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Anuncio de 2 de marzo de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en regadío y plantación de 47,63 ha de nogales, con aguas superficiales a partir de la acequia G-2ª-A por el canal de Lobón, a ejecutar en la finca "San Román", en las parcelas 6, 16, 24, 25 y 27, del polígono 204, del término municipal de Badajoz (Badajoz)". Expte.: IA23/0138.
DOE Número: 52
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 14 de marzo de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Anuncio
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 15932
Página Fin: 15933
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de Transformación en regadío y plantación de 47,63 ha de nogales, con aguas superficiales a partir de la acequia G-2ª-A por el canal de Lobón, a ejecutar en la finca San Román , en las parcelas 6, 16, 24, 25 y 27, del polígono 204, del término municipal de Badajoz (Badajoz) podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluaciondeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluacionAmbientalOrdinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro del grupo I, letra b) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales , según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Las actividades proyectadas consisten en la transformación en regadío para riego por goteo y plantación de 47,63 ha de nogales mediante la modificación de la concesión de aguas superficiales Conc. 64/21. Estas actividades serían las siguientes:
— Movimiento de tierras y establecimiento de cultivo; la actuación exige el acondicionamiento del terreno como actividad previa a las plantaciones. No se realizará ninguna obra de abancalamiento únicamente nivelación para conseguir una ligera pendiente del 1-1,5%, además de las obras imprescindibles para evitar la asfixia radicular de los nogales y a la formación de los surcos de plantación.
— Instalación de riego; el agua para el riego de la finca se cogerá de la toma de acequia G-2ªA por el canal de Lobón. Se pretende captación de aguas superficiales de un caudal de 41 l/s y un volumen anual de de 285.780,00 m3.
La totalidad de la finca se halla en la ZEPA Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera , por lo que resulta obligatoria la evaluación específica de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
El promotor del proyecto es Hispano Portuguesa de Servicios Agrícolas, SL.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 2 de marzo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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