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EXTRACTO de la Resolución de 3 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la pyme extremeña a través de su mejora competitiva, en la anualidad 2025.
DOE Número: 116
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 18 de junio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Pymes. Ayudas.
Página Inicio: 35184
Página Fin: 35185
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 839923
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es ).
Primero. Beneficiarios.
Pymes con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.
Segundo. Objeto.
Se subvencionan los siguientes tipos de proyectos:
1. Optimización de procesos mediante metodologías Lean u otras, dirigido a empresas que tengan una plantilla de, al menos, tres trabajadores. El importe subvencionable máximo oscila entre 6.000 y 30.000 euros, en función de cuál sea el volumen de trabajadores de la empresa.
2. Implantación y certificaciones de normas y sistemas de gestión. El importe subvencionable máximo oscila entre 4.000 y 13.000 euros, en función de cuál sea el tipo de norma.
3. Implantación de soluciones tecnológicas avanzadas para gestión eficiente de datos, producción y logística, dirigido a empresas que tengan una plantilla de, al menos, tres trabajadores. El importe subvencionable máximo oscila entre 15.000 y 25.000 euros, en función de cuál sea el volumen de trabajadores de la empresa.
4. Transición de los procesos y los productos a la economía verde y circular (ECOPYME), dirigido a empresas manufactureras y de construcción, que tengan una plantilla de, al menos, cinco trabajadores. El importe máximo subvencionable es de 15.000 euros.
5. Diseño de productos innovadores, envases y embalajes. El importe máximo subvencionable oscila entre 6.000 y 13.500 euros, según el tipo de proyecto a realizar.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, modificado por el Decreto 37/2025, de 7 de mayo.
Cuarto. Cuantía.
Para todas las líneas de proyectos se subvenciona el 80% del gasto subvencionable, abonándose de forma anticipada el 50% una vez notificada la resolución de concesión y el 50% restante una vez justificada la ejecución del proyecto.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Proyecto de Gasto 20240060 CONSOLIDAPYME. PROGRAMA PARA LA CONSOLIDACIÓN Y CRECIMIENTO DE LAS PYMES por un importe de 2.000.000 euros, distribuidos en 1.250.000 con cargo a la anualidad 2025 y 750.000 euros con cargo a 2026.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcentaje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones ; Prioridad 1.A Transición Digital e Inteligente y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la Resolución convocatoria de ayudas para la anualidad 2025 junto con el extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, finalizando a los dos meses a partir de la fecha de entrada en vigor.
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite, a través del siguiente enlace directo https://www.juntaex.es/w/0661723
Mérida, 3 de junio de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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