Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para financiar los gastos en funcionamiento destinados a comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones durante el 2024.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 732532
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en el Decreto del Presidente 40/2021, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 184, de 23 de septiembre) y en la convocatoria y no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones correspondiente al ejercicio 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto del Presidente 40/2021, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 184, de 23 de septiembre).
Cuarto. Cuantía.
Se destinará una cantidad total de ciento treinta mil euros (130.000,00 €), con cargo a los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 02004/253C/48000, proyecto de gasto 20160007 Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior y con fuente de financiación CA de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y hasta el 29 de octubre de 2024.
Sexto. Otros datos.
El pago de la subvención se realizará, previa justificación de, al menos, el 50% de los gastos de funcionamiento subvencionados, en un único abono, por el importe total de la ayuda concedida y estará exento de la prestación de garantías.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL