculta a la Dirección General competente en materia de pesca para dictar las resoluciones que juzgue necesarias para el desarrollo y mejor aplicación de lo preceptuado en la orden citada.
La Administración ha constatado la necesidad de modificar varios tramos o masas de aguas en diversos apartados por lo que, en aras a una mayor coherencia y comprensión, resulta precisa la publicación completa de un Cuadro de Tramos . En este cuadro, se amplían los tramos de pesca tradicional y los vedados trucheros de temporada, que pasan a ser tramos de pesca sin muerte sólo de truchas durante los días de la semana, desde el tercer domingo de marzo hasta finalizar el mes de julio, manteniéndose vedado para la pesca durante el resto del año.
Otras de las necesidades detectadas son la ampliación del listado de cotos de pesca sin límite de puestos, y la definición de los límites para la habitabilidad piscícola en cursos de agua.
Atendiendo a lo expuesto y a lo consensuado en el Consejo Extremeño de Pesca y Acuicultura tras ser oído en sesión ordinaria celebrada el 14 de septiembre de 2023, en el ejercicio de las competencias atribuidas, esta Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
RESUELVE:
Primero. Actualizar mediante el anexo a esta Resolución el Cuadro de Tramos de la Orden de 7 de noviembre de 2022, General de Vedas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los vedados de recría en aguas quietas junto con las balsas y charcas abrevadero declaradas en régimen especial prohibiendo la pesca deportiva, se podrán consultar en el portal http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/charcas-abrevadero o en las oficinas del Servicio competente en materia de pesca y acuicultura. Se deja sin efectos el escenario de pesca de Sierra de Las Cañas en el municipio de Caminomorisco, margen izquierda de la cola del embalse de Gabriel y Galán en el río de Los Ángeles, recogido en el punto 1 del artículo 14 de la Orden de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Incrementar el listado de cotos de pesca sin límite de puestos para los que se amplía la obtención telemática de los permisos diarios de pesca, con antelación máxima de una semana, mediante pago electrónico del modelo 50 atendiendo a lo indicado en la dirección http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/cotos-de-pesca. Se deberán consultar antes las fechas ocupadas por concursos, los planes de pesca del coto de que se trate, las categorías de los permisos para el código del modelo 50, y otras especificaciones en http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/inicio o en las oficinas del Servicio competente en Pesca y Acuicultura.
Tercero. Establecer los siguientes límites razonables de habitabilidad piscícola en cursos de agua:
a) En aguas trucheras hasta el 20% de pendiente.
b) En aguas ciprinícolas y resto de piscícolas nativas hasta el 5% de pendiente.
c) En aguas trucheras para la freza o reproducción eficiente de las piscícolas reófilas contar con que aguas arriba se disponga de una longitud mayor a un kilómetro de cauce activo o una cuenca receptora de 500 hectáreas.
d) En aguas ciprinícolas y resto de piscícolas nativas para la freza o reproducción eficiente contar con que aguas arriba se disponga de una longitud mayor a un kilómetro de cauce activo o una cuenca receptora de 1.500 hectáreas.
Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 16 de febrero de 2024.
El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA
ANEXO
ACTUALIZACIÓN DEL ANEXO II DE LA VIGENTE ORDEN GENERAL DE VEDAS DE PESCA: CUADRO DE TRAMOS
Tramos Vedados de pesca: Se prohíbe la pesca durante todo el año en el tramo y sus afluentes.
Tramos sin muerte de trucha, con temporada: Pescables todos los días entre el tercer domingo de marzo y el 31 de julio (fuera de este periodo y en sus afluentes se prohíbe pescar). Sólo se podrá utilizar cebo artificial con anzuelo sencillo sin muerte o arponcillo.
Tramos sin muerte de pesca Tradicional: Solo poblados por piscícolas nativas, pescables sin muerte y con un anzuelo sin arponcillo.
RÍOS DE LA SIERRA DE GATA
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TRAMO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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RIVERA de ACEBO
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Muro del Pantano de la Cervigona
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Hasta la piscina natural de Acebo situada más aguas arriba
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Acebo
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RÍO MALAVAO
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Sus nacientes
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Límite con la provincia de Salamanca
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Robledillo de Gata-Descargamaría
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RÍOS DEL VALLE DEL JERTE
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TRAMO DE RÍO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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TRAMO ALTO del RIO JERTE
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Sus nacientes
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Piscina natural de Tornavacas
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Vedado de pesca
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Tornavacas
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TRAMO MEDIO-ALTO RÍO JERTE
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Piscina natural de Tornavacas
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Puente Navarro ó junta Garganta Becedas
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Tornavacas
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TRAMO MEDIO del RÍO JERTE
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Junta de la Garganta de los Papúos
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Puente de la Urbanización o Los Marines
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Jerte y Cabezuela
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GARGANTA SAN MARTÍN
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Jerte
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Tornavacas
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GARGANTA BECEDAS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Jerte
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Tornavacas
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GARGANTA BUITRES o INJERTANA
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Sus nacientes
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Vado de la Injertana
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Vedado de pesca
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Cabezuela del Valle
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GARGANTA LA LUZ o LAS MONJAS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Jerte
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Cabezuela del Valle
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GARGANTA NOGALEDA
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Jerte
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Navaconcejo
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RÍOS DE LOS VALLES DE LOS IBORES-VILLUERCAS-LA JARA
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TRAMO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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RÍO VIEJAS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Ibor
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Cabañas, Castañar, Navezuelas y Robledollano
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RÍOS DEL VALLE DEL AMBROZ
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TRAMO DE RÍO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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TRAMO del RIO AMBROZ
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La Colonia EDAR Hervás
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Su junta con el río de Baños
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Hervás y Baños de Montemayor
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RIO BALOZANO
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Ambroz
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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La Garganta, Hervás,
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RIO del VALLE
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Balozano
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Hervás y La Garganta
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RIO GALLEGO o HERRADORES
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Ambroz
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Vedado de pesca
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Hervás
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GARGANTA de ANDRES o ROMANILLOS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Ambroz
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Aldeanueva, Hervás y Gargantilla
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GARGANTA de la BUITRERA
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Sus nacientes
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Carretera de Gargantilla a Hervás
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Gargantilla
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GARGANTA GRANDE
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Sus nacientes
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Carretera Segura de Toro a Gargantilla
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Segura de Toro
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GARGANTA ANCHA
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Sus nacientes
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Ctra. de Casas del Monte a Segura de Toro
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Casas del Monte
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RÍOS DE LAS HURDES
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TRAMO DE RÍO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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RÍO BATUECAS
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Límite con la provincia de Salamanca
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Su desembocadura en el río Ladrillar
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Ladrillar
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RÍOS DEL VALLE DEL TIÉTAR LA VERA
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TRAMO DE RÍO
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LÍMITE SUPERIOR
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LÍMITE INFERIOR
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GESTIÓN
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MUNICIPIOS
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GARGANTA ALARDOS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en el río Tiétar
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Madrigal de la Vera
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TRAMO GARGANTA MINCHONES
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Puente carretera EX-203
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Puente carretera Canal de Rosarito
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Villanueva de la Vera
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TRAMO GARGANTA GUALTAMINOS
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Pie de presa Gualtaminos
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Puente carretera Canal de Rosarito
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Villanueva y Valverde de la Vera
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GARGANTA VADILLO
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Sus nacientes
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Su desembocadura en la Gta. Cuartos
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Losar de la Vera
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TRAMO GTA JARANDA PEDRO CHATE
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Puente Jaranda
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Carretera EX_392
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Jarandilla, Cuacos, Collado y Jaraíz
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TRAMO ALTO GARGANTA SAN GREGORIO
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Sus nacientes
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Toma de aguas Aldeanueva de la Vera
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Vedado de pesca
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Aldeanueva de la Vera
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GARGANTA LOS GUACHOS
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Sus nacientes
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Su desembocadura en Gta. San Gregorio
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Vedado de pesca
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Aldeanueva de la Vera
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TRAMO MEDIO GTA. CUACOS
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Puente Nuevo
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Puente de Valfrío
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Cuacos de Yuste
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TRAMO ALTO GTA. MAYOR o PEDRO CHATE
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Muro del Lago de Jaraíz
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Molino de los Mínguez.
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Jaraíz de la Vera y Cuacos de Yuste
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TRAMO MEDIO GTA. MAYOR o PEDRO CHATE
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Afluencia de Garganta de Cuacos
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Junta con Garganta Jaranda
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Sin muerte de TRUCHA con temporada
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Cuacos y Collado
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OTROS TRAMOS DE PESCA SIN MUERTE: aguas limítrofes y frezaderos en corrientes.
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Todas las aguas corrientes limítrofes con Castilla-La Mancha y Andalucía, consultables en http://pescayrios.juntaextremadura.es o en las oficinas del Servicio en Pesca.
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Todos los remontes reproductivos de barbos, bogas y cachos, apreciables por una concentración eventual de estos peces en las aguas corrientes.
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TRAMOS SIN MUERTE DE PESCA TRADICIONAL (no se permite la pesca en la modalidad al lance: con cucharilla, vinilos o pez artificial)
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En Villagonzalo: junto al cruce de la Ctra. de Don Benito con la calleja de Vargas (masa de agua quieta con coordenadas X:743.545m, Y:4.305.025m, en ETRS89/UTM29)
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En Herrera del Duque: junto al Parque de Bomberos (masa de agua quieta con coordenadas X:321.770m, Y:4.337.610m, en ETRS89/UTM30)
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En Fuenlabrada de los Montes: paraje de Los Pañuelos, Charca de María Juárez (masa de agua quieta con coordenadas X:339.140m, Y:4.342.970m, en ETRS89/UTM30)
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En Maguilla: paraje de la Laguna de los Baselisos (masa de agua quieta con coordenadas X: 251.960m, Y: 4.249.750m, en ETRS89/UTM30).
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En Berlanga: paraje de la Laguna de la Albuera (masa de agua quieta con coordenadas X: 252.411m, Y: 4.241.620m en ETRS89/UTM30).
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En Valverde de Llerena: Laguna El Estanque (masa de agua quieta con coordenadas X:254.005m, Y:4.234.860m, en ETRS89/UTM30).
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En Valverde de Llerena: Laguna El Cuervo (masa de agua quieta con coordenadas X:254.800m, Y:4.232.420m en ETRS89/UTM30).
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En Trasierra: Charca de La Dehesilla (masa de agua quieta con coordenadas X:239.040m, Y:4.228.910m, en ETRS89/UTM30)
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En La Haba: paraje de Embalse del Pantanillo o de La Haba (masa de agua quieta con coordenadas X:257.470m, Y: 4.310.345m, en ETRS89/UTM30)
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En La Coronada: paraje de Charca inscrita en la cola de la Laguna de La Coronada (masa de agua quieta con coordenadas X:268.850m, Y: 4.310.940m, en ETRS89/UTM30)
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En Orellana: Laguna del Santo (masa de agua quieta con coordenadas X:279.680m, Y:4.320.740m, en ETRS89/UTM30)
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En Acedera: paraje de la Cañada, charca conocida como Charca de Acedera (masa de agua quieta con coordenadas X:277.930m, Y: 4.328.130m, en ETRS89/UTM30)
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En Castuera: paraje junto a la línea férrea, Charca conocida como Charca de Castuera (masa de agua quieta en coordenadas X:278.375m, Y:4.291.405m, en ETRS89/UTM30)
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TRAMOS CON HORARIO LIBRE DE PESCA
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PANTANO DE ORELLANA, tramo de la margen derecha: Orillas comprendidas entre el Molino de San Andrés o Pico del Lucio, límite sur; y el muro del Sevillano o Camino de Pela a Puebla, límite norte. De este tramo se excluye la orilla que baña la ladera noreste del Cerro de Cogolludo (desde el puente de Cogolludo hasta una distancia de 1000 m. aguas arriba del mismo).
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PANTANO DE ALANGE, tramo de la margen derecha: Orillas comprendidas entre el vial público de acceso al Cortijo de La Cumbre, límite sur, y el Cortijo de la Cumbre, límite norte.
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PANTANO DE PUERTO PEÑA o GARCÍA SOLA: ambas orillas del río Guadalupejo entre el muro del Embalse de Valdecaballeros y la carretera EX-316 de Castilblanco a Valdecaballeros.
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PANTANO DE ALCÁNTARA, tramo del Puente Romano de Alconétar paralelo a la carretera EX-109 Cañaveral-Portezuelo: Orillas comprendidas entre la cola del Arroyo Guadancil, límite norte; y el final del acceso del Escenario de Pesca, límite sur.
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PANTANO DE ALCÁNTARA, tramo de Miraltajo: Orillas comprendidas entre el Arroyo Arenero (Km. 519 de la carretera N-630), límite norte; y 1 km. al norte o aguas abajo del Club Náutico Tajomar, límite sur.
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