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Extracto del Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 90
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 10 de mayo de 2024
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango: Extracto
Descriptores: Digitalización. Subvenciones.
Página Inicio: 23835
Página Fin: 23836
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):759271
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es) y en el Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Destinatarios últimos de las ayudas.
Podrán obtener la condición de persona beneficiaria, las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
Segundo. Objeto.
1. Las ayudas tienen por objeto la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y aprobar la primera convocatoria estas ayudas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La finalidad del programa de ayudas es la ejecución parcial de la inversión C15.I2 Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial de la componente 15 Componente digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos (Programa UNICO-Industria y empresas).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Intensidad máxima de las ayudas y cuantía máxima.
1. Se entiende por intensidad de ayuda el importe bruto de la ayuda expresado en porcentaje de los costes subvencionables del proyecto.
La intensidad máxima de la ayuda será del 80 por ciento del coste de todos los conceptos subvencionables.
2. Se definen tres zonas geográficas de actuación con las siguientes cuantías máximas asignadas:
— Zona Cáceres: 105.000 €.
— Zona Badajoz 1: 1.567.400,00 €.
— Zona Badajoz 2: 1.708.029,00 €.
3. El importe de la convocatoria asciende a tres millones trescientos ochenta mil cuatrocientos veintinueve euros (3.380.429,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 140070000/332A/77000, código fondo MR05C15I02, inversión C15.I2 Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial , de la componente 15 Componente digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G , proyecto de gasto 20220217, “Ayudas refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos”, previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
El crédito asignado para la anualidad de 2024 será 3.380.429,00 €.
Quinto. Plazo y presentación de Solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, (DOE) (http://doe.juntaex.es/), de conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Digitalización Regional, se ajustará al modelo normalizado del anexo I destinado al efecto que acompañará la convocatoria y estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es en el apartado de Solicitud y anexos del trámite .
Mérida, 26 de abril de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN

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