Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 1 de mayo de 2024 por el que se somete a información pública la revisión y la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la planta de biomasa, cuya titular es Ence Energía Extremadura, SL, en el término municipal de Mérida.
DOE Número: 90
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 10 de mayo de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 23953
Página Fin: 23955
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a los artículos 10 y 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y a los artículos 16.4 y 15.5 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, se comunica al público en general que la solicitud de revisión y modificación sustancial de la autorización ambiental integrada (AAI) del proyecto de ampliación y mejora de la fábrica de biomasa, cuya titular es Ence Energía Extremadura, SL, en el término municipal de Mérida (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el Módulo 2, planta 2.ª del Edificio III Milenio ubicado en la avda. Valhondo, s/n., de Mérida (Badajoz).
El artículo 26.2 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación establece que, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las mejores técnicas disponibles (MTD) referidas a la principal actividad de una instalación, el órgano competente garantizará que se hayan revisado y, si fuera necesario, adaptado todas las condiciones de la AAI de la instalación de que se trate, para garantizar el cumplimiento de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en particular de su artículo 7. En este sentido, con fecha 30 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Decisión 2021/2326/UE, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) para grandes instalaciones de combustión, motivo por el cual se lleva a cabo este procedimiento de revisión de AAI.
Por otra parte, la solicitud de AAI ha sido remitida por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 16/2015, la AAI precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Real Decreto Legislativo 1/2016:
La actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. En particular, está incluida en las categorías 1.1.a de su anejo I, relativa a Instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW: Instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario o en régimen especial, en las que se produzca la combustión de combustibles fósiles, residuos o biomasa.
— Actividad:
La planta de biomasa de Ence Energía Extremadura, SL, de Mérida tiene una capacidad de 71,15 MW térmicos. Está diseñada para la generación de 20 MW de electricidad por medio de un turbogenerador, mediante el procesamiento de aproximadamente 180.000 toneladas de astillas de cultivo energético (chopo) más residuos forestales en un 60% y 40% respectivamente.
La planta de biomasa de Ence Energía Extremadura, SL, de Mérida cuenta con autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 21 de junio de 2011, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental. Esta AAI se publicó en el DOE n.º 124, de 29 de junio de 2011. Posteriormente se han otorgados varias modificaciones no sustanciales de la AAI.
— Ubicación:
La actividad se ubica en la parcela 167, 16 del polígono 48 del término municipal de Mérida (Badajoz). Las coordenadas geográficas representativas de la instalación son: X: 729200.76Y: 4303720.97; ETRS89, huso 29.
— Proyecto de modificación sustancial:
El proyecto de modificación sustancial consiste en la valorización del residuo con código LER 15 01 03 relativo a envases de madera mediante la operación de valorización R01 del anexo I de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular Utilización principal como combustible u otro modo de producir energía .
El almacenamiento de estos residuos se llevaría a cabo en una superficie de 4.000 m2 aproximadamente en el almacenamiento de madera existente, entre las islas 1, 2, 3 y 4, pavimentadas con hormigón y con red de drenaje a tanque de tormentas.
Ence Energía Extremadura, SL, prevé una gestión de 9.900 t de envases de madera al año, con un tiempo de almacenamiento máximo en la instalación de 1 año.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 1 de mayo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal