RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del Área Técnica de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores en Energía y Arquitectura Experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2025 a 2026.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 16 de junio de 2025, el Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del Área Técnica de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores en Energía y Arquitectura Experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2025 a 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 19 de junio de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA PLURIANUAL A FAVOR DEL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ROCAS ORNAMENTALES Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (INTROMAC) PARA FINANCIAR LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN DEL ÁREA TÉCNICA DE FOMENTO DE LA CALIDAD, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES EN LOS DEMOSTRADORES EN ENERGÍA Y ARQUITECTURA EXPERIMENTAL DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN (EDEA-CICE), EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y REGENERACIÓN URBANA DE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA, PARA LOS EJERCICIOS 2025 A 2026.
16 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Manuel Martín Castizo, que interviene en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en su calidad de Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio (DOE n º 140, de 21 de julio de 2023), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en los artículos 36 a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su sesión del día de 27 de mayo de 2025.
De otra parte, la Excma. Sra. Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023), que interviene en nombre y representación del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) en calidad de Presidenta, actuando en función de las competencias atribuidas en el artículo 15 de los Estatutos del Consorcio, aprobados por Decreto 276/2014, de 22 de diciembre (DOE n.º 249, de 29 de diciembre), con domicilio en Cáceres, Campus Universitario, Avda. de la Universidad s/n y con NIF V10240117.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. Que la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023), que modifica la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene asignadas las competencias en materia de infraestructuras viarias, transporte, ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
Así mismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE n.º 145, de 28 de julio de 2023), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, recoge en su artículo 29, como uno de los órganos directivos de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, la Secretaría General de Vivienda y Regeneración Urbana, a la que, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, se le asignan las competencias relacionadas con la calidad edificatoria, eficiencia y el control técnico de la edificación e impulso de nuevas tipologías de construcción y aquellas relativas a la regeneración, rehabilitación y renovación urbana y su desarrollo normativo.
De manera más concreta, el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre (DOE n.º 3, de 16 de septiembre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, indica en su artículo 5 entre otras, las siguientes competencias con especial incidencia en los objetivos del presente Convenio:
a) Diseñar, elaborar, ejecutar, coordinar y evaluar los planes y programas en materia de vivienda, arquitectura y regeneración urbana.
b) Impulsar la elaboración de planes y programas para la regeneración urbana a partir de la rehabilitación integral del parque de vivienda y de la mejora de sus entornos urbanos, a fin de mejorar las condiciones de vida y de relación de sus habitantes.
c) Promover la calidad de la edificación, atendiendo a las necesidades de seguridad, salubridad, habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética y adecuación al entorno urbano de los edificios.
d) Proponer los criterios generales que han de informar y orientar la planificación en materia de calidad en la edificación.
e) Impulsar el desarrollo de la normativa técnica general y la superior inspección y control sobre la calidad y rehabilitación de viviendas, así como la de las viviendas protegidas de promoción pública.
f) Atender a las necesidades particulares de los tipos arquitectónicos y sistemas constructivos tradicionales, facilitando su adaptación a los criterios generales de calidad en la edificación.
g) Gestionar programas de ayudas encaminados a la rehabilitación integral y mejora de la calidad de las viviendas, así como a la regeneración urbana de barrios.
h) Ejercer las competencias sobre eficiencia energética y accesibilidad en materia de vivienda, así como su control e inspección.
i) Gestionar el Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), así como fomentar y difundir su actividad investigadora.
j) Fomentar la colaboración y concertación con todos los agentes que intervienen en el sector de la edificación de vivienda y en el mercado inmobiliario, a través de los distintos mecanismos habilitados al efecto y, en particular, en el seno del Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura.
k) Promover y desarrollar estudios y análisis relacionados con la vivienda, la arquitectura, la calidad de la edificación y la regeneración urbana, así como acciones de sensibilización, formación, información y difusión de sus valores y de los instrumentos, planes y programas que se elaboren para tal fin en Extremadura.
Segundo. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente convenio tienen su origen en las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre Urbanismo y vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación contemplada en el art. 9.1.31 de su Estatuto de Autonomía en la redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero de reforma del mismo.
Haciendo uso de las mencionadas competencias se ha ido avanzando en el proceso de desarrollo normativo en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma, destacando la Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, que regula medidas de fomento de la calidad en la edificación, ahorro energético y fomento de materiales y energías sostenibles.
El carácter plurianual del convenio viene justificado por el tipo de actuaciones que se han de acometer en el mismo:
— La Actuación 1 Programa de fomento de la calidad en la edificación está constituida por acciones que deben ser continuas para asegurar su eficacia y el control de los laboratorios y entidades. Por una parte el Decreto 19/2013, de 5 de marzo (D.O.E. N.º.47, de 8 de marzo de 2013), por el que se regula el control de calidad de la construcción y obra pública establece, en su artículo 12, un régimen de inspecciones que tendrán una frecuencia anual, si bien pueden reducirse cuando los laboratorios o las entidades aporten auditorías, evaluaciones técnicas y certificaciones emitidas por un organismo independiente, en cuyo caso, eso se traduce en una periodicidad bienal (si el laboratorio o entidad lo solicita y la documentación presentada se considera conforme). Así mismo, el artículo 13 del citado Decreto establece en el caso de los laboratorios un sistema de evaluación mediante la realización de ensayos de contraste interlaboratorios al menos una vez al año. Por consiguiente, los laboratorios planifican sus actividades de intercomparación de forma plurianual y cíclica, y, por tanto, los ejercicios organizados deben cubrir estos periodos. De igual modo, se colabora como acción dentro de esta actividad en otro ejercicio interlaboratorios de ámbito nacional, denominado Plan EILA, que también tiene un carácter anual. Por último, con respecto a la formación a impartir en materia de calidad, ésta debe ser recurrente para poder considerarse útil y poder verificar su eficacia.
— La Actuación 2 Programa de mantenimiento integral y renovación justifica su carácter plurianual en la naturaleza cíclica de las acciones, puesto que muchas de las operaciones de mantenimiento contemplan actividades complejas cuya duración puede abarcar un periodo superior a un año.
— La Actuación 3 Programa de comunicación y divulgación requiere de un carácter continuo para ser un referente en innovación en edificación, lo que requiere estar presente en medios, en foros y especialmente en dar a conocer a la sociedad extremeña esta infraestructura, así como los conocimientos alcanzados.
— La Actuación 4 Programa de actividad en I+D+i está perfectamente alineada con los objetivos que se van estableciendo por los sucesivos programas de financiación a la innovación en edificación y desarrolla o prepara actuaciones y proyectos en materia de I+D+i que, en muchos casos ,se encuentran enmarcados dentro de programas de investigación europea tipo Programa LIFE+, Programa Horizon 2020 o Programa Interreg entre otros, donde la redacción, presentación evaluación y desarrollo de los mismos siempre contempla una duración superior al año.
