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Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 96/2023, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz en el procedimiento abreviado n.º 29/2023.
DOE Número: 7
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 10 de enero de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: Resolución
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 1722
Página Fin: 1723
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La sentencia n.º 96/2023, de 19 de octubre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz en el procedimiento abreviado n.º 29/2023, promovido por D. Christian Rubén Durán Tienza, contra la Resolución dictada el 12 de diciembre de 2022, por el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, por la que acordó excluir al recurrente de la bolsa de trabajo de que dispone para la selección de personal estatutario temporal en la categoría de Enfermero/a, ha estimado la demanda interpuesta por la parte demandante.
La citada sentencia n.º 96/2023, de 19 de octubre de 2023, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz, ha adquirido firmeza según se ha informado mediante la Diligencia de Ordenación de dicho Juzgado, de 9 de noviembre de 2023.
En relación con lo anterior, el artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece:
1. Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Por tanto, de conformidad con lo anterior y con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia n.º 96/2023, de 19 de octubre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz en el procedimiento abreviado n.º 29/2023, promovido por D. Christian Rubén Durán Tienza, cuyo tenor literal es el siguiente:
Que estimando íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don Christian Rubén Durán Tienza contra la Resolución dictada el 12/12/2022 por el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, por la que acuerda excluir al recurrente de la Bolsa de Trabajo de que dispone para la selección de personal estatutario temporal en la categoría de Enfermero, debo acordar y acuerdo revocar dicha resolución por entenderla no ajustada a Derecho, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dicha decisión y declarando el derecho del recurrente a ser mantenido en la bolsa de trabajo, anulando su exclusión, así como entender aceptado el llamamiento realizado en fecha de 6 de septiembre de 2022 para el nombramiento ofertado, con todas las consecuencias legales que se derivasen del mismo, a determinar en ejecución de sentencia, con los intereses legales de las cuantías que en su día se determinen, a contar desde la interposición de la reclamación administrativa previa; y con imposición de las costas del procedimiento a la parte demandada .
Segundo. Realizar todas las actuaciones necesarias para su correcta y completa ejecución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 28 de diciembre de 2023.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS

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