ORDEN de 20 de mayo de 2025 por la que se nombra funcionario de carrera a la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022, de carácter excepcional, por el procedimiento de concurso-oposición, para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Orden de 23 de diciembre de 2022, modificada por Orden de 17 de diciembre de 2024, se convocaron pruebas selectivas, de carácter excepcional, por el procedimiento de concurso-oposición, para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública se hizo pública, de conformidad con lo previsto en la Base Décima de la convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura número 90, de 13 de mayo la adjudicación de puesto a la persona aspirante seleccionada en dichas pruebas selectivas.
En consecuencia, dando cumplimiento a lo dispuesto en la base décima de la orden de convocatoria, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONE:
Primero. Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo Subalterno/a, Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la persona aspirante que se relaciona en el anexo a la presente orden.
Segundo. Para adquirir la condición de funcionario de carrera deberá acatar la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico conforme a lo previsto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como tomar posesión de su destino el día 1 de junio.
Tercero. La persona aspirante nombrada deberá aportar en el momento de la toma de posesión la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, o la opción o solicitud de compatibilidad previstos en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 20 de mayo de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 156 de 14 de agosto)
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO