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Extracto de la IX convocatoria pública de ayudas Leader de la Comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja en inversiones en servicios básicos para la economía y la población rural.
DOE Número: 98
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 22 de mayo de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Extracto
Descriptores: Desarrollo rural. Ayudas.
Página Inicio: 25889
Página Fin: 25890
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):761629
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación inversiones en servicios básicos para la economía y la población rural.
Esta convocatoria se publica al amparo de la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, de la submedida 19.2 apoyo para la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca Sierra de Montánchez y Tamuja: Albalá, Alcuéscar, Almoharín, Aldea del Cano, Arroyomolinos, Benquerencia, Botija, Casas de Don Antonio, Montánchez, Plasenzuela, Ruanes, Salvatierra de Santiago, Santa Ana, Santa Marta de Magasca, Sierra de Fuentes, Torre de Santa María, Torremocha, Torreorgaz, Torrequemada, Valdefuentes, Valdemorales y Zarza de Montánchez.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de beneficiarios las entidades locales, que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 550.000,00 €, que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 14 de mayo de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ

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