MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la distribución de los créditos asignados en el Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):660224
Con fecha 25 de noviembre de 2022, se publica en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 8, de 11 de enero de 2024, modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la distribución de los créditos previstos en el apartado 13 de la disposición adicional primera del Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria, publicado con fecha 25 de noviembre de 2022, en el Diario Oficial de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es):
— Para la anualidad 2024:
Aplicación Presupuestaria 120050000; G/354C/76000; FR14080200; 20150163: 18.500€
Aplicación Presupuestaria 120050000 G/354C/77000; FR14080200;20150163: 6.440.000€
— Para la anualidad 2025:
Aplicación Presupuestaria 120050000; G/354C/76000; FR14080200; 20150163: 3.000€
Aplicación Presupuestaria 120050000 G/354C/77000; FR14080200; 20150163: 1.551.000€
Teniendo en cuenta que la propuesta provisional de resolución de estas subvenciones han sido publicadas en el DOE n.º 44, del día 4 de marzo de 2024 y que las actividades que se subvencionan tienen un plazo de ejecución de 12 meses se prevé que el pago de las mismas se realizará en el primer semestre de la anualidad 2025 por lo que es necesario realizar una distribución distinta de los créditos incluidos en la presente convocatoria y siempre de conformidad con el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de como quedarían los nuevos importes y su distribución, produciéndose ésta, en todo caso, antes de la resolución de las concesiones, y sin que tal publicación implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver, con el objeto de poder acondicionar la disponibilidad de los créditos previstos inicialmente, a las necesidades reales de gasto.
Por todo lo anterior, se procede al anuncio de la modificación de los créditos previstos en el apartado 13 de la disposición adicional primera del Decreto 113/2022, en las aplicaciones presupuestarias; Centro gestor 230020000, Posición presupuestaria G/354C/77000 y 76000, fuente de financiación FR14080200, Proyecto 20150163, y a la modificación del extracto, por el que se establece la siguiente distribución por anualidades de manera que se mantiene el importe global de la convocatoria en 8.012.500 euros:
Posición presupuestaria G/354C/76000.
— 21.500 euros con cargo a la anualidad 2025.
Posición presupuestaria G/354C/77000.
— 7.991.000 euros con cargo a la anualidad 2025.
Mérida, 11 de abril de 2024.
La Secretaria General,
M.ª AMPARO GÓMEZ-LANDERO GUIJARRO