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RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone incluir a varios aspirantes en las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Órdenes de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a plazas vacantes de los Grupos IV y V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 92
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 14 de mayo de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: consejería de hacienda y administración pública
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Relación de aprobados.
Página Inicio: 24176
Página Fin: 24178
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por Órdenes de 16 de diciembre de 2021 se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de los Grupos IV y V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Finalizadas las fases de oposición y concurso, por Resoluciones de 27 de febrero de 2024, de esta Dirección General, se dispuso la publicación de las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Órdenes de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a plazas vacantes de personal laboral de los Grupos IV y V de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Categorías Auxiliar de Enfermería y Ayudante de Cocina, respectivamente.
La base décima, punto tercero, de las Órdenes de convocatoria dispone, con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de ellas desierta, que si alguno de los/as aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo no for­malizara el contrato por renuncia u otras causas imputables al mismo, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, adjudicará los puestos correspon­dientes a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados/as en las listas de­finitivas, hubieran superado todas las pruebas selectivas, por el orden de puntuación total alcanzada.
En consecuencia, habiendo sido excluidos en el acto de elección de plazas, por no cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria, los/as aspirantes D.ª María de las Mercedes Sanz Manzano y D. Juan Cristian Barea Álvarez de la relación definitiva de aprobados del Grupo IV, Categoría Auxiliar de Enfermería, y la aspirante D.ª Antonia López Herrera de la relación definitiva de aprobados del Grupo V, Categoría Ayudante de Cocina, publicadas mediante resoluciones de 27 de febrero de 2024 de esta Dirección General, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en la base anteriormente citada, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la inclusión en la relación definitiva de aspirantes que han aprobado las pruebas selectivas correspondiente al Grupo IV, Categoría Auxiliar de Enfermería de D.ª Julia Sosa Alvarado con DNI ***6506** con un total de 17,500 puntos y de D. Luján Riesgo Ramos con DNI ***0676** con un total de 17,489 puntos.
Segundo. Hacer pública la inclusión en la relación definitiva de aspirantes que han aprobado las pruebas selectivas correspondientes al Grupo V, Categoría Ayudante de Cocina de D. Fernando López Soria con DNI ***1042** con un total de 21,833 puntos.
Tercero.
1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de esta resolución, los/as citados aspirantes deberán presentar en cualquiera de las oficinas de registro de docu­mentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la base novena de la convocatoria.
Así mismo, dentro del plazo indicado en la misma, los aspirantes deberán someterse, previa citación, a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad a la que optan.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad, el aspirante no podrá ser nombrado personal laboral fijo, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos necesarios, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
3. En el supuesto de que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Convocatoria, no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer di­rectamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 6 de mayo de 2024.
El Director General de Función Pública,
(DOE n.º 156, de 14 de agosto),
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO

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