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ANUNCIO de 22 de marzo de 2024 por el que se notifica la resolución del procedimiento de las ayudas para inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondientes a la primera convocatoria de 2023.
DOE Número: 63
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 02 de abril de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Sector vitivinícola. Notificaciones.
Página Inicio: 18540
Página Fin: 18542
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
LOGOS
De acuerdo a los artículos 45 y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023; se notifica la resolución del procedimiento de las ayudas, convocatoria correspondiente al ejercicio de 2023, y que afectan a las solicitantes que se relacionan en el anexo adjunto.
En concordancia con el artículo 63.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, mediante resolución se acuerda tanto el otorgamiento de las subvenciones como la desestimación de las mismas.
En cuanto a las beneficiarias de las ayudas, adquirirán las obligaciones que se relacionan en los artículos 8 y 12 del citado Decreto 15/2023, sin perjuicio de las establecidas en la resolución de concesión o en la convocatoria. La ejecución de los proyectos aprobados deberá ajustarse a las condiciones, finalidad, prescripciones y plazos establecidos en la resolución individual de concesión de la subvención.
La inversión deberá ser justificada y pagada como máximo en dos ejercicios financieros, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. Las personas beneficiarias deberán justificar y solicitar el pago de la operación global de inversión o de la actuación correspondiente, antes del 1 de mayo de cada ejercicio financiero en el que esté prevista la presentación de dicha solicitud de pago y, de forma excepcional, en lo correspondiente al primer ejercicio financiero de la primera convocatoria, el plazo de justificación y solicitud del pago será hasta el 31 de mayo.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma Laboreo:
https://laboreo.juntaex.es/
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.
Mérida, 22 de marzo de 2024. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.
ANEXO
NOMBRE NIF N.º EXPEDIENTE
BODEGAS TORIBIO, SL *****2132 ISV-23-001
S. COOP. NTRA. SRA. DE LA SOLEDAD *****9740 ISV-23-002
S. COOP. CORAZÓN DE JESÚS *****1795 ISV-23-003
S. COOP. DEL CAMPO NTRA. SRA. DE BELÉN *****3734 ISV-23-004
S. COOP. SANTA MARÍA EGIPCIACA *****1076 ISV-23-005
PINTO CABALLERO, SLL *****5014 ISV-23-006
S. COOP. SAN ISIDRO DE VILLAFRANCA *****3206 ISV-23-007
S. COOP. MONTEVIRGEN *****3305 ISV-23-008
S. COOP. NTRA. SRA. DE PERALES *****2355 ISV-23-009
BODEGAS ROMALE, SL *****1679 ISV-23-010
VIÑAOLIVA S. COOP. *****4169 ISV-23-011
S. COOP. AGRIC. VIN. EXT. SAN JOSÉ *****3446 ISV-23-012
BODEGAS LOPEZ MORENAS, SL *****2547 ISV-23-013
S. COOP. AGRÍCOLA SANTA MARTA VIRGEN *****3404 ISV-23-014
LOPEZ MORENAS, SL *****0737 ISV-23-015
AGRO RIBERA NATURE, SL *****0129 ISV-23-016
VIÑA SANTA MARINA, SL *****1941 ISV-23-017
PARFOEX, SLU *****1968 ISV-23-018

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