RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2024, de la Vicepresidencia del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2023 del mismo.
TEXTO ORIGINAL
La legislación autonómica en el artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y la legislación estatal en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establecen que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, serán objeto de Oferta de Empleo Público, deberán ser aprobadas anualmente por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas y debidamente publicadas en el diario oficial correspondiente.
Por su parte, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado aplicable a la presente Oferta de Empleo Público, establece en el referido artículo 20 apartado Uno.1 y 3, los límites y requisitos que deben regir la incorporación de nuevo personal al sector público señalando en el mismo que 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empleo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual. .. 3. La configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento con el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo .
Dicho artículo 20 apartado Dos establece que la Oferta de Empleo Público se articulará a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien. b) Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores .
Las reglas para aplicar las tasas de reposición de efectivos, se concretan en el apartado Tres del referido artículo 20: Para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado tres.4, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas , no computando Las plazas que se convoquen por promoción interna, ni los ceses derivados de dichos procesos ni “Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial”.
Una vez finalizado el proceso de estabilización del personal del Consorcio, procede ahora adoptar las medidas necesarias para evitar un nuevo incremento de la tasa de temporalidad, aprobando anualmente las Ofertas de Empleo que garanticen la cobertura con carácter definitivo de las plazas cubiertas interinamente que deben ser objeto de oferta libre.
Dada cuenta que la presente oferta de empleo ha sido debidamente negociada con las organizaciones sindicales con representación en Promedio, constituyéndose Mesa General de Negociación al objeto con fecha 23 de febrero del presente año.
Visto el informe jurídico favorable a la propuesta de oferta de empleo público aprobada en Mesa General de Negociación celebrada entre los representantes de la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la misma y anteriormente referida, emitido con fecha 8 de abril de 2024.
En virtud de la potestad de autoorganización de Promedio, reconocida en el artículo 4.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, visto el artículo 124 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en uso de las facultades y competencias que me son conferidas por el artículo 12.2.q) de los Estatutos de este Consorcio publicados en el BOP de fecha 11 de agosto de 2022.
HE RESUELTO:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público para 2023 integrada por la Oferta de plazas de cobertura por turno libre que se detallan en anexo a esta resolución.
Segundo. Los procesos selectivos en los que se articulará la oferta de plazas garantizará el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los contemplados en el artículo 55.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 88 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Tercero. De lo ordenado en la presente resolución se dará conocimiento al Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Badajoz, en virtud de la encomienda de gestión existente en la materia, quedando encargada citada Área de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y procediendo a efectuar los demás trámites necesarios para llevar a cabo la presente Oferta de Empleo Público para 2023 de Promedio.
Badajoz, 8 de abril de 2024. El Vicepresidente del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, JUAN MARÍA DELFA CUPIDO.
ANEXO I
OFERTA TURNO LIBRE: 2
DENOMINACIÓN PLAZA
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GRUPO
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RÉGIMEN
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N.º PLAZAS
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TCO/A. MEDIO GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
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A2
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LABORAL
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1
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TCO/A. AUXILIAR INFORMÁTICA
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C1
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LABORAL
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1
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TOTAL PLAZAS
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2
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