Orden de 10 de abril de 2024 por la que se modifica la composición del Tribunal de Selección que ha de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 9 de noviembre de 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
Con posterioridad a la fecha indicada, han concurrido en determinados integrantes de los Tribunales de selección, algunas de las circunstancias de las legalmente previstas que imposibilitan su actuación por motivos de abstención y renuncia, siendo necesario, por tanto, su modificación para garantizar la adecuada composición y la eficacia de su actuación.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal,
DISPONE:
Modificar la Orden de 9 de noviembre 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de abril de 2024.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
M.ª ELENA MANZANO SILVA
ANEXO I
Mediante Orden de 9 de noviembre de 2023 (DOE n.º 218, de 14 de noviembre) se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022 para el acceso a plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición y en relación con el anexo de la misma:
— En la página 57614.
Tribunal N.º 2.
Especialidad: Controlador Pecuario.
Vocal Titular.
Donde dice: José Manuel Rosado Dionisio .
Debe decir: Eloísa Pallero Espadero .
Vocal Suplente.
Donde dice: Eloísa Pallero Espadero .
Debe decir: Nicolás Díaz Rubio .
— En la página 57616.
Tribunal N.º 4.
Especialidad: Técnico Educación Infantil.
Vocal Titular.
Donde dice: Rosa M.ª Alfonso Canchado .
Debe decir: Ana M.ª Barrero Gómez .
Vocal Suplente.
Donde dice: Ana M.ª Barrero Gómez .
Debe decir: Julia M.ª Borrella Romero .