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RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos de los procedimientos de "Cambio de domicilio o cese de actividad, de empresa de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos x de diagnóstico médico (EVAT)" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
DOE Número: 89
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 09 de mayo de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Trámites telemáticos.
Página Inicio: 23676
Página Fin: 23681
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
En relación con el procedimiento de Cambio de domicilio o cese de actividad, de empresa de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico (EVAT) este trámite viene establecidos, en el Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
En concreto, su tramitación se encuentra recogida en el artículo 9.4, que establece que, el cambio de domicilio, así como el cese de actividades se notificarán al órgano que otorgó la autorización, en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que éstos se hayan efectivamente producido.
En este caso, esta notificación que alude el artículo citado del reglamento, relacionada con este trámite, se practicará por medio de la presentación de la presente comunicación, cuya tramitación no corresponde con una autorización administrativa, ni requiere de informe previo del Consejo de Seguridad Nuclear.
Las comunicaciones, de cambio de domicilio o cese de actividad estarán dirigidas por los interesados a la Dirección General con competencias en materia de ordenación industrial, que será la competente para su registro y tramitación posterior, así como la comunicación al Consejo de Seguridad Nuclear y de acuerdo con el artículo 10, al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Los titulares de empresas de estas actividades, dada su capacidad económica, pero ante todo su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos, necesarios para relacionarse con la Administración.
La realización de este trámite se efectuará íntegramente por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo la Sede Electrónica Corporativa de la Junta de Extremadura el punto de acceso para la presentación por parte de los interesados de cualquier solicitud, comunicación, declaración responsable o documento.
La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público contemplan que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones Públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.
Una vez que se han desarrollado las herramientas de tramitación por medios electrónicos, las aplicaciones informáticas han sido habilitadas y es posible el uso por los ciudadanos, procede hacer pública dicha disponibilidad y publicar el modelo de formulario a emplear para cada uno de ellos.
Por otro lado, se ha integrado en el formulario, en el apartado de protección de datos una dirección URL, que da acceso a la consulta de la cláusula a través de los servicios de la Sede Electrónica y para el ejercicio de los derechos correspondientes.
En base a lo expuesto y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28 de julio) y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el citado Decreto 77/2023 (DOE Extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre),
RESUELVE:
Primero. Realizar la publicación de la disponibilidad de tramitación por medios electrónicos, para el procedimiento de Cambio de domicilio o cese de actividad, de empresa de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos x de diagnóstico médico (EVAT) .
Segundo. Aprobar el modelo oficial de comunicación para la notificación del mismo, que se adjunta como anexo a la presente resolución, ordenando su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Sede Electrónica Corporativa y en el portal juntaex.es de la Junta de Extremadura.
Tercero. Este formulario, que se adjunta como anexo a la presente resolución, deberá ser utilizado para su presentación y tramitación obligatoria del procedimiento por medios electrónicos, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 19 de abril de 2024.
La Directora General de Industria, Energía y Minas,
RAQUEL PASTOR LÓPEZ

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