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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 COMPUTAEX: PAN (Plataforma Agroalimentaria en Red)" en el ámbito del programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en los ejercicios 2025 y 2026 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Nextgeneration EU.
DOE Número: 125
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 01 de julio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 37703
Página Fin: 37775
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 17 de junio de 2025, el Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto 5041 COMPUTAEX: PAN (Plataforma Agroalimentaria en Red) en el ámbito del programa Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) en los ejercicios 2025 y 2026 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Nextgeneration EU, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 24 de junio de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y LA FUNDACIÓN COMPUTACIÓN Y TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE EXTREMADURA (COMPUTAEX) POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL PARA FINANCIAR EL PROYECTO 5041 COMPUTAEX: PAN (PLATAFORMA AGROALIMENTARIA EN RED) EN EL ÁMBITO DEL PROGRAMA REDES TERRITORIALES DE ESPECIALIZACIÓN TECNOLÓGICA (RETECH) EN LOS EJERCICIOS 2025 Y 2026 EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRASFORMACIÓN Y RESILIENCIA -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXTGENERATION EU.
17 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE. Núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma (DOE núm. 157, de 16 de agosto), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, autorizado para la suscripción del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 19 de mayo de 2025.
De otra parte, D. Juan Antonio Rico Gallego, en nombre y representación de la Fundación FUNDACIÓN COMPUTACIÓN Y TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE EXTREMADURA (COMPUTAEX) , con NIF G10391704 y domicilio en Cáceres, carretera nacional 521 Km 41,8, en su condición de Director General, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto 278/2023, de 14 de noviembre y en el ejercicio de las facultades que le otorgan los vigentes estatutos de la Fundación en su artículo 31.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. Que el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 2 que la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica.
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, la promoción, coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad y cohesión del territorio. En este sentido el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en su artículo 9, establece que corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio.
Segundo. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante el PRTR) del Gobierno traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. El PRTR recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR).
Tercero. Para que la transformación digital sea una realidad en todo el territorio, es necesario apoyarse en las fortalezas de cada región. En ese sentido, la actualización de España Digital contempla la puesta en marcha de una iniciativa integral de impulso a proyectos territoriales de digitalización. La iniciativa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) articula diversos proyectos regionales orientados a la transformación y especialización digital, asegurando la coordinación, la colaboración y la complementariedad. La iniciativa RETECH está situada en el Eje Estratégico 12 de la estrategia España Digital y se alinea con dos de los principales objetivos específicos de ésta, como son liderar el cambio disruptivo de manera inclusiva y sostenible, y focalizar los esfuerzos de digitalización en sectores económicos clave. Se trata, por tanto, de una iniciativa emblemática que permite apoyar proyectos tractores fomentando el intercambio de conocimiento y multiplicando las oportunidades de cada región, a través de redes nacionales que permitan maximizar el equilibrio territorial y la cohesión social. Para asegurar que RETECH tiene el máximo impacto, esta iniciativa aprovecha los instrumentos de inversión existentes en el PRTR y en su adenda, asegurando que los proyectos de digitalización financiados con los fondos del Plan cumplan con los hitos y objetivos comprometidos en el mismo.
Cuarto. Este proyecto RETECH se llevará a cabo en los Componentes 12 y 16. Todos ellos se enmarcan en los objetivos estratégicos del eje 12 de la Agenda España Digital 2026. El Componente 12 del Plan referido a Política Industrial España 2030 tiene como objetivo la puesta en marcha de grandes espacios de datos comunes industriales y seguros, que ayudará al impulso de la innovación empresarial en los principales sectores productivos estratégicos de la economía, entre ellos, el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercial, entre otros. En el desarrollo de estos grandes espacios de datos se asegurarán las economías de escala y la eficiencia en la inversión. Por ejemplo, mediante el desarrollo y compartición de componentes comunes (building blocks) y de infraestructuras y datos comunes, como las plataformas de cloud y las redes de supercomputación y almacenamiento, análisis de datos masivo y servicios e Inteligencia Artificial. El Componente 16 del Plan referido a Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial tiene como objetivo situar a España como país puntero en relación a la excelencia científica y la innovación en IA de forma interdisciplinar; liderar a nivel mundial el desarrollo de herramientas, tecnologías y aplicaciones para la proyección y uso de la lengua española en la IA; promover la creación de empleo cualificado, impulsando la formación y educación, estimulando el talento español y atrayendo el talento global; e incorporar la IA como factor de mejora de la productividad de la empresa española, de la eficacia en la Administración Pública, y como motor del crecimiento económico sostenible e inclusivo.
El 14 de julio de 2022 se reunió la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital, en la que la Vicepresidenta Primera del Gobierno informó sobre el contenido del programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica.
Posteriormente, el 3 de agosto de 2022 la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial publicó en su sede electrónica la Invitación pública en el impulso de redes territoriales de especialización tecnológica dirigida a que todas las Comunidades y Ciudades Autónomas pudieran presentar propuestas de proyectos en coordinación, con un mínimo de dos de ellas en cada proyecto, para financiar iniciativas emblemáticas de especialización territorial tecnológica dentro de sus competencias. La invitación abierta garantizaba el respeto a los principios de transparencia, publicidad, igualdad y neutralidad, a la hora de decidir cuáles serían las destinatarias de las ayudas para las inversiones en Redes Territoriales de Especialización Tecnológica. La participación conjunta de varias Comunidades Autónomas aseguró el intercambio de conocimiento y multiplicó las oportunidades de cada región, que podían acceder a distintas Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, maximizando así el equilibrio territorial y la cohesión social, dada su alineación con los ejes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y su contribución al cumplimiento de consecución de los hitos y objetivos asociados a los distintos componentes del Plan.
Las propuestas presentadas por las Comunidades Autónomas y la Ciudad de Ceuta son respuestas voluntarias a la citada invitación, permitiendo a empresas líderes en el sector involucrar a pequeñas empresas, localizadas en todo el territorio, así como incentivar proyectos interregionales que permitan la creación de empresas emergentes y nuevas empresas, alrededor del uso de la Inteligencia Artificial.
Las entidades invitadas con la presentación de los distintos proyectos en los que desean participar aportaron a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial una oferta vinculante, en la que se comprometían a cumplir con las condiciones establecidas por ellas mismas en cada uno de dichos proyectos.
Tal y como se determinó en la invitación, el presupuesto de los proyectos procederá de distintas fuentes. Por un lado, el importe proveniente de los fondos del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, que supondrá una aportación máxima del 75% del presupuesto total del proyecto, se entregará desde la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial a través de una transferencia, en aplicación del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Por otro, las Comunidades Autónomas deberán aportar un mínimo del 25% del presupuesto total de cada proyecto y dicha aportación puede provenir de fondos propios, de entidades locales o de entidades privadas.
En fecha 14 de diciembre de 2022, hubo una nueva reunión de la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital y se establecieron los criterios básicos que dieron forma a la iniciativa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, así como los proyectos inicialmente seleccionados que formarían parte de la iniciativa.
El 30 de marzo de 2023, se celebró una nueva reunión de la Conferencia Sectorial, en la que se analizó el estado de la iniciativa y de la puesta en marcha de los diversos proyectos.
Actualmente, los proyectos que se van a llevar a cabo dentro de los Componentes 12, 14 y 16, son siete, acordándose la financiación y la distribución de los fondos entre las Comunidades Autónomas participantes en la reunión de la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital.
El 13 de junio de 2023 se emite el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos destinados a financiar actuaciones de la iniciativa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial por la que se autoriza la aportación dineraria a las Comunidades Autónomas participantes, para la ejecución de los proyectos enmarcados en el Programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea- Next Generation EU. En esta Resolución se concede a Extremadura un importe de 750.000 euros para el proyecto PAN: Plataforma Agroalimentaria en Red . En este proyecto, además de Extremadura, participan Castilla León, Castilla la Mancha y La Rioja.
Esa aportación procede de las componentes 16 y 12 del PRTR conforme a la siguiente distribución:
— C16: 75.000.
