EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 35/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura y se aprueba la única convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 838948
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Bases reguladoras y única convocatoria de ayudas en el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, para la financiación de préstamos para la adquisición de circulante a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura.
Segundo. Beneficiarias.
Las personas, explotaciones de titularidad compartida y comunidades de bienes titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible a 31 de diciembre de 2024 con uso olivar de secano y viña de secano, establecido en la disposición transitoria única del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 35/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura y se aprueba la única convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20150107, Medidas para la financiación del sector agrario , con una dotación total de tres millones quinientos mil euros (3.500.000,00 €), para las anualidades de 2026 a 2029, distribuidas de la siguiente manera:
Año 2026 (carencia): 1.175.000,00 €.
Año 2027: 1.175.000,00 €.
Año 2028: 750.000.00 €.
Año 2029: 400.000,00 €.
La subvención consistirá en subsidiar, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, 1,500 puntos porcentuales del tipo de interés de los préstamos subvencionables, que será fijo y como máximo del 3,000%, durante cuarenta y ocho meses, de los cuales los 12 primeros meses serán de carencia para la amortización del principal, sin perjuicio de que, si el crédito presupuestario no fuera suficiente, se reduzca por igual a todas las personas beneficiarias el porcentaje de intereses subsidiados en la cuantía que permita la disponibilidad presupuestaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentación de las solicitudes será de 60 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la de convocatoria y de este extracto.
Una vez cumplimentada la solicitud por la entidad colaboradora, se presentará en el registro electrónico a través de la plataforma ARADO (https://aradoacceso.juntaex.es ).
La dirección exacta donde está ubicado el trámite en el Punto de Acceso General es:
https://www.juntaex.es/w/0716525
Mérida, 19 de mayo de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