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EXTRACTO de la Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 para llevar a cabo el programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos.
DOE Número: 124
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de junio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Pymes. Ayudas.
Página Inicio: 37466
Página Fin: 37468
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 841985
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente DOE (https://doe.juntaex.es/).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes con domicilio fiscal y centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, que cuenten con una plantilla media de, al menos, 10 trabajadores contratados por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de nuevas empresas, que lleven operativas menos de 12 meses, se considerará el mayor valor entre la plantilla media que hubiera tenido desde que se dio de alta en la Seguridad Social o la existente a la fecha de presentación de la solicitud. Cuya actividad principal no se encuentre excluida según el artículo 4 del Decreto 89/2024, de 30 de julio.
Segundo. Objeto.
Con este programa de ayudas pretende mejorarse la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, capacitando, cualificando y formando a sus cuadros directivos, de tal modo, que les posibilite alcanzar una mayor capacitación y cualificación, en diferentes ámbitos de carácter gerencial, de dirección, toma de decisiones u otros relacionados con el desarrollo de proyectos de carácter estratégico para la pyme solicitante, tipo Master, programas executive, programas de perfeccionamiento u otras acciones formativas similares, siempre que tengan una duración de al menos 50 horas formativas, y que vayan a ser impartidas por Escuelas de Negocio o Universidades, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 del decreto regulador de las ayudas.
Una misma pyme podrá solicitar la ayuda para un máximo de dos personas por convocatoria, para la misma o diferentes acciones formativas.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 89/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos de matriculación, hasta un límite máximo de 4.000 euros por programa formativo y persona participante. La dotación económica de la convocatoria se fija en 250.000 euros, 125.000 € con cargo a la anualidad 2025 y 125.000 € con cargo a la anualidad de 2026, imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Código Fondos FD211A1302 y Proyecto de Gasto 20240063 Programa de Ayudas a la Formación de Cuadros Directivos.
La financiación de estas ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcentaje de cofinanciación del 85 por ciento con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones ; Prioridad 1.A Transición Digital e Inteligente y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es) y finalizará el día 30 de septiembre de 2025.
Sexto. Otros datos.
1. El importe de las ayudas concedidas se abonará a la pyme beneficiaria de la forma siguiente:
— Una vez emitida la resolución de concesión se abonará un primer importe anticipado del 50 por ciento de la ayuda otorgada, una vez se acredite por parte de la pyme beneficiaria que la persona directiva ha sido matriculada o, al menos, admitida en el programa formativo.
— El 50 por ciento restante, se abonará a la finalización con aprovechamiento de la formación realizada y previa justificación de esta.
2. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo https://www.juntaex.es/w/0694824
Mérida, 17 de junio de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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