ANUNCIO de 4 de junio de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 29 de mayo de 2025 de este Ayuntamiento, acordó:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2025, que contiene los siguientes puestos de trabajo:
Personal funcionario:
CÓDIGO
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N.º VACANTES
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DENOMINACIÓN
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GRUPO
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SISTEMA ACCESO
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---|
19
|
1
|
Técnico Jurídico de Secretaría-Urbanismo
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A1
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Turno libre
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12
|
1
|
Técnico Gestión RR.HH.
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A2
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Promoción interna
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81
|
1
|
Subinspector Policía Local
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A2
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Promoción interna
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Personal laboral:
CÓDIGO
|
N.º VACANTES
|
DENOMINACIÓN
|
GRUPO
|
SISTEMA ACCESO
|
---|
22
|
1
|
Técnico Superior de Bienes y Contratos
|
A1
|
Turno libre
|
44
|
1
|
Responsable Municipal Servicio de Aguas
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C1
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Promoción interna
|
15
|
1
|
Administrativo
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C1
|
Promoción interna
|
16
|
1
|
Auxiliar Administrativo
|
C2
|
Concurso de traslados
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77
|
1
|
Auxiliar de Biblioteca
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C2
|
Promoción interna
|
33
|
1
|
Oficial de Pintura y Señalización
|
C2
|
Promoción interna
|
82
|
1
|
Ordenanza/Conserje
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C2
|
Concurso de traslados
|
Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público en el tablón de anuncios de la corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://montijo.sedelectronica.es ] y en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
Cuarto. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente Recurso de Reposición ante la Junta de Gobierno Local, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente".
Montijo, 4 de junio de 2025. El Alcalde Accidental, CARMELO PÉREZ SÁNCHEZ.