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RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2025, de la Consejera, sobre delegación del ejercicio de la vocalía del Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura.
DOE Número: 119
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 23 de junio de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Delegación de competencias.
Página Inicio: 35765
Página Fin: 35766
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura es el órgano consultivo de colaboración, estudio, coordinación y asesoramiento, deliberación y consulta tanto de la Administración de la Comunidad Autónoma como de la Administración Local para facilitar la participación de la ciudadanía y de los sectores directamente interesados en las materias reguladas por la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrito a la Consejería de la Junta de Extremadura que tenga las competencias en espectáculos públicos y actividades recreativas.
El Decreto 49/2021, de 26 de mayo, por el que se regula su régimen jurídico, organizativo y funcional (DOE núm. 103, de 1 de junio) establece en su artículo 6.1 que formará parte del citado Consejo en calidad de Vocal, entre otras, la persona titular de las Consejería competente en materia de Medio Ambiente, o en su caso personal adscrito a cada Consejería en la que expresamente se delegue, designando en todo caso una representante por cada una de las competencias citadas.
Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público prevé que los órganos de las diferentes Administraciones públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.
Asimismo, el artículo 72.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que las competencias de las personas titulares de las Consejerías podrán ser delegadas por éstas, entre otras, en las de las Direcciones Generales.
En consecuencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelvo la delegación de las siguientes competencias:
Primero. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería el ejercicio de la vocalía del Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura.
Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la delegación de competencias contenida en esta resolución indicarán expresamente esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión por delegación o su forma usual de abreviatura, seguida de la fecha de la presente resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Tercero. La delegación de competencias contenida en esta resolución será revocable en cualquier momento por el órgano delegante. El órgano delegante podrá avocar para sí el conocimiento de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Cuarto. El ejercicio de la vocalía que se va a ejercer por delegación no podrá, a su vez, delegarse, salvo autorización expresa de una ley.
Quinto. Esta resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 13 de junio de 2025.
La Consejera,
MERCEDES MORÁN ÁLVAREZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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