— C12: 675.000.
Como se ha señalado anteriormente, esta aportación se corresponde con el 75% del presupuesto total del proyecto y se verá complementada con la de la Junta de Extremadura en un 25%
El proyecto PAN deberá cumplir los hitos y objetivos del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia asociados a la temática del proyecto.
El Componente 12 de dicho Plan, referido a Política Industrial España 2030 tiene como objetivo impulsar la modernización y la productividad del ecosistema español de industria-servicios, mediante la digitalización de la cadena de valor, el impulso de la productividad, la competitividad y la mejora de la eficiencia energética de los sectores estratégicos claves, en la transición ecológica y la transformación digital.
Los proyectos vinculados a la iniciativa contribuirán al cumplimiento del objetivo 180 que, enmarcado en la Inversión 1 del Componente 12, permitirá el desarrollo de grandes espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor creados en sectores estratégicos, siendo la fecha límite para cumplir con el citado objetivo el segundo trimestre de 2026.
El Componente 16 referido a Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial tiene como objetivo la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en materia de Inteligencia Artificial, para abordar los grandes desafíos sociales o misiones de España, a los que hace referencia la citada Estrategia, como la brecha de género, la transición ecológica, la vertebración territorial o la brecha digital, en los distintos sectores productivos. Este componente contribuye al objetivo 252 y a los hitos 251 y 253.
El hito 251 (asociado a la C16.R1) requiere el compromiso de presupuesto comprometidos para ayudas a proyectos de I+D en Inteligencia Artificial, al Nodo de Talento Español en Inteligencia Artificial, a becas de investigación sobre Inteligencia Artificial, al Instituto Multidisciplinar sobre Inteligencia Artificial, a los observatorios, a la computación cuántica y al programa nacional de algoritmos verdes, siendo la fecha límite para cumplir con el citado objetivo el cuarto trimestre de 2023.
El objetivo 252 (asociado a la C16.R1) pone en marcha la financiación de una serie de proyectos para abordar misiones específicas de país con soluciones innovadoras impulsadas por la Inteligencia Artificial para solucionar los problemas detectados en estas misiones: salud, industria, medio ambiente, sociedad, energía, agricultura y economía, siendo la fecha límite para cumplir con el citado objetivo el primer trimestre de 2026.
El hito 253 (asociado a la C16.R1) busca la finalización de proyectos sobre I+D en Inteligencia Artificial, el Nodo de talento español en Inteligencia Artificial, las becas de investigación sobre Inteligencia Artificial, el Instituto Multidisciplinar de Inteligencia Artificial, los observatorios, la computación cuántica los algoritmos verdes, siendo la fecha límite para cumplir con el citado objetivo el primer trimestre de 2026.
Quinto. La Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) fue constituida en 2009 por la Junta de Extremadura como organización de naturaleza fundacional sin ánimo de lucro. Constituida e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada.
La Fundación tiene como fines todos aquellos que promuevan el desarrollo de las tecnologías de la información, el uso del cálculo intensivo y de las comunicaciones avanzadas como instrumentos para el desarrollo socioeconómico sostenible, estimulando la participación de la sociedad civil movilizando sus recursos y dedicando especial atención a las relaciones de cooperación entre los centros de investigación públicos y privados y el sector productivo.
Sexto. El Desarrollo del proyecto consiste en la gobernanza y coordinación del desarrollo de módulos y generación de un espacio de datos del sector agroalimentario con la finalidad de impulsar y facilitar el acceso a la información sobre la que se soporta la toma de decisiones de las empresas del sector, basándose en soluciones innovadoras de inteligencia artificial, para la mejora de la gestión de infraestructuras territoriales, que posteriormente puedan aplicarse a otros ámbitos, mejorar la sostenibilidad de los territorios y también aumentar la resiliencia al cambio climático.
Séptimo. Que, por lo expuesto, la Dirección General de Digitalización Regional, considera de interés establecer una colaboración con la Fundación COMPUTAEX para la gobernanza, coordinación y gestión, asistencia técnica y asesoramiento, plan de gestión de datos y compartición de los mismos en el ámbito del programa Plataforma Agroalimentaria en RED .
Octavo. La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm. 26 de 6 de febrero), ha sido prorrogada mediante la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, (DOE núm. 26 viernes 7 de febrero).
La citada Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14007 Dirección General de Digitalización Regional y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones no contempla una transferencia específica a favor de COMPUTAEX.
Por ello, se ha dotado esta actuación de un crédito presupuestario con las siguientes asignaciones:
— Asignación presupuestaria: 14007332A44000, proyecto de gasto 20240440, denominación del proyecto 5041 COMPUTAEX: PAN , código del fondo MR06C16R01, para las anualidades de 2025 y 2026 correspondiente al componente 16.
— Asignación presupuestaria: 14007332A44000, proyecto de gasto 20240441, denominación del proyecto 5041 COMPUTAEX: PAN , código del fondo MR05C12I01, para las anualidades de 2025 y 2026 correspondiente al componente 12.
La transferencia específica objeto del presente convenio tiene carácter plurianual debido a la propia naturaleza del proyecto, que requiere una ejecución escalonada en el tiempo. Se trata de un proyecto de carácter estratégico y tecnológico, cuya complejidad y alcance impiden su desarrollo en un solo ejercicio presupuestario.
El carácter plurianual garantiza la continuidad de las actuaciones, permite una planificación adecuada de los recursos y asegura la consecución eficaz de los objetivos previstos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la referida Ley según el cual, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Noveno. A esta transferencia específica le será de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta ley. Por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR y Decreto ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR.
Asimismo, serán de aplicación la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el PRTR y el resto de normativa que resulte de aplicación.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto formalizar la transferencia específica, para la gobernanza, coordinación y gestión, asistencia técnica y asesoramiento, plan de gestión de datos y compartición de estos en el ámbito del programa Plataforma agroalimentaria en Red .
El objetivo general del proyecto consiste en colaborar en el desarrollo y ejecución del proyecto para cumplir los objetivos de los componentes:
C12.I1 Espacios de datos sectoriales (contribución a proyectos tractores de digitalización de los sectores productivos estratégicos).
El objetivo de esta inversión es impulsar la creación espacios de datos en los principales sectores productivos estratégicos de la economía, identificados en la Agenda Digital 2025 y en el propio PRTR, entre ellos, el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio, entre otros, excepto el sector turístico.
C16.R1. Estrategia Nacional de IA.
El proyecto pone especial foco en la inteligencia artificial asociada a modelos predictivos de oferta y demanda de diversos alimentos, así como sistemas de recomendación y optimización de rutas de distribución y transporte que puedan afectar a precios de venta ofrecidos.
Este punto tendrá especial impacto en regiones con un nivel de desarrollo inferior a la media, proporcionando igualdad competitiva en dichas regiones. Para alcanzar tal objetivo es necesario contar con la asistencia de personal especializado en soluciones tic basadas en Inteligencia Artificial y espacio de datos.
Segunda. Actividades a realizar por COMPUTAEX.
La Fundación COMPUTAEX realizará, con cargo a esta transferencia específica, las actividades desarrolladas con mayor detalle en el Anexo I del presente Convenio, para alcanzar los objetivos referidos en la cláusula anterior:
1. Coordinación y gestión.
2. Asistencia técnica y asesoramiento.
3. Plan de gobernanza.
4. Compartición de datos.
5. Plan de gestión de datos.
Podrán producirse desviaciones, entre las actividades previstas en esta transferencia específica, siempre con el límite del importe global establecido para cada componente.
La ejecución de las actividades por parte de la fundación que estén financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Así, COMPUTAEX ha realizado y continuará realizando las actuaciones de coordinación, organización y gestión integral de todos los programas y actuaciones que en el ámbito de los proyectos sean desarrollados por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, contando para ello con la cooperación de la mencionada Consejería, quien ejercerá las funciones de supervisión e inspección.
Igualmente, la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), realizará las actividades y justificará los gastos en los términos establecidos en la cláusula quinta del presente Convenio.
