Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado de la adjudicación de puestos a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a plazas vacantes pertenecientes al Grupo IV, categoría profesional de ATE-Cuidador/a de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 27 de febrero de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 44, de 4 de marzo), de la Dirección General de Función Pública, se dispuso la publicación de las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a plazas vacantes de personal laboral, pertenecientes a la categoría profesional de ATE-Cuidador/a del Grupo IV de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Resolución de 3 de abril de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 61, de 27 de marzo) se convocó a las personas aspirantes de la citada categoría profesional para que comparecieran el día 8 de abril de 2024, en acto público de elección de puestos, donde se procedió a la adjudicación de estos atendiendo al orden de puntuación total obtenida en las pruebas selectivas, y siempre que reuniesen los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en la base décima de la orden de convocatoria esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Hacer público el resultado del proceso de elección de puestos con expresión de los destinos adjudicados a cada persona aspirante aprobada en la categoría profesional de ATE-Cuidador/a, según figura en el anexo I a la presente resolución, a los efectos de formalización de los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, los cuales tendrán como fecha de inicio el día 17 de abril de 2024.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba de un mes para el acceso a las citadas categorías profesionales del Grupo IV.
No estarán sujetos al periodo de prueba aquellos que hayan desempeñado las mismas funciones en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo cualquier modalidad de contratación.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación del contrato temporal.
En el caso de que la persona aspirante aprobada esté en situación de incapacidad temporal la fecha de efectos de la toma de posesión será a partir de la fecha de alta.
Segundo. Las personas aspirantes aprobadas deberán presentarse para la formalización de los correspondientes contratos de trabajo en la fecha, hora y lugar que se especifica en el anexo II de la presente resolución.
En dicho acto no tendrán que presentarse las personas aspirantes que estén en situación de incapacidad temporal.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resulto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 9 de abril de 2024.
El Director General de Función Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023(DOE n.º 156, del 14).
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
ANEXO II
Categoría: ATE-Cuidador/a.
Fecha: 12 de abril de 2024.
Lugar: Escuela de Administración Pública.
Avda. de la Libertad, s/n., de Mérida.
Hora: 10:45 horas.