MODIFICACIÓN del Extracto de las ayudas PAC campaña 2025/2026, Pago de compensación para zonas con limitaciones naturales significativas, según Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 811628
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/811628 )
Mediante Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del plan estratégico de la Política Agrícola Común y la regulación de la solicitud única en el sistema de gestión y control se habilitó a las Comunidades Autónomas en su artículo 108 a ampliar anualmente y siempre previa comunicación motivada al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., el plazo de presentación de solicitud única en su ámbito territorial de actuación. Para el establecimiento de estos plazos, las comunidades autónomas habrán de tener en cuenta el plazo necesario para la obtención de todos los datos pertinentes para una correcta gestión administrativa y financiera de la ayuda, garantizando una programación eficaz y certera de los controles a realizar.
De conformidad con lo establecido por dicha normativa, se publicó en el DOE con fecha 24 de enero de 2025, el Decreto 3/2025, de 21 de enero, por el que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica (DOE n.º 16, de 24 de enero de 2025,) que en su artículo 5.6 establece que el plazo para la presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.
El párrafo tercero de este artículo dispone que la Dirección General competente en materia de Política Agraria Común, por medio de Resolución, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, podrá ampliar, anualmente y previa comunicación motivada al Fondo Español de Garantía Agraria el plazo de presentación de solicitud única. En todo caso se establece que el plazo de presentación de solicitudes no podrá concluir con posterioridad al 15 de mayo de la anualidad vigente.
Con fecha 31 de enero de 2025 se publicó en el DOE la Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocaban, para la campaña 2025/2026, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, así como lo extractos de las correspondientes ayudas ,de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Mediante Resolución del Director General de Política Agraria Comunitaria, de fecha 15 de abril de 2025, publicada en el DOE n.º 77 de 23 de abril de 2025, se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 15 de mayo inclusive con la finalidad de garantizar una correcta presentación y gestión de las ayudas puesto que en la presente campaña se dan circunstancias que aconsejan la ampliación del indicado plazo de presentación de la solicitud única en la Comunidad Autónoma de Extremadura, puesto que debido a las abundantes lluvias recibidas desde principios de año, las superficies de regadío no están en estado aceptable para el laboreo y siembra, lo que ha provocado que el ritmo de presentación de solicitudes por las entidades colaboradoras no sea el deseado.
Por lo expuesto, se procede a modificar, el extracto de las ayudas PAC campaña 2025/2026, de Pago de compensación para zonas con limitaciones naturales significativas, quedando redactado en los siguientes términos:
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes:
Del 1 de febrero al 15 de mayo de 2025.
Mérida, 30 de abril de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