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ANUNCIO de 19 de abril de 2024 por el que se notifica el requerimiento de subsanación para las solicitudes de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura convocatoria 2023, presentadas al amparo del Decreto 26/2023, de 29 de marzo.
DOE Número:
86
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
lunes, 06 de mayo de 2024
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
consejería de gestión forestal y mundo rural)
Rango:
ANUNCIO
Descriptores:
Aprovechamientos forestales. Notificaciones.
Página Inicio:
23237
Página Fin:
23239
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 26/2023, de 29 de marzo (DOE n.º 108, 7 de junio) establece las bases reguladoras y aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El citado decreto, en su artículo 20, determina que cuando la solicitud de iniciación no reúna todos los requisitos exigibles, el requerimiento de subsanación se notificará mediante publicación en el DOE, en la web http://www.juntaex.es.
Por tanto, en virtud de lo previsto en el Decreto 26/2023, de 29 de marzo, una vez realizada la revisión administrativa de las solicitudes presentadas, se notifica a los interesados relacionados en el anexo adjunto, que la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no se acompaña de los documentos preceptivos, por lo que se les requiere para que en el plazo improrrogable de diez días hábiles subsanen la falta o presenten dichos documentos. El cómputo del plazo comenzará a contar desde día siguiente a aquel en el que tenga lugar la publicación de este anuncio.
Las incidencias señaladas en el anexo deberán corregirse subsanando las faltas o entregando la documentación necesaria (indicando el número de expediente), con expresa advertencia de que si no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución expresa dictada en los términos previstos en el artículo 21 del mismo texto legal.
Mediante este anuncio se notifica el requerimiento según lo exigido en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El presente requerimiento constituye un acto de trámite no cualificado, por lo que no es susceptible de recurso en vía administrativa ni jurisdiccional.
Mérida, 19 de abril de 2024. El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, RICARDO ROMERO PASCUA.
ANEXO
N.º EXPEDIENTE
SOLICITANTE DNI/NIF
Incidencia encontrada
23SIT0100001
B88363007
1, 2 y 7
23SIT0100003
006968349Q
1, 4, 8 y 9
23SIT0100004
008316996N
1, 8 y 9
23SIT0100006
034781978K
2, 4 y 6
23SIT0100008
P1017400A
1, 5 y 10
23SIT0100011
B10360527
2
23SIT0100018
016056555W
2 y 6
23SIT0100024
B06666879
1, 2, 4, 5 y 6
23SIT0100026
B06556088
1
23SIT0100027
B06218259
5 y 6
23SIT0100028
E41388158
1
23SIT0100029
B48452023
1, 2, 4, 6
23SIT0100032
080088845Q
1, 2 y 6
23SIT0100034
028692969D
1
23SIT0100035
B88255575
3 y 7
23SIT0100038
B06699573
2 y 7
23SIT0100040
080060383M
1, 2, 4 y 6
23SIT0100042
080083793R
9
23SIT0100044
A10008332
2, 3, 4, 5 y 6
23SIT0100048
008831533Q
1, 2 y 6
23SIT0100049
008781497M
1, 2, 4 y 6
23SIT0100050
076035684F
1, 2 y 6
23SIT0100051
076050770M
1, 8 y 9
23SIT0100053
007446975N
1 y 2
1. Memoria técnica valorada de la inversión.
2. Acreditación que se trata de una persona autónoma o una PYME del sector forestal (Código CNAE, IAE etc).
3. Escritura de constitución.
4. Documento acreditativo de la representación del representante.
5. Acreditación de la identidad del representante.
6. Fotocopia del NIF/CIF.
7. Certificación actualizada del Registro Mercantil o registro público correspondiente.
8. Acreditación de la identidad del solicitante.
9. Solicitante titular de derechos reales.
10. Certificado del acuerdo de solicitar la subvención.
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