— La Actuación 5 Posicionamiento nacional e internacional justifica su carácter plurianual de dos formas: por un lado, por la pertenencia estable y contribución activa y continua a determinadas redes estratégicas de tipo nacional e internacional que son referentes y que permiten posicionar a EDEA-CICE como socio fiable con quien establecer alianzas para nuevos proyectos. Carecería de sentido pertenecer a las mismas redes únicamente un año, ya que éstas acometen actividades que sobrepasan el horizonte temporal de un año. Por otro lado, esta actividad tiene entre sus cometidos la producción científica, en muchas ocasiones vinculada a experimentos que duran varios meses e incluso años.
— La Actuación 6 Programa de Formación y capacitación es necesario que tenga continuidad paralela a la constante actualización de normativa y tecnologías asociadas a la eficiencia energética, economía circular y calidad aplicadas en edificación.
— La Actuación 7 Asesoramiento y colaboración en el ámbito de la edificación es necesario que tenga un carácter plurianual para detectar mejores prácticas aplicables al territorio extremeño, canalizar y facilitar a administraciones, empresas y usuarios la interpretación y aplicación práctica de nuevas políticas y regulaciones asociadas para una mayor calidad de nuestro entorno construido y confort de viviendas y edificios.
Así pues, dado que las actuaciones contempladas en el convenio se desarrollan en períodos que pueden superar el año natural, resulta lógico plantear el presente convenio en un período de dos anualidades.
Asimismo, las actuaciones que enmarca este convenio continuarán alineadas con los conceptos de sostenibilidad en la edificación, como son: Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores, apoyo de la eficiencia energética, de la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y en las viviendas, mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos, y aumentar el uso de las energías renovables para producción de electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas, en particular favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo.
Tercero. El Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de la Construcción (INTROMAC), dependiente de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, fue creado en 1998 como Consorcio público con la aprobación y participación de la Junta de Extremadura. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para el que ha sido creado. En el artículo 6 de sus Estatutos se recogen, entre otras, las siguientes funciones:
a) Realizar investigación científica y tecnológica y, en su caso, contribuir a su fomento.
b) Transferir los resultados de la investigación científica y tecnológica a instituciones públicas y privadas.
c) Fomentar la cultura científica en la sociedad.
d) Colaborar con otros organismos públicos y privados en el desarrollo de actividades de investigación científica y técnica y desarrollo tecnológico.
e) Gestionar las instalaciones científico-técnicas que le sean encomendadas por la Junta de Extremadura en el marco del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
f) Informar, asistir y asesorar en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación a entidades públicas y privadas.
g) Proporcionar servicios científico-técnicos a la Junta de Extremadura, así como a otras Administraciones e instituciones públicas y privadas.
INTROMAC tiene la condición de agente del SECTI con arreglo a la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, y en la actualidad posee el grado de especialización y capacidad técnica necesaria para poder colaborar con la Administración en el desarrollo de las funciones de investigación, gestión y divulgación en el área de Eficiencia Energética y Energías Renovables del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación EDEA-CICE.
Cuarto. Antecedentes.
Como continuación del anterior Convenio, el nuevo Convenio se alinea con el contexto actual de políticas dado por planes, agendas, estrategias y normativas que siguen incidiendo en la necesidad de continuar con el apoyo a la investigación e innovación en estos aspectos, prueba de ello son referencias como las enunciadas a continuación:
A nivel europeo:
— Directiva 2024/1275/UE, relativa a Eficiencia Energética de los Edificios
Publicada en mayo de 2024, esta revisión de la EPBD (por sus siglas en inglés) fomenta la mejora de la eficiencia energética de los edificios sitos en la Unión y la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de lograr un parque inmobiliario de cero emisiones a más tardar en 2050, teniendo en cuenta las condiciones climáticas exteriores, las particularidades locales, las exigencias de calidad ambiental interior y la relación coste-eficacia. Señala entre otros aspectos, que debe darse prioridad a las estrategias que mejoren el comportamiento térmico de los edificios en el verano con soluciones que eviten el sobrecalentamiento y medidas con suficiente inercia térmica.
— Directiva (UE) 2023/1791, relativa a la Eficiencia Energética
Establece normas destinadas a aplicar la eficiencia energética con carácter prioritario en todos los sectores, a eliminar barreras en el mercado de la energía y a superar deficiencias del mercado que obstaculizan la eficiencia en el abastecimiento, el transporte, el almacenamiento y el consumo de energía. Asimismo, la presente Directiva prevé el establecimiento de contribuciones indicativas nacionales de eficiencia energética para 2030.
— Pacto Verde Europeo 2019. Green Deal.
Establece las bases para que Europa se convierta en el primer continente climáticamente neutro. Las medidas, van desde una reducción ambiciosa de las emisiones a la inversión en investigación e innovación de vanguardia, a fin de preservar el entorno natural de Europa. Con el apoyo de las inversiones en tecnologías ecológicas, soluciones sostenibles y nuevas empresas, el Pacto Verde traza el camino para una transición justa y socialmente equitativa.
— Directiva (UE) 2016/2284 relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos.
Establece los compromisos de reducción de emisiones de los Estados miembros para las emisiones atmosféricas contaminantes e impone la elaboración, adopción y aplicación de programas nacionales de control de la contaminación atmosférica y el seguimiento de las emisiones y sus efectos, así como la presentación de información al respecto.
— Nuevo Reglamento de Productos de la Construcción, pendiente de aprobación final por parte del Consejo de la Unión Europea.
Pretende impulsar la digitalización, la armonización y la sostenibilidad del sector: tiene como objetivo fortalecer el mercado único de productos y materiales de construcción en la UE, mejorando la publicación de normas armonizadas para productos de la construcción, simplificando procedimientos, estableciendo requisitos medioambientales que los fabricantes deberán declarar, promoviendo una mayor adopción de materiales de construcción reutilizados, armonizando las normas relativas a los criterios de sostenibilidad utilizados en la contratación pública y exigiendo que los productos tengan un pasaporte de producto digital.
A nivel nacional:
— Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.
Documento que define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de penetración de energías renovables y de eficiencia energética. Determina las líneas de actuación y la senda más adecuada y eficiente. Establece la meta para el año 2030 de lograr 300.000 actuaciones de rehabilitación residencial al año, lo que supondría multiplicar por diez las rehabilitaciones residenciales anuales.
— Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España de 2020 (ERESEE).
La ERESEE es un documento estratégico nacional que responde al artículo 2 bis de la Directiva 2010/31/UE. En su versión actualizada de 2020 establece una hoja de ruta con escenarios de intervención, medidas e indicadores de progreso para la rehabilitación energética del parque edificado, residencial y no residencial, público y privado, con el objetivo de transformarlo en un parque de alta eficiencia energética y descarbonizado antes de 2050.
— Recomendaciones de los grupos de trabajo para la implementación de las medidas de la ERESEE 2020.
En junio de 2023 se publica este documento, coordinado por el MITMA, supervisado por GBCe y elaborado por cuatro grupos de trabajo. Con esta publicación se da cumplimiento al hito 21bis del PRTR relativo a la medida C02.R02. El documento realiza un diagnóstico del grado de implementación de la ERESEE 2020 y expone las medidas recomendadas por los grupos de trabajo, en forma de hoja de ruta, detallando y ordenando temporalmente las actuaciones propuestas en cada medida.
Desde EDEA-CICE se participa en estos grupos de trabajo haciendo aportaciones como representantes de Extremadura invitados por el MITMA gracias a nuestra vinculación con las redes de ámbito nacional GBCe y el Observatorio Ciudad 3R.
— Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura.
Esta ley tiene por objeto proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura como bien de interés general. Destaca el diseño de las viviendas y la planificación urbana como factores de salud preventiva y aboga por afrontar la ola de rehabilitación desde una perspectiva integral que apueste por la calidad para optimizar recursos y garantizar un bienestar duradero .
— Agenda Urbana Española 2019. Ministerio de Fomento.
La Agenda Urbana Española (AUE) es un documento estratégico, sin carácter normativo y de adhesión voluntaria, que, de conformidad con los criterios establecidos por la Agenda 2030, la nueva Agenda Urbana de las Naciones Unidas y la Agenda Urbana para la Unión Europea. Persigue el logro de la sostenibilidad en las políticas de desarrollo urbano. Constituye, además, un método de trabajo y un proceso para todos los actores, públicos y privados, que intervienen en las ciudades y que buscan un desarrollo equitativo, justo y sostenible desde sus distintos campos de actuación.
— Código Técnico de la Edificación (CTE).
El RD.732/2019, de 20 de diciembre, modifica e introduce una serie de cambios en el CTE con la finalidad de mejorar las prestaciones de los edificios para garantizar la eficiencia energética de los mismos, la salud, el confort y la seguridad de los ciudadanos. Los principales cambios se basan en la incorporación en el Anejo I un nuevo Documento Básico de Ahorro de Energía , y en el Anejo II una nueva Sección Protección frente a la exposición al radón del “Documento Básico de Salubridad”.
A nivel regional:
— Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima (PEIEC).
Se publica en 2021 y tiene como objetivo avanzar en la transición energética de la economía extremeña, fundamentando en una hoja de ruta política, social y económica orientada hacia la neutralidad climática en 2030 . Una de sus líneas estratégicas es la 17 sobre La Ordenación Territorial, el Urbanismo Sostenible y la Construcción Verde. Su objetivo es fomentar el empleo y mejorar la calidad y el confort de los inmuebles al tiempo que se reducen las emisiones de gases de efecto invernadero, para lo que se plantea la regeneración urbana y rehabilitación integral antes que nueva construcción, eficiencia en la edificación, racionalidad en la movilidad, inteligencia en la urbanización y ecología integrada.
— Estrategia de rehabilitación, regeneración y renovación en eficiencia energética de la vivienda pública en Extremadura (EReeVPEX).
En abril de 2022 la Junta de Extremadura firma la EReeVPEX, con un horizonte final de la estrategia hasta el año 2030. Contempla: el objetivo OE3. Priorizar el uso distribuido y compartido de los recursos renovables y optimización de las instalaciones, dotado con una inversión prevista de 925.000 €; el objetivo OE5. Formar, informar y sensibilizar, que está dotado con una inversión prevista de 177.000 €, con la finalidad de formar a 1.500 profesionales del sector; el objetivo OE6. Apostar por la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, dotado con una inversión de 826.000 €; el objetivo OE7.Desarrollo normativo, medidas y coordinación administrativa, con una inversión prevista de 236.000 €.
— Estrategia de Eficiencia Energética en Edificios Públicos de la Administración Regional de Extremadura 2018-2030 (E4PAREX).
Es aprobada en 2018, con los objetivos concretos de renovar edificios públicos, incluyendo la instalación de fuentes de energía renovables para el autoconsumo. Tiene previsión de actuar en 11 hospitales y 43 centros asistenciales, con una inversión estimada de 27.500.000 €, y de integrar las energías renovables en los edificios de menor consumo energético, con una previsión de inversión de 11.500.000 € en unos 350 edificios.
— Ley 4/2023, de 29 de marzo, que modifica la Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura,y por la que se crea el Impuesto sobre las viviendas vacías a los grandes tenedores, el Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura y el Mecanismo de garantía de alojamiento y realojamiento del menor y se modifican otras normas tributarias.
Se crea el Impuesto sobre las viviendas vacías a los grandes tenedores, el Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura y el Mecanismo de garantía de alojamiento y realojamiento del menor y se modifican otras normas tributarias. Se establecen los principios que han de inspirar las condiciones técnicas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y medidas de fomento e impulso de la calidad arquitectónica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027 (RIS3 2021-2027).
Establece los ámbitos de intervención en I+D+I para la especialización inteligente de Extremadura. El más relacionados con el Convenio EDEA-CICE es el 2) Transición Ecológica, que incluye Cambio climático, Producción, almacenamiento y distribución energética, Ecosistemas sostenibles.
— Decreto 154/2022 de 21 de diciembre (DOE n.º 246, de 27 de diciembre de 2022), por el que se aprueba el VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2022-2025).
Recoge el Programa/16 titulado: Investigación industrial, desarrollo experimental e Innovación en las áreas estratégicas , cuyo objetivo es fomentar el desarrollo de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, especialmente aquella que tenga alto potencial para convertirse en innovación empresarial, realizados por las empresas de Extremadura. Este Convenio EDEA-CICE facilitará que empresas de la región puedan desarrollar realizar actividades de I+D+i en el entorno de los demostradores experimentales.
— Decreto 57/2023 de 24 de mayo (DOE n.º 116, de 19 de junio de 2023), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
Este Convenio EDEA-CICE crea un marco idóneo para el desarrollo de proyectos empresariales de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación que ayuden a afrontar el reto de la transición ecológica desde el ámbito edificatorio, impulsando iniciativas de eficiencia de productos, diseño de soluciones y servicios que mejoren la eficiencia energética y calidad edificatoria.
Quinto. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana es la titular del Centro de Innovación y Calidad en la Edificación, EDEA-CICE , que alberga el conjunto de espacios, edificaciones e instalaciones ejecutadas y habilitadas mediante los acuerdos con la Comisión Europea firmados para llevar a cabo los proyectos de investigación en materia de Eficiencia Energética y Energías Renovables:
— Proyecto EDEA (Efficient Development of Eco-Architecture: Methods and Technologies for Public Social Housing Building in Extremadura), financiado por la convocatoria europea LIFE+2007 con el número de expediente ENV/ES/000805.
— Proyecto EDEA RENOV (Development of Energy Efficiency in Architecture: Energy Renovation, Innovation and ICTs), financiado por la convocatoria europea LIFE+2009 con el número de expediente ENV/ES/000466.
A través de ambos proyectos se han generado unas infraestructuras ( Demostradores Experimentales EDEA ), que constituyen un espacio de investigación abierta para el estudio de nuevos equipos, productos, materiales y sistemas constructivos y que permite ensayar las estrategias y sistemas que planteen los futuros colaboradores, sean empresas, universidades, instituciones o fabricantes. Es, por tanto, un centro para la investigación aplicada y el desarrollo de soluciones para la descarbonización edificatoria, aprovechamiento de energías renovables y fomento de la eficiencia energética.
Esta infraestructura se ha ido consolidando como un centro para el desarrollo y la innovación a lo largo de los años, con múltiples actuaciones y proyectos desarrollados que lo han convertido en un referente a nivel regional, nacional e internacional. Esta innovación le da un carácter de exclusividad y de excepcionalidad en la línea de trabajo de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, dado que en Europa sólo existen 6 demostradores de características similares a los ubicados en Cáceres, ninguno de los cuales abarca la posibilidad de demostración y comparación en tiempo real, bajo condiciones ambientales reales y a escala real de la vivienda, ni tampoco posibilita la experimentación combinada de instalaciones de energías renovables, como sí lo hacen los demostradores experimentales EDEA.
A ello han contribuido de manera primordial los anteriores Convenios por los que se formalizó la transferencia específica plurianual a favor del INTROMAC para financiar el Área técnica de fomento de la Calidad, Eficiencia energética y Energías renovables en el EDEA-CICE, el primero de ellos para los ejercicios de 2017 a 2020 y el segundo para los ejercicios de 2021 a 2024. Han demostrado ser una herramienta fundamental para esta consolidación y desarrollo del centro, ya que han dinamizado en torno a él múltiples actuaciones en los ámbitos recogidos en el Convenio.
Sexto. Los antecedentes mencionados, junto con el interés de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda a través de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, motivan, para los años 2025 y 2026, la formalización de un nuevo Convenio que permita continuar financiando el desarrollo del Área técnica de fomento de la Calidad, Eficiencia energética y Energías renovables en el EDEA-CICE.
Los objetivos generales del Convenio son:
— Promover la calidad y adaptación al cambio climático de edificios y su entorno.
— Informar y sensibilizar en materia de calidad, eficiencia energética y sostenibilidad en edificación.
— Participar en proyectos europeos de investigación y fomentar la Innovación en la Administración pública y en las Empresas del sector de la edificación y afines.
— Participar en redes de colaboración de ámbito regional, nacional y europeo.
— Formar y capacitar a los agentes de la cadena de valor en materias de mejora de la calidad y sostenibilidad de la edificación.
— Asesorar a los técnicos de la administración en la elaboración de planes, regulaciones, desarrollo normativo sobre calidad y sostenibilidad en edificación, viviendas y entornos urbanos.
A través de este Convenio se podrá seguir invirtiendo en conocimiento para la investigación e innovación en metodologías de diseño, materiales, soluciones constructivas de los edificios y en particular de las viviendas que nos lleven a obtener edificios bajo criterios sostenibles con mejor comportamiento energético y de empleo de energías renovables, además de mejorar la calidad de vida y de la edificación, pues fue justamente el fin último que motivó la construcción de los Demostradores Experimentales durante el proyecto EDEA.
Este Convenio pretende, con las actuaciones programadas, continuar redundando en los siguientes objetivos más específicos:
— Impulsar la consecución del objetivo de la ley 4/2023, de 29 de marzo, que modifica la ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, y por la que se crea el impuesto sobre las viviendas vacías a los grandes tenedores, el fondo de garantía de adquisición de vivienda de Extremadura y el mecanismo de garantía de alojamiento y realojamiento del menor y se modifican otras normas tributarias, garantizando el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna, de calidad, accesible y adecuada a su situación personal, familiar, económica, social y capacidad funcional, asegurando a la ciudadanía una debida calidad de vida.
— Favorecer que el desarrollo y aplicación de las acciones que se programan contribuyan a preservar los valores arquitectónicos y paliar la pobreza energética. Seguir fomentando el conocimiento de los usuarios sobre sus consumos energéticos y cómo pueden reducirlos. Promover hábitos de consumo responsable por parte de los usuarios, propietarios y gestores de los edificios y en particular de las viviendas y participando en el ahorro global de energía y de emisiones de CO2 a través de la concienciación, gestión de la energía y el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TICs).
— Mejorar la formación y capacitación de los agentes intervinientes en este sector. Mitigar la falta de conocimiento y desarrollar acciones formativas y de fomento de la empleabilidad, que contribuyan tanto a la mejora de la cualificación profesional del sector de la construcción, como al aprovechamiento de los conocimientos y servicios especializados en pro de la eficiencia energética.
— Continuar con el impulso a la Investigación de nuevas tecnologías e innovación, desarrollando y ejecutando soluciones y sistemas pasivos y activos para la construcción y rehabilitación energética de edificios teniendo en cuenta el potencial del calentamiento global a lo largo del ciclo de vida de los edificios.
— Seguir intensificando la búsqueda y aplicación de soluciones para la renovación y mejora de la eficiencia energética en la construcción adaptada a las necesidades y recursos locales y regionales, continuar con acciones que activen la rehabilitación energética de los edificios y viviendas existentes, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs), siempre teniendo en cuenta los aspectos de rentabilidad, medioambientales y sociales.
— Participar en redes y proyectos relevantes que fomenten relaciones de cooperación con otras regiones europeas, con el objeto de identificar información relevante de herramientas, avances tecnológicos, instrumentos de regulación y financiación para transferirla a nivel regional de modo que sean comprendidos con facilidad y agilidad por los agentes implicados del sector (usuarios, propietarios, profesionales, empresas) y que las administraciones cuenten con los instrumentos necesarios para diseñar y evaluar adecuadamente sus políticas en materia de rehabilitación y edificación.
— Fomentar una gestión energética más eficaz en edificios y entorno construido mediante instalaciones aptas para aplicaciones inteligentes y soluciones digitales.
— Participar y apoyar de forma activa en los procesos de innovación en digitalización del sector de la construcción, especialmente impulso a BIM (Building Information Modelling).
— ACV (Análisis del Ciclo de Vida) Economía circular en edificación: Continuar con el impulso a la Investigación de nuevas herramientas que faciliten el conocimiento para determinar impactos ambientales asociados al proceso constructivo, y fomentar, en el ámbito del presente convenio, la colaboración con fabricantes y productores locales.
— Participar en los protocolos de Control de obra pública en materia de rehabilitación energética.
— Preservación del patrimonio construido, adaptación de la arquitectura vernácula regional, en la medida de lo posible a los nuevos requerimientos medioambientales de ahorro de energía para su uso y mantenimiento. Introducción de las técnicas más eficientes desde el punto de vista energético en este patrimonio salvaguardando siempre sus valores patrimoniales y adaptando estas a las singularidades del elemento edificatorio.
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, y teniendo en cuenta todas estas directrices coyunturales, sigue pretendiendo dar respuesta a los objetivos y políticas planteados y para ello ve como bueno continuar con el impulso al desarrollo del ÁREA TÉCNICA DE FOMENTO DE LA CALIDAD, LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN LOS DEMOSTRADORES EN ENERGÍA Y ARQUITECTURA EXPERIMENTAL DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN (EDEA-CICE), contando con la participación del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC).
El Centro de Innovación y Calidad de la Edificación, EDEA-CICE , ubicado en Cáceres, alberga un conjunto de espacios, edificaciones e instalaciones ejecutadas y habilitadas para ensayar y demostrar medidas de eficiencia energética en edificación en tiempo y a escala real. Los Demostradores de vivienda han sido concebidos conforme a la tipología de vivienda social extremeña, pudiendo adaptarse a las tipologías de vivienda adosada o en bloque para que los resultados puedan extrapolarse a un mayor número de casos. Están constituidos por:
— Las dos Viviendas-Demostradores (Vivienda Patrón y Vivienda Experimental).
— La Campa o Sala de Instalaciones donde se ubican las instalaciones de energías renovables y eficientes.
— El espacio de Energía Solar y Eólica en la cubierta del Centro de Interpretación.
— El Centro de Interpretación y divulgación de estrategias.
Este último se ha habilitado para exposición permanente de sistemas constructivos, productos o equipos para edificaciones sostenibles que permite difundir las prácticas tecnológicas de los productos del mercado actual.
Esta infraestructura experimental está dotada de un complejo sistema de medida y control que permiten el análisis dinámico, en tiempo real, de los datos obtenidos en las estrategias activas y pasivas que se estén ensayando. Estos datos están al alcance de cualquier persona, empresa y personal investigador.
En los Demostradores Experimentales EDEA-CICE se aplican técnicas o métodos que no se han aplicado o testeado antes y que, además de innovadoras, ofrecen un potencial y unas ventajas medioambientales o climáticas superiores en comparación con las mejores prácticas actuales y que, posteriormente, pueden aplicarse a mayor escala a situaciones similares.
Séptimo. La financiación de las actuaciones a realizar para la Innovación por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana se llevará a cabo a través de la figura de la transferencia específica recogida en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, que quedan prorrogados automáticamente en virtud del apartado 2 del artículo 21 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, del apartado 5 del artículo 78 del Estatuto de Autonomía, y del artículo 58 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, que establece el régimen jurídico básico de la prórroga de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los criterios de aplicación de esta prórroga automática de los Presupuestos se establecen y regulan por parte de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, (DOE n.º 26, de 7 de febrero de 2025).
El Artículo 45 Transferencias globales y específicas de la citada norma, determina en su punto 3, que se consideran transferencias específicas, Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública. .
Según el artículo 45.3, se incluirá en la transferencia el objeto de las actuaciones concretas a desarrollar, la forma de pago, el plazo, la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste de proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones, y las consecuencias de su incumplimiento entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio y actuaciones a realizar.
El presente Convenio tiene por objeto formalizar la transferencia específica de carácter plurianual para continuar la financiación del Área de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores Experimentales EDEA-CICE, por un importe total de trescientos diez mil euros (310.000,00 €), cuyo desglose por ejercicio es el siguiente:
Anualidades
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TOTAL
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---|
2025
|
2026
|
|
150.000 €
|
160.000 €
|
310.000 €
|
Estando previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio el detalle presupuestario y desglose económico en función de las actuaciones (programas) a llevar a cabo, con el objeto de mejorar en:
— Sostenibilidad edificatoria.
— Formación y capacitación del sector.
— Condiciones de vida de la población extremeña, mejorando el confort, la calidad del medio ambiente y las condiciones socioeconómicas.
— Estándares medioambientales existentes.
— Adaptación al cambio climático del sector edificatorio residencial.
— Calidad en las obras de rehabilitación.
Una vez analizada la trayectoria del Área de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores Experimentales EDEA-CICE hasta la fecha, desde la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, se ha optado por continuar con el refuerzo y aumento del alcance de sus objetivos. Las actuaciones/programas propuestos van en todo momento encaminados a la consecución de los mismos, y contando con la experiencia previa, se desarrollarán las actividades/planes y acciones, con las particularidades específicas de la anualidad, a fin de conseguir los objetivos con mayores garantías.
A lo largo de todo el periodo de vigencia del Convenio se contemplan los siguientes programas de actuaciones, que son fruto del análisis y evaluación de los programas realizados en el Convenio anterior, adaptados a las necesidades y particularidades actuales.
Actuaciones a realizar.
Las actuaciones proyectadas (programas) y las actividades (planes y acciones) que lo desarrollan, se llevarán a cabo por INTROMAC, enmarcadas en el presente convenio y son las que se detallan a continuación:
Actuación 1. Programa de fomento de la calidad en la edificación. Esta actuación va dirigida a la promoción de una serie de acciones destinadas a obtener conocimientos que sirvan de base objetiva para el desarrollo homogéneo del proceso de la calidad de la edificación, ya sea mediante normas y reglamentos, mediante el fomento de la calidad o mediante técnicas de control de calidad. En este programa se contemplan actividades para que la calidad de la edificación quede regulada y definida en la normativa; verificada mediante el control, a la vez que se fomente la calidad a través de guías técnicas, manuales prácticos y bases de datos, fomento de los distintivos de calidad, todo ello apoyado con una difusión sistemática de información.
Asimismo tienen cabida dentro de este punto aquellas acciones que se programen por parte la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, y que permitan colaborar en el seguimiento de los sistemas de calidad implantados en los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación (LECCE), en lo sucesivo laboratorios , y entidades de control de calidad de la edificación (ECCE), en lo sucesivo entidades , posibilitando la verificación e investigación de los resultados de la asistencia técnica, así como el apoyo a las labores de inspección de las instalaciones y los hechos, actos, elementos, actividades, estimaciones y demás circunstancias que se produzcan de los diferentes laboratorios y entidades actuantes con Declaración Responsable en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo al Decreto 19/2013 (D.O.E. N.º.47, de 8 de marzo de 2013), de 5 de marzo, por el que se regula el control de calidad de la construcción y obra pública; todo esto a través de visitas presenciales, reuniones mediante videoconferencia, estudio de documentación, etc.; y siguiendo en todo momento una sistemática y documentación basada en la norma de referencia de gestión de los laboratorios de ensayo, UNE-EN ISO/IEC 17025.
Para un mejor desarrollo de esta actuación se plantea el establecimiento de INTROMAC como laboratorio de referencia o patrón, al disponer de capacidad, experiencia e imparcialidad como laboratorio de un Consorcio de carácter administrativo perteneciente al Sector público autonómico. Este carácter como laboratorio de referencia o patrón de INTROMAC se potencia con su asesoramiento técnico y su colaboración y participación en la organización de ejercicios de intercomparación de ensayos a nivel regional, así como su colaboración y participación en la coordinación de ejercicios de ensayos a nivel nacional, dentro de las labores de apoyo a las inspecciones y de verificación de los resultados de laboratorios y entidades. En la programación de la organización de los ejercicios interlaboratorios a desarrollar, se considerarán los ensayos establecidos en las declaraciones responsables de los laboratorios, y otros novedosos como pueden ser los relacionados con el radón, la eficiencia energética de los elementos constructivos y la calidad del aire en edificación.
Por otro lado, se considera dar una mayor relevancia a las actividades de formación dirigidas a los laboratorios y entidades de control, lo que puede favorecerse propiciando entre estos agentes una mayor capacitación y recualificación de su personal con el fin de elevar el nivel de calidad de sus controles y ensayos, bajo la premisa de mejora continua de su actividad.
Actuación 2. Programa de mantenimiento integral y renovación*. Se continuará con el seguimiento del programa de mantenimiento integral (preventivo y correctivo) diseñado e implantado en los edificios demostradores e instalaciones vinculadas al EDEA-CICE bajo el anterior Convenio. El mantenimiento preventivo y correctivo será revisado y coordinado por INTROMAC, que ejecutará materialmente aquellas labores que le sea posible acometer con el presupuesto, personal, y materiales propios asignados al programa, o bien, contratará externamente servicios y personal especializado para tareas de mayor complejidad o de mantenimiento correctivo (reparaciones) de más entidad cuando sea necesario. De igual forma, cuando el mantenimiento suponga un alto coste, excediendo lo establecido en el Anexo correspondiente, este correrá a cargo de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, siempre con un estudio, evaluación y aprobación previos del mismo.
Esta actuación continúa con la adaptación y utilización del sistema de monitorización a control remoto para las tareas de mantenimiento, además de perseguir la implementación y actualización de estrategias de energías renovables del mercado.
(*) En cuanto al concepto de renovación puede implicar capítulos de sustitución de equipos y tecnologías desfasados por otros más modernos permitiendo una ampliación del presupuesto asignado a esta actuación, incluso el compromiso del estudio y análisis de las tecnologías existentes priorizando cuál de ellas puede ser sustituidas y asumiendo una cantidad determinada para un período, conforme a las previsiones de la cláusula cuarta del presente convenio.
Actuación 3. Programa de comunicación y divulgación. En esta actuación se incluye la realización de materiales y actividades de comunicación y divulgación. Los materiales de comunicación incluyen: material promocional, folletos de difusión de eventos, cartelería y señalética, poster, presentaciones, vídeos, etc. Se generan noticias que se publican a través de la web y se difunden mediante un boletín electrónico de noticias recientes sobre la actividad de EDEA-CICE, sobre novedades técnicas del sector de la edificación de carácter regulatorio, sobre nuevas guías o documentos recientes de interés o proyectos e iniciativas relacionadas con la innovación y la eficiencia energética en la construcción. Se continuará manteniendo activos y actualizados los canales de comunicación existentes, son: web EDEA-CICE, web de INTROMAC y de la Junta de Extremadura, canales de información pública, perfiles sociales de cuentas EDEA-CICE de Instagram, Twitter y YouTube, boletines, campañas de email, organización de eventos propios y asistencia a otros eventos externos. Las actividades contempladas incluyen: la realización de nuevas publicaciones a través de los canales establecidos, la actualización del material necesario para la implantación del plan (web, redes sociales, folletos, merchandising, etc.), visitas guiadas de la infraestructura EDEA-CICE organizadas y adaptadas a los intereses y perfiles de grupos de estudiantes, profesionales, empresas y otros organismos relacionados; la participación en eventos, realización de conferencias en jornadas y congresos con presentaciones de los demostradores EDEA-CICE; organización de eventos propios y asistencia a otros externos relacionados.
Actuación 4. Programa de actuaciones en materia de I+D+i. Esta actuación se nutre de actividades de I+D+i incluyendo estrategias y ensayos de tecnologías en las viviendas demostradores EDEA. Serán objeto de este programa actividades que conllevan la planificación, coordinación y supervisión de diferentes estrategias y ensayos que se propongan por parte de los futuros colaboradores, sean empresas, universidades o fabricantes, con el propósito de acelerar la puesta en el mercado de productos, tecnologías, y servicios innovadores que contribuyan a la mitigación y adaptación a los escenarios ocasionados por el cambio climático en el ámbito de la edificación así como a paliar la pobreza energética Dentro del ámbito de la investigación, también contempla la adaptación y uso del sistema de monitorización remoto para que pueda ser utilizado por parte de empresas en la demostración de sus productos y sistemas.
De igual forma este punto pretende la promoción e inclusión de las infraestructuras de EDEA-CICE en proyectos de I+D+i (internacionales, nacionales y regionales) que permitan evaluar y poner en práctica nuevos productos, tecnologías y servicios, y ofrecer modelos de gestión de la energía, control de la calidad ambiental, y modelos de gestión de estos en entornos reales. En este programa también se contempla la búsqueda y solicitud de ayudas a infraestructuras y equipamiento científico-tecnológico, para la sostenibilidad y mejora de las ya existentes. Así como asesorar a diferentes organismos de las Administraciones extremeñas en materia de I+D+I, en materia de innovación en eficiencia energética, digitalización del sector de la construcción, adaptación al cambio climático, etc.
Actuación 5. Posicionamiento nacional e internacional de los demostradores EDEA-CICE. En esta actuación se engloban actividades de posicionamiento e internacionalización de EDEA-CICE a través de su integración en redes nacionales e internacionales relacionadas con el ámbito EDEA-CICE que favorezcan el intercambio de conocimiento. Se incluye la participación en foros o encuentros organizados por estas redes, elaboración de informes, propuestas, presentaciones, poster u otro material requerido por los coordinadores de la red y que permitan dar a conocer la infraestructura EDEA-CICE y su inclusión en consorcios para el desarrollo de proyectos de innovación y/o demostración; crear sinergias entre grupos de trabajo (Servicios Tecnológicos Investigadores Administración – Empresas ) e identificar y facilitar la entrada de nuevos avances para mejorar las prestaciones y fiabilidad de las soluciones. Se mantiene la pertenencia en las siguientes redes de ámbito internacional: ECTP (European Construction Technology Platform); EEN, (Enterprise Europe Network) a través de FUNDECYT-PCTEX; Built4People, asociación centrada en los usuarios finales, las personas, y que se implementa bajo el programa Horizon Europe (2021-2027); también se mantiene la colaboración en las redes de ámbito nacional: OC3R (Asociación Observatorio Ciudad 3R: Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana) constituida por un órgano asesor y representantes-antenas autonómicas, cuyo objetivo principal es la mejora de políticas públicas de rehabilitación edificatoria y el impulso a las estrategias regionales y planes locales de rehabilitación y reforzar la dimensión urbana de las 3R; GBCe (Green Building Council-España), asociación de referencia en la transformación del sector de la edificación hacia la sostenibilidad; SOLPLAT, Plataforma Tecnológica de Energía Solar Térmica de baja temperatura; FOTOPLAT, Plataforma Tecnológica de Fotovoltaica; Red SACE-CICE, Subcomisión Administrativa de Calidad en la Edificación, Comité de Infraestructuras de Calidad en la Edificación.
Actuación 6. Programa de formación y capacitación. Dentro de esta actuación, se promoverán formaciones específicas en materias relacionadas con eficiencia energética, energías renovables, análisis de ciclo de vida de los materiales de construcción, inspección técnica de edificios, calidad del aire, confort interior, arquitectura bioclimática entre otros, para su posterior transferencia a estudiantes, empresas y profesionales del sector de la construcción. Además, se incluirán actividades formativas relacionadas con el radón en la edificación, y posibles medidas de mejora, dado que es una problemática a tener en cuenta en Extremadura. Se contará con la participación y colaboración de otras entidades especializadas en la formación de futuros profesionales y en la sensibilización de la población con carácter general. La formación se puede plantear de manera reglada y regular, o bien con carácter esporádico, sobre módulos y contenidos que tengan que ver con las materias relacionadas con la innovación y calidad en la edificación que sean de interés y faciliten la integración de futuros profesionales en el sector, la mejora del mercado laboral y la concienciación y conocimiento de estos temas. Además, si se considera oportuno y en la medida de lo posible, se facilitará que la formación práctica impartida se integre en el mantenimiento, mejora y adecuación de las instalaciones actuales del Centro. Dentro de esta actuación se contemplaría el desarrollo de prácticas, becas y/o contratos de estudiantes, pre-graduados, postgraduados, y doctorandos en el ámbito de la innovación y la calidad en la edificación. Los demostradores pueden ser un aliciente en los programas de movilidad de estudiantes, profesores, y otros profesionales en el marco del Programa Erasmus+ u otros similares. También adquieren importancia en este punto el Programa Empleaverde del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico, iniciativa de la Fundación Biodiversidad, y programas como el de Formación en alternancia con el empleo de Innovación y Talento (PIT) de la Dirección General de Formación para el Empleo, u otros que tengan como fin la formación de profesionales en las competencias adscritas y propias de la función intrínseca del propio Centro de Innovación y Calidad en la Edificación.
Actuación 7. Asesoramiento y colaboración en el ámbito de la edificación. En esta actuación se genera una línea abierta de apoyo y asesoramiento en todas las regulaciones, planificación, normativas, ayudas, buenas prácticas, casos de éxito, contactos de experiencias de interés relacionadas con calidad, sostenibilidad y eficiencia energética edificatoria, así como con la problemática del radón en edificación y la calidad del aire interior, dirigida tanto a particulares como a técnicos de la propia administración. Se establecerán colaboraciones con expertos en materias de calidad y sostenibilidad edificatoria, eficiencia energética, arquitectura y regeneración urbana que sean considerados de interés. Los recursos generados por los trabajos de asesoramiento y colaboraciones con agentes expertos serán difundidos para mejora de competencias. Pueden ser interpretaciones o resúmenes de normas, publicaciones de guías, líneas de ayuda o regulaciones en el ámbito de la calidad, eficiencia energética, sostenibilidad, renovación integral y regeneración urbana. Dentro de esta actuación se podrá participar en planes o estrategias relacionados con la evaluación del impacto ambiental asociado a la edificación y con la presencia de radón en edificios de la administración que sean de interés, ya sean de uso residencial o terciario.
La justificación técnico-económica de las actividades realizadas se hará mediante un informe o Memoria Anual Justificativa que relacione los avances en cada Actuación, principales resultados y el grado de cumplimiento de los indicadores de seguimiento establecidos en el Anexo II del presente Convenio. INTROMAC presentará anualmente y por registro oficial esta Memoria Anual justificativa, antes del 31 de marzo del año posterior.
El seguimiento del cumplimiento de las Actuaciones programadas en este Convenio será realizado por la Comisión de Seguimiento, en los términos establecidos en la cláusula sexta del presente Convenio.
Segunda. Financiación.
La financiación de las actuaciones y actividades se llevará a cabo por parte de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda a través de una transferencia específica de carácter plurianual, que se corresponde, a efectos de contabilidad, con la Sección 16 Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda , en el Servicio 16002 Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana , programa 262-A y proyecto de gasto 20210016 denominado “Intromac Fomento, calidad, eficiencia energética y energías renovables en demostradores de energía y arquitectura experimental CICE”, aplicación presupuestaria 44000, y código de fondo CAG0000001, por un importe global para el total de las dos anualidades de trescientos diez mil euros (310.000,00 €), con el siguiente desglose:
Anualidades
|
TOTAL
|
---|
2025
|
2026
|
|
150.000 €
|
160.000 €
|
310.000 €
|
El importe correspondiente a cada anualidad del total de la transferencia financiará las actuaciones y actividades que realice INTROMAC desde el uno de enero hasta el treinta y uno de diciembre de cada ejercicio económico.
En función de las actuaciones (programas) a llevar a cabo, el desglose económico será el siguiente:
ACTUACIONES
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2025
|
2026
|
---|
A1-PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CALIDAD EN LA
EDIFICACIÓN
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26.623,79 €
|
27.423,79 €
|
A2-PROGRAMA DE MANTENIMIENTO INTEGRAL Y RENOVACIÓN
|
34.939,81 €
|
39.939,81 €
|
A3-PROGRAMA DE COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN
|
16.795,70 €
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17.095,70 €
|
A4-PROGRAMA DE ACTUACIONES EN MATERIA DE I+D+I
|
21.321,08 €
|
24.021,08 €
|
A5-POSICIONAMIENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DE LOS DEMOSTRADORES EDEA-CICE
|
14.316,96 €
|
13.005,12 €
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A6-PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
|
16.408,41 €
|
16.408,41 €
|
A7-ASESOREAMIENTO Y COLABORACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA EDIFICACIÓN
|
19.594,25 €
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22.106,09 €
|
TOTALES
|
150.000,00 €
|
160.000,00 €
|
La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, realizará las actuaciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión e inspección, de todas las actuaciones, actividades y tareas que, en el ámbito del Área de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores Experimentales EDEA-CICE sean desarrolladas por INTROMAC.
Tercera. Obligaciones de pago y justificación.
Esta transferencia específica se hará efectiva de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en el Decreto 105/2005 de 12 de abril (D.O.E. N.º.44, de 19 de abril de 2005) por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, que establece que las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
Dado lo anterior y a la vista de la fecha de firma del presente convenio, con gran parte del año natural transcurrido, se van a tener que realizar las oportunas adaptaciones para el abono y justificación de la transferencia específica en el presente ejercicio 2025.
De esta manera, en el presente ejercicio 2025, el abono y justificación de la trasferencia específica se realizará de la siguiente forma:
— Antes de los treinta días desde la firma del presente convenio, se procederá a un primer pago por un importe del 50 % del total de la anualidad.
— En el primer mes del tercer trimestre, se abonará un segundo pago por importe de un 25% de la anualidad, previa entrega por parte de INTROMAC de la justificación por el equivalente del importe del primer pago efectuado con anterioridad del 50% de la anualidad.
— En el primer mes del cuarto trimestre del año, se procederá a un tercer abono por el 25% restante del total de la anualidad prevista para 2025, para lo que será necesario que INTROMAC aporte previamente una segunda justificación por el equivalente al segundo pago del 25% del importe de dicha anualidad efectuado el trimestre anterior.
En la anualidad 2026, se podrán realizar los abonos con carácter trimestral por cuartas partes del importe de la misma, conforme al Decreto 105/2005, de tal manera que los pagos y las justificaciones se atendrán al siguiente calendario:
— En el primer mes del primer trimestre se procederá al primer pago del 25 % de la anualidad, previa justificación por parte de INTROMAC por el 100% del importe de la anualidad de 2025.
— En el primer mes del segundo trimestre se procederá al segundo pago del 25% de la anualidad, previa justificación por parte de INTROMAC del equivalente al importe del primer pago efectuado del 25% de la anualidad.
— En el primer mes del tercer trimestre se procederá al tercer pago del 25% de la anualidad, previa justificación por parte de INTROMAC del equivalente al importe del segundo pago efectuado del 25% de la anualidad.
— En el primer mes del cuarto trimestre se procederá al cuarto y último pago del 25% restante de la anualidad, previa justificación por parte de INTROMAC del equivalente al importe del tercer pago efectuado del 25% de la anualidad.
— INTROMAC realizará la justificación final del 100% anualidad de 2026 antes del treinta y uno de marzo de 2027.
Cuarta. Ejecución del proyecto, plazo y forma de justificar la transferencia específica.
Los gastos derivados de la transferencia específica deberán realizarse, para las anualidades del convenio, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada anualidad. Es decir, para cada anualidad, el gasto asignado deberá ejecutarse en la anualidad a imputar, no obstante, el pago de los gastos del último trimestre podrá efectuarse durante los tres primeros meses de la anualidad posterior.
La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las indicaciones recogidas en el presente Convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogida en una Memoria Anual Justificativa, que incluirá: Cuadro resumen de actuaciones, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia.
No obstante, lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las actuaciones y/o conceptos de gastos previstos para su realización, siempre con el límite del importe previsto en la misma para cada anualidad.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo. A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en el párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20 % del presupuesto entre los diferentes conceptos, dentro de cada actuación o una desviación de hasta un 10 % de presupuesto entre cada una de las actuaciones o programas. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
INTROMAC ejecutará las actuaciones y programas mencionados en la cláusula primera, siguiendo el desglose de indicadores de seguimiento reflejados en el Anexo II para cada anualidad e informará sobre el nivel de logro de los mismos, conforme a un Plan Anual de Actividades propuesto por INTROMAC, que será valorado y aprobado por la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana. El Plan Anual de Actividades relativo al ejercicio 2025 será entregado por INTROMAC en el plazo de 30 días desde la fecha de firma del presente convenio y el referido al año 2026, en el primer mes del primer trimestre de dicho año. La Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana tendrá un plazo de otros treinta días desde la recepción del correspondiente Plan Anual para su valoración y eventual aprobación.
INTROMAC llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
La selección del personal para el desarrollo de las actuaciones/programas y de las actividades (planes y acciones) a realizar con cargo a esta transferencia específica, a efectos de dar cumplimiento a la normativa aplicable en cuanto a las ayudas de estado, se llevará a cabo de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, respetando en todo caso los principios de eficacia y eficiencia.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el presente Convenio, que estarán a disposición de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, de los órganos de fiscalización ycontrol financiero durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Para la justificación total de la transferencia específica, el centro gestor deberá remitir a la Intervención delegada de la citada Consejería, un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas y su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a la presente transferencia, que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo de los gastos.
Quinta. Incumplimiento.
El incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación, de cualquiera de las restantes obligaciones e instrucciones establecidas en el presente Convenio, conllevará, previa audiencia de INTROMAC, la devolución total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes. De no reintegrarse voluntariamente se exigirá la devolución conforme a la normativa que resulte de aplicación.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y dos representantes de INTROMAC, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de INTROMAC.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio.
— Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar INTROMAC, la disponibilidad de la información.
— Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula séptima del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento, quedará constituida de manera formal en la primera reunión y contará con la aprobación expresa de la persona titular de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana. Se organizará mediante la celebración de reuniones de seguimiento, en las cuales:
— INTROMAC realizará la convocatoria de reuniones de la Comisión de Seguimiento, estas se celebrarán, como mínimo, con carácter cuatrimestral o tres veces al año;
— INTROMAC expondrá las actividades realizadas, nuevas propuestas y actividades pendientes de realizar, de acuerdo con el Plan Anual de Actividades aprobado;
— INTROMAC justificará el grado de cumplimiento de los indicadores seguimiento previstos y de Plan Anual de Actividades aprobado;
— Se plantearán y aclararán dudas o posibles interpretaciones en cuanto a la realización de las actividades.
Séptima. Eficacia, duración y resolución.
El plazo de vigencia del presente convenio será el comprendido entre el día de su firma, fecha en que surtirá efectos, y el 31 de diciembre de 2026.
El presente convenio podrá prorrogarse de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siempre que se disponga de crédito suficiente.
En el supuesto de que las partes no acordaran la prórroga, la vigencia del convenio se extenderá hasta el día 31 de marzo de 2027, tras la fecha de finalización del plazo de justificación establecido en la cláusula tercera.
Causas de extinción del convenio:
I. El presente Convenio podrá extinguirse por cumplimiento de las actuaciones objeto del mismo o por incurrir en causa de resolución.
II. Causas de resolución.
a). Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b). Por acuerdo unánime de las partes.
c). Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los firmantes.
d). Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del mismo.
III. La Comisión de Seguimiento que se instituye en este texto será la competente para conocer y valorar los incumplimientos que cualquiera de las partes denuncien en cuanto a las recíprocas obligaciones y compromisos que contraen en el mismo, así como para decidir, a la vista del impacto de esos incumplimientos sobre el interés público que con él se persigue, la continuidad de la vigencia de los acuerdos que en el mismo se contienen o su resolución, y valorar, con apoyo de los informes técnicos que se precisen al efecto, los daños y perjuicios resultantes y su reclamación, por las vías que resulten preceptivas o, en su defecto, se entendieren más oportunas, a quien hubiere sido declarado incumplidor.
Octava. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril (DOE n.º 42, de 10 de abril de 2001) sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el decreto 77/1990 de 16 de octubre (DOE n.º 85, de 25 de octubre de 1990) por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones.
Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción.
El presente Convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, quedando fuera de su ámbito de aplicación, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 conforme a lo establecido en la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, suscribiéndose de conformidad con el Título Preliminar, Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, aplicando los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes a propósito de la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente convenio en triplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha de firma digital.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
D. MANUEL MARTÍN CASTIZO
La Presidenta del Consorcio para la Gestión del Intromac,
Dña. MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO