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Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 19 de enero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales para el año 2024 del III Convenio Colectivo de la empresa "Lider Aliment, SA".
DOE Número: 44
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 04 de marzo de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango: Resolución
Descriptores: Convenios Colectivos.
Página Inicio: 13366
Página Fin: 13368
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta de 19 de enero de 2024, de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Lider Aliment, SA -código de convenio 06100662012020-, publicado en el DOE n.º 48, de 10 de marzo de 2023, en el que se acuerdan tablas salariales para el año 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 9 de febrero de 2024.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
TEXTO DEL ACUERDO
Reunida la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Lider Aliment, SA.
Primera. Incrementos salariales.
El artículo 24 del convenio colectivo de Lider Aliment, SA, establece:
Cuando se conozcan los resultados de beneficios/ventas para la aplicación de la subida salarial en función de haber o no alcanzado el mínimo establecido, la Comisión Paritaria procederá, si corresponde, a confeccionar la tabla de los Salarios Base, y una vez actualizada la remitirá a la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el DOE .
Segunda. Revisión conceptos retributivos.
Anexo II. La tabla salarial del salario base para el año 2024 (anexo II), quedan confeccionadas como a continuación:
Artículo 16. Plus de convenio. El Plus de Convenio para el año 2024 será de 826,44 euros anuales, que se abonará a los trabajadores en doce mensualidades de importe 68,87 euros/mes, como se especifica en el anexo II.
Artículo 29. Trabajo en domingos y/o festivos. Los trabajadores que, no habiendo sido contratados específica y preferentemente para trabajar tales días, presten sus servicios en los mismos, tendrán derecho a percibir un complemento de 16,36 euros/hora para 2024.
Artículo 35. Póliza de accidentes. La empresa dispondrá de una póliza de accidente individual o colectivo que cubra las contingencias de muerte e invalidez permanente con las siguientes cuantías.
Gran Invalidez: 25.033,60 euros.
Invalidez Permanente Absoluta: 25.033,60 euros.
Invalidez Permanente Total: 25.033,60 euros.
Invalidez Permanente Parcial: 10.042,64 euros.
TABLA SALARIAL 2024
Muerte por Accidente: 27.573,93 euros.
Muerte Natural: 7.547,08 euros.
Tercera. Designación para la presentación a la dirección general de trabajo, registro y publicación.
La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Lider Aliment, SA, acuerda designar y autorizar a D. Óscar Marín García, con DNI ***7635** a presentar el referido acuerdo ante el RegCon para su publicación en el DOE.
Zafra, 19 de enero de 2024.
ÓSCAR MARÍN GARCÍA
CONSOLACIÓN BUENO ALEMÁN
FRANCISCO PECES PIQUERAS
M.ª JESÚS RAYEGO CALDERÓN
JOSÉ ANTONIO DÍEZ GARCÍA

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