RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se elevan a definitivos los listados provisionales de personas integrantes de las listas de espera ordinarias convocadas por Resolución de 14 de marzo de 2025.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente (DOE núm. 56, de 21 de marzo), se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
De conformidad con lo previsto en la base XLIX, apartado 49.1, la Dirección General de Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se aprobará el listado provisional de personas integrantes de las listas de espera ordinarias, incorporando a las ya vigentes, a aquellas personas que habiendo solicitado participar en el procedimiento de integración por primera vez en este tipo de listas, han cumplido los requisitos generales y específicos fijados en la convocatoria.
Dando cumplimiento a lo anterior, en el DOE núm. 111, de 11 de junio, se publica la Resolución de 5 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se declaran aprobados los listados provisionales de personas integrantes de las listas de espera ordinarias convocadas por Resolución de 14 de marzo de 2025, concediéndose a las personas aspirantes un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación para subsanar y efectuar reclamaciones.
Por otra parte, el apartado 49.5 de la base XLIX establece que, estudiadas las reclamaciones y subsanaciones presentadas, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la Dirección General de Personal Docente elevando a definitivos los listados provisionales de integrantes de listas de espera ordinarias, reflejando los efectos de la estimación o desestimación de las reclamaciones presentadas.
En virtud de lo anterior, transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, esta Dirección General de Personal Docente
RESUELVE:
Primero. Declarar aprobados los listados definitivos de personas integrantes de las listas de espera ordinarias convocadas por Resolución de 14 de marzo de 2025.
Aquellas personas aspirantes que han resultado definitivamente excluidas para participar en el procedimiento selectivo de ingreso por Resolución de 14 de mayo de 2025 (DOE núm. 94, de 19 de mayo), salvo que se hubiera estimado el recurso de reposición interpuesto, en su caso, contra citada exclusión, quedan automáticamente excluidas del proceso de integración por primera vez en listas de espera ordinarias.
Segundo. Declarar aprobada igualmente, con carácter definitivo, la valoración de méritos de las personas integrantes de las listas de espera ordinarias, expresando en los listados la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y subapartados del baremo, en virtud de los méritos alegados y de la puntuación resultante de los incorporados de oficio.
Tercero. Ordenar la publicación de los listados definitivos de personas integrantes de listas de espera ordinarias, con su valoración de méritos, en el Portal PROFEX
(http://profex.educarex.es ), desde el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en la base L de la convocatoria, al término del proceso selectivo de ingreso, esta Dirección General dictará resolución, que se publicará en el portal PROFEX, mediante la que se adecuarán los listados definitivos de personas integrantes de listas de espera ordinarias publicados, a los resultados obtenidos en el mismo.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer ante el mismo órgano que la dicta, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en el correspondiente a la sede de este órgano administrativo, a su elección, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 2 de julio de 2025.
El Director General de Personal Docente,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023 (DOE n.º 156, de 14 de agosto),
DAVID MORENO REGO