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Corrección de errores de la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
DOE Número: 50
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 12 de marzo de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: Corrección
Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 14905
Página Fin: 14906
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Advertidos errores materiales en la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, publicada en el DOE n.º 81, de 28 de abril de 2023, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 27485, apartado 6.1.3,
Donde dice:
Quienes lo consideren podrán solicitar, de forma voluntaria, la evaluación de la actividad docente en la propia solicitud de participación. Una vez publicada la puntación provisional del baremo, cada aspirante podrá optar por renunciar a la evaluación de la actividad docente, según las instrucciones que se aportarán en la resolución de dicha publicación.
Para obtener una valoración positiva será necesario alcanzar, al menos, el cincuenta por ciento de la puntuación asignada en cada uno de los ámbitos de evaluación establecidos .
Debe decir:
Quienes lo consideren podrán solicitar, de forma voluntaria, la evaluación de la actividad docente en la propia solicitud de participación. Se podrá renunciar a esta evaluación voluntaria en cualquier momento del procedimiento, siguiendo las instrucciones que se publicarán en el portal https://profex.educarex.es.
Para obtener una valoración positiva será necesario alcanzar, al menos, el cincuenta por ciento de la puntuación asignada en cada uno de los ámbitos de evaluación establecidos. En el caso de que algún criterio o subcriterio sea de imposible evaluación, el mismo figurará como no evaluado y no computará para el cálculo de la valoración de la actividad docente de la persona candidata .
En la página 27491, anexo II, apartado 1.2.1.,
Donde dice:
Para obtener una valoración positiva será necesario alcanzar, al menos, el cincuenta por cien de la puntuación asignada en cada uno de los criterios de evaluación establecidos .
Debe decir:
Para obtener una valoración positiva será necesario alcanzar, al menos, el cincuenta por ciento de la puntuación asignada en cada uno de los ámbitos de evaluación establecidos .
Mérida, 6 de marzo de 2024.
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023 (DOE núm. 156, de 14 de agosto),
El Director General de Personal Docente,
DAVID MORENO REGO

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