RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, en los que se establece la posibilidad que tienen las personas de participar en la elaboración de disposiciones de carácter general, y con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elaborado el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, afectando el contenido de la norma proyectada a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y aconsejándolo la naturaleza de la disposición, procede acordar su sometimiento a trámite de audiencia e información pública, con la finalidad de que cualquier persona o entidad interesada pueda examinar el texto del proyecto y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de marzo), y una vez elaborado el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, esta Secretaría General,
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de marzo), y una vez elaborado el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de trámites de consulta, audiencia e información pública por un plazo de siete días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia y en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas, por cualquiera de los medios admitidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: dgayg.agds@juntaex.es
Segundo. El horario y lugar de exposición del citado proyecto de decreto a que se refiere este anuncio será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Servicio de Sanidad Vegetal, avenida Luis Ramallo, s/n., de Mérida (Badajoz).
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece la posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
Se modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, adaptándolo a las modificaciones normativas posteriores a la aprobación del Decreto 27/2022.
Asimismo, se pretende introducir mejoras técnicas, especialmente, para facilitar el ejercicio de los derechos de las personas y entidades interesadas.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
Habida cuenta de la importancia de las modificaciones normativas posteriores a la aprobación del Decreto 27/2022, el respeto del principio de jerarquía normativa, el de inderogabilidad singular de los actos administrativos y la elemental salvaguarda del principio constitucional y general del Derecho de la Unión Europea de seguridad jurídica obligan a modificar dicha norma reglamentaria.
Asimismo, la experiencia de la primera convocatoria ha motivado la introducción de mejoras técnicas de menor entidad, especialmente, para facilitar el ejercicio de los derechos de las personas y entidades interesadas.
Los plazos para el cumplimiento de los hitos y objetivos de este régimen de ayudas según la normativa vigente del Plan nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la imposibilidad de acudir al artículo 24.1, primer párrafo, del Decreto-ley 3/2021, para incorporar al presente decreto la nueva convocatoria por tratarse de la segunda convocatoria, exigen la tramitación de urgencia prevista en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia.
c) Los objetivos de la norma:
Mediante el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, que se modifica, se completan para la Comunidad Autónoma de Extremadura las normas especiales con la naturaleza jurídica de bases reguladoras establecidas por el Estado con el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se establece la primera convocatoria de dichas ayudas en el año 2022.
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras:
No se han encontrado otras posibles alternativas.
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección electrónica: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-agds.
Mérida, 22 de marzo de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