Al financiarse la transferencia a través de dos fuentes de componentes diferentes, el reparto del presupuesto entre las dos componentes es el siguiente, atendiendo a la naturaleza de las actividades a realizar:
— A la Componente 12 se imputa:
El 50% de la actividad 1.
El 100% de los importes de las actividades 3 (Plan de gobernanza) y 4 (Compartición de datos).
— A la Componente 16 se imputa:
El 50% de la actividad 1.
El 100% de los importes de las actividades 2 (Asistencia Técnica) y 5 (Plan de Gestión de Datos).
En el apartado Distribución presupuestaria de la memoria técnica contenida en el Anexo I, se justifica el reparto de las actividades entre las distintas componentes que presupuestariamente queda de la siguiente forma:
Esta tabla muestra los importes de acuerdo con lo anterior:
Actividad C12 C16 Total Actividad C12+C16
A1 Coordinación y Gestión 27.930,58 € 27.930,58 € 55.861,16 €
A2 Asistencia Técnica y Asesoramiento 0,00 € 43.858,12 € 43.858,12 €
A3 Plan de Gobernanza 25.184,38 € 0,00 € 25.184,38 €
A4 Compartición de Datos 46.877,12 € 0,00 € 46.877,12 €
A5 Plan de Gestión de Datos 0,00 € 28.027,43 € 28.027,43 €
TOTAL 99.992,08 € 99.816,13 € 199.808,21 €
Tercera. Financiación.
La financiación de las actividades a realizar se llevará a cabo a través de una transferencia específica por un importe total de 199.808,21 €, con el siguiente desglose por actividad, tarea y tipo de gasto:
A Tarea Tipo Gasto Importe
A1 Tarea 1,1: Planificación y supervisión Gastos de Personal 10.631,11 €
Otros 1.760,00 €
Tarea 1.2: Coordinación con comité de dirección Gastos de Personal 12.598,80 €
Tarea 1.3: Coordinación del comité tecnico Gastos de Personal 10.297,03 €
Tarea 1.4: Elaboración de informes Gastos de Personal 11.680,10 €
A2 Tarea 2.1: Asistencia tecnica DGDR Gastos de Personal 18.386,32 €
Tarea 2.2: Asesoria técnica en el desarrollo de módulos, el espacio de datos y su integración Gastos de Personal 18.734,39 €
A3 Tarea 3.1: Definición del Plan de Gobernanza Gastos de Personal 12.695,17 €
Tarea 3.2: Formalización y revisión del plan Gastos de Personal 8.620,43 €
A4 Tarea 4.1: Diseño de mecanismos de compartición de datos Gastos de Personal 13.463,17 €
Tarea 4.2: Establecimiento del marco organizativo y normativo Gastos de Personal 13.463,17 €
Tarea 4.3: Vinculación con el sector agroalimentario Gastos de Personal 8.038,63 €
Otros 4.000,00 €
A5 Tarea 5.1: Elaboración del Plan de Gestión de Datos Gastos de Personal 12.279,00 €
Tarea 5.2: Plan de actuaciones para el despliegue del espacio de datos Gastos de Personal 11.442,90 €
GASTOS DE PERSONAL 162.330,22 €
OTROS GASTOS 5.760,00 €
COSTES DIRECTOS 168.090,22 €
COSTES INDIRECTOS 25.213,55 €
TOTAL 193.303,77 €
IVA 6.504,44 €
TOTAL con iva 199.808,21 €
Tabla: Desglose de presupuesto por actividad, tarea y tipo de gasto
Tal y como se establece en la cláusula sexta la forma de pago de la transferencia se realizará trimestralmente por quintas partes del importe total de la transferencia y se abonará dentro del primer mes de cada trimestre. Por tanto, la previsión de gasto por anualidades es la siguiente:
Concepto Anualidad Importe C12 Importe C16 Importe Total
2025. Pago de 4 trimestres. 2025 79.993,68 € 79.852,92 € 159.846,60 €
2026. Pago de 1 trimestres. 2026 19.998,40 € 19.963,21 € 39.961,61 €
TOTAL 99.992,08 € 99.816,13 € 199.808,21 €
Tabla: Desglose de presupuesto por anualidades
Aplicación presupuestaria Proyecto de gasto Denominación del Proyecto Código Fondo Importe 2025 2026
140070000332A44000 20240440 5041 COMPUTAEX: PAN MR06C16R01 99.816,13 € 79.852,92 € 19.963,21 €
140070000332A44000 20240441 5041 COMPUTAEX: PAN MR05C12I01 99.992,08 € 79.993,68 € 19.998,40 €
TOTAL 199.808,21 €
Tabla: Desglose de presupuesto por imputación presupuestaria
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, realizará la función de supervisión e inspección, de las actuaciones que en el ámbito del presente proyecto sean desarrolladas por la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX).
Cuarta. Obligaciones de COMPUTAEX.
COMPUTAEX cumplirá con lo establecido en el reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, así como de la normativa europea y nacional que lo desarrolla, que deben cumplir las entidades ejecutoras e instrumentales de proyectos y actuaciones financiadas en el marco del PRTR.
Se establecen las siguientes obligaciones:
1. Obligaciones vinculadas al principio de no causar daño significativo al medioambiente (DNSH), asegurando el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo en virtud del Reglamento relativo al MRR (2021/C 58/01), así como del resto de la normativa medioambiental de la Unión y nacional.
2. Obligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Deberá remitir periódicamente, con la periodicidad, procedimiento y formato, y con referencia a las fechas contables que establezca la autoridad responsable del MRR, información sobre el seguimiento de la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del PRTR de España, con la debida identificación de dichos proyectos o iniciativas a través del código de referencia único del programa o mecanismo de la Unión Europea, y de la entidad u organismo a que correspondan. La información se emitirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre y las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
b) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada inversión y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
c) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores de seguimiento del PRTR.
d) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación. En cuanto a la regularidad del gasto, deberá cumplirse la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de inversiones cumple dicha normativa en las medidas en las que vayan a participar varias administraciones públicas, en cuyo caso se debe tener especial cuidado con las reglas de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas de la Unión, así como con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, no sean concurrentes sino complementarias y que no financien el mismo gasto.
e) Guardará la trazabilidad de cada una de las inversiones y recabará a efectos de auditoría y control la información cada uno de los perceptores finales de los fondos en los términos definidos por el artículo 22, letra d) del Reglamento (UE) 2021/241.
f) Se someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión en virtud de lo establecido en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241.
g) Custodiará y conservará la documentación vinculada a la actividad financiada por el MRR, de conformidad con el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
h) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C198/01), no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta transferencia, dado que se otorga a un organismo de investigación para la realización de actividades no económicas. No obstante, COMPUTAEX deberá consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos correspondientes a las actividades económicas y no económicas del centro.
3. Obligaciones respecto de la presentación de informes en el marco del PRTR.
COMPUTAEX deberá presentar ante la Dirección General de Digitalización Regional los siguientes informes durante la realización del programa:
En cuanto al Informe de previsión recogido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, en el que se identifiquen posibles riesgos de incumplimiento y desviaciones respecto de la planificación establecida, deberá presentarlo COMPUTAEX antes del día 15 del último mes de cada trimestre. Del mismo modo, dicha Orden dispone la obligación de elaborar un Informe de gestión para el que será necesario que COMPUTAEX presente los hitos/objetivos y la información contable sobre el gasto en el que se ha incurrido, que deberá presentarlo antes del día 15 del último mes de cada semestre.
Respecto de los informes de avances logrados establecidos en el Reglamento delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre, COMPUTAEX presentará en el marco del semestre europeo, sendos informes, antes del día 10 de abril y del 10 de octubre de cada anualidad hasta la finalización del programa.
4. Cualquier otro informe relativo a las tareas correspondientes deberá ser aportado ante la Dirección General de Digitalización Regional.
Quinta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de enero de 2025.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 15 de abril de 2026.
Se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar su contenido siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento. A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda, cuando las posibles variaciones no superen el 20% de lo presupuestado para cada actividad, teniendo en cuenta que la cláusula segunda permite únicamente modificaciones entre las actividades, respetando el límite del importe global establecido para cada componente.
La entidad COMPUTAEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
La justificación de las actuaciones deberá realizarse conforme a lo recogido en la cláusula sexta y en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente Convenio.
Asimismo, deberán conservar todos los documentos justificativos según se establece en las instrucciones recogidas en el Anexo II del presente Convenio, estarán a disposición de la Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de 5 años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, de conformidad con el artículo 82.1 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060.
La justificación de las actuaciones y de los gastos deberá realizarse conforme a:
— Las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogida en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones de la transferencia, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, Resumen de indicadores de productividad, ejecución y difusión de las actuaciones y Memoria coste final).
— La documentación definida dentro de los entregables de cada una de las actividades.
Además, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en su tarea de supervisión e inspección del proyecto, podrá requerir a COMPUTAEX cuanta documentación considere necesaria para la adecuada justificación y acreditación de las actuaciones.
La Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose por actividades que se adjunta en el Anexo I e informará sobre su el nivel de logro de los indicadores.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, de 18 de diciembre, la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), reconoce y acepta, la transferencia específica recogida en el presente Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.E.C.A.) del mismo al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Sexta. Pago de la Transferencia específica.
1. Los pagos de esta transferencia específica se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. De esta forma, se establece una forma de pago trimestral. El pago se determina de la siguiente forma:
— Dado que el plazo en el que pueden imputarse los gastos derivados de la ejecución va desde el 1 enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026 (15 meses o cinco trimestres), el pago de la transferencia se realizará trimestralmente por quintas partes del importe total de la transferencia y se abonará dentro del primer mes de cada trimestre. Si a la firma del presente convenio hubiera transcurrido más de un trimestre del periodo podrá acumularse para su abono. Dado que el resultado de dividir el importe de la transferencia entre los cinco trimestres del periodo de ejecución puede dar lugar a diferentes fórmulas de redondeo, se establece el importe a abonar en cada trimestre en la siguiente tabla:
Trimestre Anualidad pago Importe C12 Importe C16 Importe Total
1º Ene 2025 a Mar 2025 2025 19.998,42 € 19.963,23 € 39.961,65 €
2º Abr 2025 a Jun 2025 2025 19.998,42 € 19.963,23 € 39.961,65 €
3º Jul 2025 a Sep 2025 2025 19.998,42 € 19.963,23 € 39.961,65 €
4º Oct 2025 a Dic 2025 2025 19.998,42 € 19.963,23 € 39.961,65 €
5º Ene 2025 a Mar 2026 2026 19.998,40 € 19.963,21 € 39.961,61 €
TOTAL 99.992,08 € 99.816,13 € 199.808,21 €
Como se aprecia en la tabla, se produce un desfase entre el importe del último trimestre y los anteriores a causa del redondeo.
— Para proceder al abono anticipado de la cantidad correspondiente a un nuevo trimestre, deberá haberse justificado previamente el 100% de los trimestres abonados anteriormente.
— La justificación final correspondiente al total de los gastos pendientes de justificar se deberá presentar como máximo hasta el 15 de marzo de 2026, conforme a las instrucciones que se adjuntan como Anexo II de este Convenio.
2. No obstante, COMPUTAEX, previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento, y mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, como fecha máxima el 28 de febrero de 2026 y siempre que esté suficientemente motivado, al último pago, si manifiesta que no va a ejecutar gasto por el importe total de la transferencia, al que se acompañará de una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que la entidad va a destinar a la ejecución de la transferencia. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de ésta.
Séptima. Procedimiento, formato y periodicidad de la información de los fondos MRR.
Conforme a lo dispuesto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, COMPUTAEX tiene las siguientes obligaciones relacionadas con la información a proporcionar:
1. Mantener permanentemente actualizada en el sistema informático la información relativa al cumplimiento de los hitos y objetivos que les corresponda, proporcionando información del progreso en los indicadores asociados a los mismos, así como al resto de exigencias contenidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
2. Identificación del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas.
Con la finalidad de dar adecuado cumplimiento al mandato establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, se configura el siguiente procedimiento de incorporación de información específica:
En los procedimientos de licitación que se encuadren en el desarrollo de las actuaciones previstas en el PRTR, las siguientes obligaciones en relación con la identificación de los contratistas y subcontratistas:
a) NIF del contratista o subcontratistas.
b) Nombre o razón social.
c) Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
d) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
e) Declaraciones responsables relativas al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, ausencia de conflicto de interés y cesión y tratamiento de datos, en tanto pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (modelos de declaración anexo I).
f) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria, que deberá reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación. COMPUTAEX aportará la información a la que se refiere este apartado 2, al menos trimestralmente, con el formato y procedimiento que defina la Oficina de Informática Presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado, con el objetivo de facilitar el adecuado cumplimiento de las obligaciones de gestión y seguimiento que deriven de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Octava. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de la Fundación COMPUTAEX, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica por anualidad y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación de las actuaciones, justificación insuficiente o justificación fuera del plazo máximo establecido.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por la Fundación COMPUTAEX.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décimotercera.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.
2. El grado de incumpimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme al Anexo II. A ese tenor, se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución mínima equivalente al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial, de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia.
3. En caso de que no se hayan ejecutado o no se hayan justificado las tareas que integran cada una de las actividades, se procederá a la disminución directamente proporcional de las mismas. Para ello, se tendrá en cuenta el número de tareas efectivamente ejecutadas y/o justificadas sobre el total de tareas que componen cada actividad.
4. De no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determien, se acudirá a la vía ejecutiva.
Novena. Principio de igualdad.
COMPUTAEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con cargo a esta ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y desarrollo del conjunto de la actuación.
Décima. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de la Fundación COMPUTAEX, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de la Fundación COMPUTAEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente convenio
e) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar la Fundación COMPUTAEX, la disponibilidad de la información.
f) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevación a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones que exijan aprobación de los mismos.
h) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
La constitución del la Comisión tendrá lugar en el plazo de un mes, desde la firma del presente Convenio. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente Convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días. Dichas reuniones podrán ser presenciales o a través de sistemas de videoconferencia según acuerden las partes.
Los acuerdos de la Comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el/la presidente/a de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
Undécima. Eficacia y duración.
La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes.
Finalizado el plazo de ejecución de 15 meses de las actividades afectas al Convenio, éste seguirá desplegando sus efectos hasta el 15 de abril de 2026, fecha en que concluye el plazo para la presentación de los gastos pendientes de justificar.
Duodécima. Causas de resolución y efectos de esta.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio. La parte que la dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades que se estuvieran ejecutando que deberán ser realizadas hasta su completa finalización, a plena satisfacción de la Junta de Extremadura, salvo por causas no imputables a la Fundación COMPUTAEX.
Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de un mes a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución.
Décimotercera. Información y Publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , junto al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y, en la Resolución de 28 de febrero de 2020, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.
El artículo 34 del citado reglamento establece las medidas de información, comunicación y publicidad, en particular, indica que los perceptores de fondos de la Unión Europea harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU . En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario, se deberá reconocer el apoyo del fondo en la operación mostrando el emblema de la Unión Europea.
En consecuencia, en las actuaciones ejecutadas en el marco de los Componentes 12,13,14 y 16 del PRTR y financiada por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2023, se incluirá el logo de la Unión Europea y del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y se establecerá un mecanismo de identificación de las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio similar) de forma que figure su condición de gasto financiado por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y por la Unión Europea- NextGenerationEU .
Décimocuarta. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm. 26 de 6 de febrero), prorrogada mediante la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, (DOE núm. 26 viernes 7 de febrero), y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula décima del presente convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la memoria justificativa que acompaña el presente convenio recoge el carácter no contractual del mismo.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio
El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital,
PA, Resolución de 10 de agosto de 2023(DOE núm. 157, de 16 de agosto),
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
El Director General de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura,
JUAN ANTONIO RICO GALLEGO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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