ANUNCIO de 19 de junio de 2025 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto de una planta de fabricación de materiales para cátodos de baterías, promovido por Yuneng International Spain New Energy Battery Material, SLU, a ubicar en el término municipal de Mérida. Expte.: AAI 25/008.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y en el artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de fabricación de materiales para cátodos de baterías, promovido por Yuneng International Spain New Energy Battery Material, SLU, a ubicar en el término municipal de Mérida, provincia de Badajoz, podrá ser examinada, durante un plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, sitas en avenida Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es .
Por otra parte, la solicitud de autorización ambiental integrada ha sido remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al Ayuntamiento de Mérida, para que promueva la participación real y efectiva de los interesados en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada (artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación).
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento administrativo, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.28 y 13.9 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este instrumento de intervención administrativa ambiental autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de impacto ambiental (artículo 91.1), incluyendo la autorización ambiental integrada las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto (artículo 11.2).
Los datos generales del proyecto son:
— Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La actividad es encuadrable en la categoría 4.2.d. de su anejo I, relativa a Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos como: Sales como el cloruro de amonio, el clorato potásico, el carbonato potásico (potasa), el carbonato sódico (sosa), los perboratos, el nitrato argéntico .
— Ley 21/2013, de 9 de diciembre. El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, al encontrarse incluido en el grupo 2.iv del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativo a Instalaciones para la producción a escala industrial de sustancias mediante transformación química o biológica, de los productos o grupos de productos siguientes productos químicos inorgánicos: sales como el cloruro de amonio, el clorato potásico, el carbonato potásico (potasa), el carbonato sódico (sosa), los perboratos, el nitrato argéntico .
— Actividad: El proyecto consiste en la construcción y puesta en funcionamiento de una planta de fabricación de materiales para cátodos de baterías. En concreto, la planta producirá fosfato de hierro y litio (LiFePO4).
Las etapas del proceso productivos son:
Mezclado de ingrediente: El carbonato de litio (Li2CO3) y fosfato de hierro (FePO4) se mezclan en proporciones estequiométricas en el tanque de ingredientes. Además, la glucosa y el agente conductor (dióxido de titanio y polietilenglicol) se introducen directamente en dicho tanque.
Mezclado por lotes-premezcla: Se añade agua pura y la mezcla se somete a una reacción química en solución acuosa para formar fosfato de hierro litio en estado acuoso.
Molienda: La mezcla es una lechada, que se hace circular mediante una bomba neumática hasta el molino. Hay una molienda gruesa y otra fina.
Secado: El material líquido se bombea a tres torres de secado por aspersión a través de un atomizador centrífugo de alta velocidad en la parte superior del cuerpo de cada torre. Existe una cuarta torre de secado de reserva. Se forman unas perlas de líquido de niebla muy finas. La corriente de aire caliente necesaria se obtiene mediante el paso de los gases de combustión del gas natural por intercambiadores de calor tubulares, sin contacto directo, situados junto a cada torre de secado.
Calcinación-sinterización: Para cada torre de secado en operación son necesarios 2 hornos. En total hay 6 hornos eléctricos en paralelo. El polvo se calienta en el horno de rodillos a temperaturas entre 700°C y 800°C en una atmósfera inerte con nitrógeno para inducir la cristalización del fosfato de hierro litio (LiFePO4). La alimentación del polvo es mediante tuberías cerradas con alimentación al vacío.
Molienda final y clasificación. El material después de la sinterización se transporta al proceso de trituración por aire a través de un molinillo de flujo de aire de lecho fluidizado. Tras triturar el material, éste se eleva hasta el área de clasificación, con la rueda de clasificación girando a alta velocidad, el polvo fino entra en el colector de polvo ciclónico y filtro de mangas. Si no alcanza la finura deseada, el polvo aún grueso regresa al triturador.
Cribado para la eliminación del hierro. Este proceso se realiza a través de un desferrizador electromagnético de polvo seco y la máquina tamizadora para la eliminación de hierro y así suprimir las impurezas magnéticas en el producto.
Envasado.
— Capacidad: La planta tendrá capacidad para producir 50.000 toneladas al año de fosfato de hierro y litio.
— Ubicación: La instalación industrial se ubicará en el parque empresarial Espacio Mérida, parcela I-103, del término municipal de Mérida (Badajoz). Esta parcela tiene una superficie de 467.261 m2. Las coordenadas geográficas representativas de la instalación son: 729.026,80, Y=4.300.981,22; ETRS89, huso 29.
— Infraestructuras y equipos:
Planta de producción con dimensiones de 270 m de largo por 150 m de ancho.
Edificio de oficinas con dimensiones de 100 m de largo por 20 m de ancho.
Estación depuradora de aguas residuales.
Tanque de tormentas de 864 m3.
Almacén de residuos de 150 m2.
Equipos auxiliares:
Estación tratamiento de aguas potables.
Sistema de purificación de aguas a través de ósmosis inversa.
Torre de enfriamiento de FRP (plástico reforzado con fibra de vidrio).
Sistema de recolección de polvo.
Oxidador térmico regenerativo (RTO).
Sistema HVAC (Sistema de climatización con deshumidificación).
Sistema de aire comprimido.
Sistema de vacío.
Instalación de gas.
Instalación eléctrica.
Instalación fotovoltaica con una potencia instalada de 155 kW.
2 tanques de almacenamiento de nitrógeno criogenizado de 250 m3 cada uno.
Sistema de protección contra incendios.
Equipos principales:
Tanque para el mezclado de los ingredientes.
Sistema de molienda gruesa.
Sistema de molienda fina.
3 Equipos de secado más uno de reserva.
6 hornos eléctricos.
Sistema de trituración por aire.
Desferritizador electromagnético.
Envasadora al vacío.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado en el procedimiento. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales (artículo 83.3 de la Ley 39/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura).
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 19 de junio de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.