RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas en los procesos selectivos convocados, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público a plazas vacantes, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las categorías de Técnico/a de Educación Infantil, ATE-Cuidador/a e Intérprete de Lenguaje de Signos, por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, con fecha de 28 de julio de 2022, se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 151, de 5 de agosto).
De conformidad con lo anterior, mediante Órdenes de 28 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 28 de diciembre), modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 247, 23 de diciembre) se convocaron, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de personal laboral de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las categorías de Técnico/a de Educación Infantil, ATE-Cuidador/a e Intérprete de Lenguaje de Signos por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
En aplicación de lo previsto en las citadas Órdenes de convocatoria, mediante Resoluciones de la Dirección General de Función Pública de 10 de marzo (Diario Oficial de Extremadura número 51, 14 de marzo), 13 de marzo (Diario Oficial de Extremadura número 57, 24 de marzo), 8 de abril (Diario Oficial de Extremadura número 73, de 15 de abril), 21 de abril (Diario Oficial de Extremadura número 80, de 28 de abril) y 30 de mayo de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 110, de 10 de junio) se dispuso la publicación de la relaciones de personas aspirantes que han superado los procesos selectivos por las mencionadas categorías.
Con objeto de proceder a la adjudicación de puestos a las personas aspirantes seleccionadas en los citados procesos selectivos resulta necesario la realización de un acto de elección.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General de Función Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Convocar para que comparezcan al acto público de elección de plazas a las personas incluidas en las relaciones de personas aspirantes que han superado los procesos selectivos convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las categorías de Técnico/a de Educación Infantil, ATE-Cuidador/a e Intérprete de Lenguaje de Signos por el procedimiento de concurso de méritos y por el sistema excepcional de concurso de méritos, publicadas por Resoluciones de la Dirección General de Función Pública de 10 de marzo (Diario Oficial de Extremadura número 51, 14 de marzo), 13 de marzo (Diario Oficial de Extremadura número 57, de 24 de marzo), 8 de abril (Diario Oficial de Extremadura número 73, de 15 de abril), 21 de abril (Diario Oficial de Extremadura número 80, de 28 de abril) y 30 de mayo de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 110, de 10 de junio).
Segundo. El orden de adjudicación de las personas seleccionadas será el publicado en los anexos I de las citadas resoluciones.
En dichas categorías se adjudicará primero a las personas aspirantes seleccionadas por el procedimiento de concurso-oposición y posteriormente a las personas aspirantes seleccionadas por el sistema excepcional de concurso de méritos.
Los puestos a adjudicar serán los publicados en los anexos II de la mencionadas resoluciones.
Tercero. El acto de elección de plazas se celebrará en la fecha, lugar y hora que se especifica en anexo I de la presente resolución.
Cuarto. Las personas aprobadas deberán concurrir personalmente, provistos del DNI u otro documento que acredite la personalidad de modo fehaciente, o por medio de representante debidamente autorizado al efecto, acreditando su personalidad de igual forma que las personas interesadas.
Aquellas que no comparezcan en dicho acto o aun compareciendo no hagan elección, se les asignará una plaza de las que resulten no adjudicadas por el orden en que aparecen publicados en el anexo II de la resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se hizo pública la relación de personas aspirantes que superaron el proceso de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos.
Quinto. Para la realización del procedimiento de elección previsto en los apartados anteriores, se constituirá una Comisión compuesta por las personas que figuran en el anexo II de esta resolución.
El acto público de elección de plazas se sujetará a las siguientes normas:
1. Las personas aspirantes, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, serán llamadas atendiendo al orden que figura en el anexo I de la Resolución de 10 de marzo de 2025 de la Dirección General de Función Pública.
No serán llamados las personas aspirantes que hayan optado por otro cuerpo, grupo, especialidad o categoría.
2. Cada persona aspirante será llamada hasta un máximo de tres veces, quedando relegados a elegir plaza al final del acto quienes no atendieran a dicho llamamiento.
3. La persona aspirante o persona debidamente autorizada hará elección de plaza ante la Comisión, indicando el número de control de la misma, así como la localidad donde está ubicada, exhibiendo en este momento el documento que acredita su personalidad y, en su caso, la representación que ostente.
Cuando el puesto elegido esté identificado con la clave THM, acrónimo de trato habitual con menores, la persona aspirante deberá aportar en el mismo acto certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor o conceder autorización a esta Administración para recabar el referido certificado. En caso de optar por la referida autorización se remitirá modelo que figura como anexo III a la siguiente dirección oposiciones@juntaex.es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, debiendo aportar el original de dicho anexo en el acto de elección de puestos.
Por la Comisión se comunicará en alta voz al resto de las personas interesadas la plaza elegida por cada una de las personas aspirantes antes de ser llamado el siguiente.
Sexto. Una vez finalizado el proceso de elección de plazas y a la vista de su resultado, que se hará público en el Diario Oficial de Extremadura, se formalizarán por esta Consejería los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación del contrato temporal.
Séptimo. Dadas las limitaciones de aforo solo podrán asistir al acto de elección las personas seleccionadas, previa acreditación de su identidad.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de junio de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO