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EXTRACTO de la convocatoria correspondiente al curso escolar 2025/2026, para el alumnado de segundo y tercer curso de primer ciclo de Educación Infantil, establecida en el Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil, en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 123
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 27 de junio de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Educación Infantil. Ayudas.
Página Inicio: 37140
Página Fin: 37142
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 842082
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842082 )y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobar para el curso escolar 2025/2026, la primera convocatoria de las ayudas destinadas a financiar, total o parcialmente el coste de la escolarización del alumnado de segundo y tercer curso de primer ciclo de Educación Infantil, matriculado en Escuelas Infantiles municipales y dependientes de la Junta de Extremadura no gratuitas, y en centros docentes de Educación Infantil privados autorizados por la consejería competente en materia de educación.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. Tendrán la condición de personas beneficiarias quienes cumplan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener residencia familiar en Extremadura o la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.
b) Ser poseedor de un número de identificación fiscal, ya sea de carácter definitivo o de carácter provisional.
c) Estar escolarizado en segundo o tercer curso de primer ciclo de Educación Infantil, en una Escuela Infantil o en un centro docente privado autorizado por la consejería competente en materia de educación.
2. No podrá obtener la condición de beneficiario/a el alumnado que se encuentre incurso en alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2025/2026, para el alumnado de segundo y tercer curso del ciclo.
Cuarto. Cuantía.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará el importe máximo de 8.800.000 € y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, y prorrogados de forma automática para el ejercicio 2025 por Orden de 6 de febrero de 2025, por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, con el siguiente desglose presupuestario por anualidad:
— Anualidad 2025:
130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 2.400.000 €.
— Anualidad 2026:
130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 6.400.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será como mínimo de 2 meses, comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es/ ), finalizando el 10 de septiembre de 2025.
Excepcionalmente, el alumnado que, por circunstancias justificadas y debidamente acreditadas, no haya podido escolarizarse en el plazo establecido en el apartado anterior, podrá presentar su solicitud del 1 al 15 de mayo.
Mérida, 19 de junio de 2025.
La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
(PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024,DOE n.º 217 de 7 de noviembre),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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