Modificación del Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre (Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5)), y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 604000
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 5, de 10 de enero de 2022, el Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria del Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación y la redacción de Proyectos de rehabilitación (P5), Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
De conformidad con los dispuesto en el apartado primero del resuelvo decimoprimero de la Resolución de la convocatoria, en redacción dada mediante Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General (DOE n.º 248, de 29 de diciembre de 2023) El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el 11 de enero de 2022 y finalizará el día 30 de abril de 2024 .
No obstante, lo anterior, si se produce el agotamiento del crédito presupuestario con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se anunciará por parte de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Igualmente el apartado quinto del Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre (Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5)), en redacción dada por la modificación de dicho extracto publicado en DOE n.º 248, de 29 de diciembre de 2023, establece que El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el 11 de enero de 2022 y finalizará el día 30 de abril de 2024 .
No obstante, el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del titular de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (órgano competente para la aprobación de la convocatoria según el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo), el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria del Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación y la redacción de Proyectos de rehabilitación (P5), Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre,
ACUERDO:
1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones de la convocatoria del Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación y la redacción de Proyectos de rehabilitación (P5), Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, convocadas mediante Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, debiendo procederse a publicar el presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Modificar el apartado quinto del Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre (Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5), en redacción dada por la modificación de dicho extracto publicado en DOE n.º 248, de 29 de diciembre de 2023, cuyo literal quedará de la siguiente forma:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura el anuncio de la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad .
Mérida, 1 marzo de 2024.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS