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EXTRACTO de la Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Secretaría General, de aprobación de la convocatoria de 2025, de subvenciones destinadas a financiar los costes de la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, programado en acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad y dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
DOE Número: 103
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 30 de mayo de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Formación Profesional Continua. Subvenciones.
Página Inicio: 30821
Página Fin: 30822
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 833338
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y (http://www.infosubvenciones.gob.es ) en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
La resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar los costes derivados de la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, que haya sido programado en las acciones formativas de la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras ocupadas a que hace mención el apartado tercero de esta resolución.
Segundo. Beneficiarios.
Centros y entidades de formación que hayan sido beneficiarios de las subvenciones destinadas a financiar la ejecución de las acciones formativas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad y dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas con cargo a la siguiente convocatoria:
— Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General del SEXPE, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024 (DOE n.º 10, de 15 de enero de 2024).
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se rige por las bases reguladoras contenidas en la sección primera, disposiciones comunes , y la sección segunda, subvenciones para la realización de prácticas profesionales no laborales , del capítulo IV relativo a las ayudas complementarias a la formación, de la Orden de 23 de septiembre de 2020, por la que se regula la formación profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación (DOE n.º 195, 7 de octubre de 2020).
Cuarto. Cuantía.
1. La cuantía máxima de la subvención a conceder a cada centro o entidad de formación beneficiaria para financiar los costes de los tutores del módulo de formación práctica en centros de trabajo, se determinará mediante el producto del número de horas de prácticas por el número de alumnos que completan las prácticas y por 3 euros.
2. La cuantía total prevista inicialmente para el período de vigencia de la presente convocatoria asciende a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €) con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto 20210293 Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y formación profesional. Iniciativas de formación trabajadores ocupados , de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para los ejercicios 2025 y 2026 y con fuente de financiación Transferencia del Estado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del módulo de formación práctica en centros de trabajo por el/la último/a alumno/a participante del programa de formación, teniendo en cuenta el plazo máximo de realización de las prácticas y su posible ampliación, según lo previsto en el artículo 20.8 de la Orden de 23 de septiembre de 2020 y, en todo caso, dentro del periodo máximo de vigencia de la presente convocatoria.
El plazo máximo de vigencia de la presente convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes, será de un año, a contar desde el día siguiente al de la publicación de ésta y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la página web de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/w/5804?inheritRedirect=true ) y en la web del Servicio Extremeño Público de Empleo ( https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ ) pudiéndose acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución 14 de septiembre de 2023, DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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