ANUNCIO de 1 de junio de 2025 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de almazara, solicitado por DCOOP, S. Coop And., en el término municipal de Pueblonuevo del Guadiana.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de almazara, solicitado por DCOOP, S. Coop And., en el término municipal de Pueblonuevo del Guadiana, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
El complejo industrial está incluido en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día .
— Actividad:
La actividad que se desarrollará en la industria es la propia de una almazara. Por las características de la industria, la producción máxima diaria de las instalaciones será de 120 t/día de producto acabado.
— Ubicación:
La industria de almazara se ubicará en las parcelas 299 y 430 del polígono 680 del término municipal de Pueblonuevo del Guadiana.
Construcciones:
Cubierta de recepción, limpieza, lavado y pesaje de aceitunas, de 1.362,01 m2 de superficie.
Edificio de procesado y bodega, de 1.567,92 m2 de superficie.
Edificio de caldera de 63,57 m2 de superficie.
— Instalaciones y equipos principales:
1 línea de recepción, limpieza, lavado y pesaje de aceitunas. Formada por tolvas de recepción de aceitunas, 1 línea de limpieza y lavado de aceitunas, cintas transportadoras, 2 bypass de reparto, pesadora de aceitunas, 1 tolvín pulmón, instalación neumática, 8 tolvas de almacenamiento de 83 m3 de capacidad, transportadores sinfín, 2 tolvines pulmón de alimentación a molinos, 1 tolva de almacenamiento de alperujo de 41 m3 de capacidad, 1 tolva de almacenamiento de hueso de 41 m3 de capacidad 1 separadora de pulpa-hueso, 1 dosificador de talco y sistema de enfriamiento de tolvas para almacenamiento de aceitunas automatizado.
Línea de extracción continua de aceite de oliva en dos fases. Formada por 4 molinos tipo martillos, 2 bancadas, 2 bombas de masa a batidoras, 2 batidoras de 24.000 kg cada una de ellas, 2 bombas inyección de masa, 2 decanter de dos fases de 300 t/día cada uno de ellos, 2 cajones de orujo, 2 tamices de aceite, 2 bombas de orujo, bomba de pasta, 2 centrífugas de 4.000 l/h.
Bodega. Formada por 9 depósitos de almacenamiento de 178.000 litros, 3 depósitos decantadores de 32.800 litros, 6 bombas de paletas, 2 bombas aceite, actuadores neumáticos, 2 contadores masoicos, cajón de recogida para purgas.
Resto de instalaciones: puente grúa, filtro de aceite, báscula, caldera de biomasa de 900.000 kcal/h, depósito de agua de 50 m3, cuadro eléctrico, instalación mecánica y eléctrica, decantador de aguas residuales y depósito estanco para aguas de proceso y depósito estanco para aguas residuales de aseos.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 1 de junio de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.