Modificación del Extracto y Anuncio que da publicidad al incremento del crédito de la convocatoria de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023, convocadas por Resolución de 3 de julio de 2023, de la Secretaría General (DOE núm. 138, de 19 de julio).
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):707396
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 138, de 19 de julio de 2023, el Extracto de la Resolución de 3 de julio de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el mencionado Diario Oficial de Extremadura, cuyo número identificativo de la BDNS es 707396.
El objeto de la referida resolución es convocar, en régimen de concesión directa y convocatoria abierta, las ayudas para la realización de eventos deportivos que tengan un especial interés para la Comunidad Autónoma de Extremadura realizados durante el año 2023, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 122, de 25 de junio), modificado por el Decreto 52/2019, de 30 de abril (DOE número 85, de 5 de mayo).
De conformidad con el punto 4 del apartado resolutivo séptimo de la resolución de convocatoria, el plazo para la presentación de las solicitudes fue el siguiente:
a. Si el evento deportivo finalizó con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas, el plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde la fecha de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
b. Si el evento deportivo finalizó después de la publicación de la presente convocatoria de ayudas, o el mismo día, el plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde el día de finalización del evento deportivo .
El punto 1 del apartado resolutivo quinto de la resolución de convocatoria establece que:
1. La financiación de la presente convocatoria se realizará, por importe de 180.000 €, con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al siguiente detalle:
a) 80.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
b) 100.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 .
En su punto 2, el apartado resolutivo quinto prevé que este importe podrá aumentarse, en función de que existan nuevas disponibilidades presupuestarias, de acuerdo con el artículo 29.3 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cual establece que en la convocatoria abierta para la concesión directa de subvenciones se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria, las cuales podrán ampliarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
Durante el año 2023 se estimaron solicitudes por importe de 79.777,35 €, con cargo a los 80.000 € previstos en la convocatoria para dicha anualidad.
Una vez recibidas y valoradas todas las solicitudes el importe total de las ayudas a conceder asciende a 203.522,36 €.
Dado que el importe del crédito disponible es insuficiente para atender las solicitudes presentadas y pendientes de resolver y existiendo disponibilidades presupuestarias que permiten aumentar el crédito de la convocatoria, resulta necesario ampliar el crédito de la misma, incorporándose crédito consignado en el proyecto de gastos 20050295 y aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000, fuente financiación CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, por importe de 23.522,36 €, a los 180.000 € euros inicialmente previstos, lo cual arroja un importe final de 203.522,36 €.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que se recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
A tenor de lo expuesto anteriormente, corresponde publicar anuncio para indicar que, tras la ampliación de créditos efectuada, el crédito total de la convocatoria queda fijado en 203.522,36 euros y se amplían los créditos previstos en el punto 1 del apartado resolutivo quinto de la convocatoria, con lo cual el citado punto queda redactado de la siguiente forma:
1. La financiación de la presente convocatoria se realizará, por importe de 180.000 €, con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al siguiente detalle:
a) 80.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
b) 123.522,36 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 .
Esta ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y no supone en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvención.
Mérida, 14 de marzo de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO