Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2023-2024, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador, al amparo del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):675161
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 31 de fecha 14 de febrero de 2023, Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo y se aprobó la primera convocatoria, para el período 2023-2024, de las subvenciones para el Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador , cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
Los créditos iniciales de la convocatoria para el Programa II eran:
20230058 Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS) , financiado por Fondo Social Europeo Plus por un importe de 2.395.000,00 euros, de los cuales 1.796.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024.
Los créditos de la convocatoria para el Programa II, de conformidad con la Modificación del Extracto y Anuncio publicados el 23 de noviembre de 2023 en el DOE núm. 225, son los que se detallan a continuación:
20230058 Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS) , financiado por Fondo Social Europeo Plus por un importe de 4.895.000,00 euros, de los cuales 4.296.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024, posición presupuestaria 140130000 (antes 130080000) G/242A/47000 FS21411A04 20230058.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por todo lo anterior se procede al anuncio de ampliación de crédito previsto en el artículo 13.6 y en la disposición adicional única.Once.2 del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, correspondiente del proyecto de gastos del Programa II, anualidad 2024, 20230058 Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS) por importe de 800.000,00 euros y a la Modificación del Extracto de 14 de febrero de 2023 en el apartado cuarto referido a la financiación y cuantía de la subvención, de manera que la aplicación, proyecto y cuantía correspondiente a las ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la siguiente:
Los créditos de la convocatoria para el Programa II: 20230058 Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS) , financiado por Fondo Social Europeo Plus por un importe de 5.695.000,00 euros, de los cuales 4.296.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 1.398.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024, posición presupuestaria 140130000 (antes 130080000) G/242A/47000 FS21411A04 20230058.
Mérida, 16 de mayo de 2024.
(PD, Resolución 14/09/2023,DOE nº. 180 de 19/09/2023),
El Secretario General del SEXPE
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO