Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 4 de junio de 2025 por el que se hace pública la relación de posibles personas solicitantes de las ayudas directas al sector del ovino, contempladas en el capítulo 2 del Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 05 de junio de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Medidas urgentes. Notificaciones.
Página Inicio: 32186
Página Fin: 32187
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo (DOE n.º 106, de 4 de junio) de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) regula, en su artículo 5, el procedimiento de concesión directa de la ayuda a personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas de ganado ovino que figuren registradas en BADIGEX (base de datos del Registro de explotaciones ganaderas, identificación y trazabilidad animal de Extremadura), que hayan notificado la sospecha de padecer la lengua azul en sus explotaciones a las autoridades sanitarias de sanidad animal en la Comunidad autónoma de Extremadura, a través de la aplicación habilitada a tal efecto, entre el 1 de septiembre de 2024 y el 15 de enero de 2025, y que como consecuencia de la incidencia de esta enfermedad hubieran perdido más del treinta por cien de su potencial productivo, conforme a lo establecido en el capítulo II de dicho decreto-ley.
En el artículo 13.c) establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión será el Servicio de Producción Agrícola y Ganadera de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Asimismo, dispone que el órgano instructor publicará en el plazo máximo de 5 días hábiles computados desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del decreto-ley, en el portal web Juntaex https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-ganadera , la relación provisional de beneficiarias y de las cuantías de las subvenciones a percibir e incidencias detectadas. Adicionalmente se informará de la publicación de dicha relación provisional mediante Anuncio en el Diario oficial de Extremadura.
En el plazo de los 5 días naturales, computados desde el siguiente al de la publicación de dicha relación provisional, las personas y entidades comprendidas en la misma, podrán comunicar su voluntad de desistir de la ayuda utilizando para ello el modelo normalizado previsto en el anexo I. En caso de no desistir, se entenderá que cumplen los requisitos de este decreto-ley, y aceptan la subvención a todos los efectos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
https://www.juntaex.es , dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-ganadera , desde donde se habilitará el acceso a la plataforma Arado para presentar la solicitud en virtud de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aquellas personas beneficiarias que hayan presentado Solicitud Única de la PAC para el ejercicio 2024, se utilizarán los datos y autorizaciones que en ella consten y que sean necesarias para resolver el expediente, así como el número de cuenta señalado como válido. En el caso de que no exista cuenta bancaria válida asociada a la presentación de solicitud única para el ejercicio 2024, se tomará como cuenta bancaria para el abono de la subvención cualquier otra cuenta que conste en el sistema de alta a terceros de la Junta de Extremadura.
En el caso de que la persona beneficiaria tuviera Incidencia de cuenta bancaria porque careciera de número de cuenta en los términos anteriormente señalados, deberá proceder a su alta a través del trámite Alta de Terceros en el Punto de Acceso General Electrónico, dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true
Para ampliar la información de cada expediente individualizado se podrá consultar en la plataforma laboreo https://laboreo.juntaex.es/.
Todos los actos administrativos integrantes, tanto del procedimiento principal de concesión de las subvenciones, como los conexos tales como el de comprobación, justificación, declaración de pérdida del derecho al cobro, de reintegro, de modificación de la resolución y similares se notificarán a las personas interesadas a través de la Plataforma Laboreo
(https://laboreo.juntaex.es ). La persona interesada recibirá un aviso SMS al teléfono móvil mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal Laboreo.
Las personas o entidades beneficiarias que no dispongan de acceso a la aplicación Arado podrán solicitar en las Oficinas Comarcales Agrarias las claves personalizadas de acceso.
Se informa que, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La publicación de la relación de posibles solicitantes surtirá los efectos de la notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 4 de junio de 2025. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2025 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal