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Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias, así como un período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y compensar los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 47
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 07 de marzo de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: servicio extremeño público de empleo
Rango: Resolución
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 14147
Página Fin: 14148
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de las mismas, aprobándose en ese caso por decreto del Consejo de Gobierno y tramitándose el procedimiento por la vía de urgencia. En ese caso, además, se efectuarán conjuntamente, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados en el proyecto de decreto.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Los objetivos de la norma.
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, mediante el presente trámite, se procede también a dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por lo tanto, en cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales, a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas, así como para que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
fomento.empleo@extremaduratrabaja.net
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto será de 10:00 a 14:00 horas, durante el cual estará a disposición en las dependencias del Servicio de Fomento del Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, sito en avenida Valhondo, s/n., Edificio III Milenio, Módulo 6, Planta 2.ª de Mérida, provincia de Badajoz.
Así mismo el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/plazo-educacion-y-empleo
Mérida, 21 de febrero de 2024. La Secretaria General de Empleo, CELIA DERECHO MONTES.

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